Resolución N.° 000388-2022-JUS/TTAIP-PRIMERA SALA
25 de febrero de 2022
VISTO el Expediente de Apelación N° 00141-2022-JUS/TTAIP de fecha 19 de enero de 2022, interpuesto por FRANCIS ALLISON OYAGUE contra la Carta N° 19-2022- SGTDAC-SG/MDMM, notificada el 13 de enero de 2022, mediante la cual la MUNICIPALIDAD DISTRITAL DE MAGDALENA DEL MAR comunicó la prórroga del plazo legal para atender el ítem 1) de su solicitud de acceso a la información pública presentada con Expediente N° 176-2022 de fecha 11 de enero de 2022.
Con fecha 11 de enero de 2022, en ejercicio del derecho de acceso a la información pública, el recurrente solicitó a la entidad dos copias fedateadas de la siguiente información:
“1) Legajo personal del señor José Mariano Alarcón Tarazona.
2) Resolución de designación del señor José Mariano Alarcón Tarazona.”
Mediante Carta N° 19-2022-SGTDAC-SG/MDMM, notificada el 13 de enero de 2022,la entidad comunicó al recurrente la prórroga del plazo para la atención del ítem 1) de su solicitud hasta el 13 de julio de 2022, en mérito a que la Sub Gerencia de Gestión de Recursos Humanos, mediante el Memorando N° 031-2022-SGGRH-GAFMDMM, comunicó que será imposible cumplir en el plazo de 10 días hábiles la atención de la solicitud, entre otras razones, por la falta de recursos humanos.
Con fecha 17 de enero de 2022, el recurrente interpone el recurso de apelación materia de análisis, manifestando su disconformidad respecto a la prórroga del plazo para atender la información requerida mediante el ítem 1 de su solicitud, debido a que solo ha solicitado información de un servidor público.
Mediante Resolución 000320-2022-JUS/TTAIP-PRIMERA SALA, se admitió a trámite el referido recurso impugnatorio, respecto al ítem 1) de la solicitud de información, y se requirió a la entidad la remisión del expediente administrativo generado para la atención de la solicitud del recurrente, así como la formulación de sus descargos, los mismos que fueron remitidos a esta instancia con fecha 24 de febrero último, a través de los cuales reitera lo señalado en la respuesta brindada al recurrente y solicita que se declare la sustracción de la materia, respecto al ítem 2) de la solicitud del recurrente, por haber puesto a disposición del recurrente la información requerida mediante Carta N° 53-2022-SGTDAC-SG/MDMM de fecha 25 de enero de 2022
Con fecha 11 de enero de 2022, en ejercicio del derecho de acceso a la información pública, el recurrente solicitó a la entidad dos copias fedateadas de la siguiente información:
“1) Legajo personal del señor José Mariano Alarcón Tarazona.
2) Resolución de designación del señor José Mariano Alarcón Tarazona.”
Mediante Carta N° 19-2022-SGTDAC-SG/MDMM, notificada el 13 de enero de 2022,la entidad comunicó al recurrente la prórroga del plazo para la atención del ítem 1) de su solicitud hasta el 13 de julio de 2022, en mérito a que la Sub Gerencia de Gestión de Recursos Humanos, mediante el Memorando N° 031-2022-SGGRH-GAFMDMM, comunicó que será imposible cumplir en el plazo de 10 días hábiles la atención de la solicitud, entre otras razones, por la falta de recursos humanos.
Con fecha 17 de enero de 2022, el recurrente interpone el recurso de apelación materia de análisis, manifestando su disconformidad respecto a la prórroga del plazo para atender la información requerida mediante el ítem 1 de su solicitud, debido a que solo ha solicitado información de un servidor público.
Mediante Resolución 000320-2022-JUS/TTAIP-PRIMERA SALA, se admitió a trámite el referido recurso impugnatorio, respecto al ítem 1) de la solicitud de información, y se requirió a la entidad la remisión del expediente administrativo generado para la atención de la solicitud del recurrente, así como la formulación de sus descargos, los mismos que fueron remitidos a esta instancia con fecha 24 de febrero último, a través de los cuales reitera lo señalado en la respuesta brindada al recurrente y solicita que se declare la sustracción de la materia, respecto al ítem 2) de la solicitud del recurrente, por haber puesto a disposición del recurrente la información requerida mediante Carta N° 53-2022-SGTDAC-SG/MDMM de fecha 25 de enero de 2022
Esta norma pertenece al compendio Resoluciones de Fondo - Primera Sala