Resolución N.° 000384-2022-JUS/TTAIP-PRIMERA SALA

25 de febrero de 2022

VISTO el Expediente de Apelación Nº 00157-2022-JUS/TTAIP de fecha 20 de enero de 2022, interpuesto por MICHAEL ALBERTO PAREDES TORRES contra la denegatoria por silencio administrativo negativo de la solicitud de acceso a la información pública presentada ante la MUNICIPALIDAD DISTRITAL DE SAN MIGUEL con fecha 16 setiembre de 2021.
Con fecha 16 de setiembre de 2021, a través del Oficio N° 093-2021-JVCP/MAPT, el recurrente solicitó que se le envíe por correo electrónico en formato pdf la siguiente información:
“(…) el inventario distrital de áreas verdes y arbolado urbano de la municipalidad distrital de san miguel”.
Con fecha 20 de enero de 2022, el recurrente presentó el recurso de apelación materia de análisis, en aplicación del silencio administrativo negativo, por considerar denegada la información al no recibir respuesta a su solicitud.
Mediante la Resolución 000315-2022-JUS/TTAIP-PRIMERA SALA, de fecha 11 de febrero de 2022, se admitió a trámite el citado recurso de apelación y se requirió a la entidad la formulación de sus descargos y la remisión del expediente administrativo generado para la atención de la solicitud de acceso a la información pública; los cuales fueron presentados con fecha 22 de febrero de 2022, señalando que mediante el Informe N° 039-2022- SGPJ-GGASC/MDSM de fecha 17 de febrero de 2022, la Sub Gerencia de Parques y Jardines indica que la información solicitada por el administrado fue enviada a su correo electrónico el 29 de setiembre de 2021.
Así también, adjunta la Carta N° 002-2022-SGPJ-GGASC/MDSM de fecha 17 de febrero de 2022, en la cual comunica al recurrente que la información que solicitó se encontraba contenida en las páginas 8 a 14 del Plan Anual Parques y Jardines 2022 enviada a su correo el 29 de setiembre de 2021, copiando además dicha información en la referida carta; y a su vez solicita a esta instancia que se corra traslado de los descargos al recurrente a efectos que tome conocimiento del trámite realizado para atender la solicitud y considere desistirse del procedimiento.

Esta norma pertenece al compendio Resoluciones de Fondo - Primera Sala

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