Resolución N.° 000198-2022-JUS/TTAIP-PRIMERA SALA
25 de enero de 2022
VISTO el Expediente de Apelación N° 02546-2021-JUS/TTAIP de fecha 29 de noviembre de 2021, interpuesto por YULYANNIS KATHIUSKA CARDENAS VARGAS, contra la denegatoria por silencio administrativo negativo de su solicitud de acceso a la información pública presentada ante el PROGRAMA NACIONAL DE ASISTENCIA SOLIDARIA PENSIÓN 65, de fecha 26 de octubre de 2021.
Con solicitud de fecha 26 de octubre de 2021, la recurrente solicitó a la entidad:
“1) Pagos efectuados por parte de la Entidad por concepto de alquiler del inmueble desde enero 2020 hasta la actualidad a Atahualpa Holdings.
2) Informes sobre falta de espacios, uso de estacionamiento, incompatibilidades de uso del inmueble.
3) Informes efectuados sobre el monto por concepto del alquiler (observaciones).
4) Reclamo, adenda o arbitrajes efectuados por parte de la Entidad hacia Atahualpa Holdings por disconformidad o incumplimiento respecto del alquiler del inmueble Sede Central Pensión 65”.
Con fecha 29 de noviembre de 2021 la recurrente interpuso el recurso de apelación materia de análisis, al considerar denegada su solicitud en aplicación del silencio administrativo negativo.
Mediante Resolución 000046-2022-JUS/TTAIP-PRIMERA SALA se admitió a trámite el citado recurso de apelación, requiriendo a la entidad el expediente administrativo generado para la atención de la solicitud de acceso a la información pública y la presentación de sus descargos.
Mediante el Oficio N°. D000031-2022-PENSION65-UAJ, presentado a esta instancia el 21 de enero de 2021, la entidad remite sus descargos señalando que entregó la información solicitada por la recurrente mediante correo electrónico del 20 de enero de 2022.
Con solicitud de fecha 26 de octubre de 2021, la recurrente solicitó a la entidad:
“1) Pagos efectuados por parte de la Entidad por concepto de alquiler del inmueble desde enero 2020 hasta la actualidad a Atahualpa Holdings.
2) Informes sobre falta de espacios, uso de estacionamiento, incompatibilidades de uso del inmueble.
3) Informes efectuados sobre el monto por concepto del alquiler (observaciones).
4) Reclamo, adenda o arbitrajes efectuados por parte de la Entidad hacia Atahualpa Holdings por disconformidad o incumplimiento respecto del alquiler del inmueble Sede Central Pensión 65”.
Con fecha 29 de noviembre de 2021 la recurrente interpuso el recurso de apelación materia de análisis, al considerar denegada su solicitud en aplicación del silencio administrativo negativo.
Mediante Resolución 000046-2022-JUS/TTAIP-PRIMERA SALA se admitió a trámite el citado recurso de apelación, requiriendo a la entidad el expediente administrativo generado para la atención de la solicitud de acceso a la información pública y la presentación de sus descargos.
Mediante el Oficio N°. D000031-2022-PENSION65-UAJ, presentado a esta instancia el 21 de enero de 2021, la entidad remite sus descargos señalando que entregó la información solicitada por la recurrente mediante correo electrónico del 20 de enero de 2022.
Esta norma pertenece al compendio Resoluciones de Fondo - Primera Sala