Resolución N.° 002544-2021-JUS/TTAIP-SEGUNDA SALA

10 de noviembre de 2021

VISTO el Expediente de Apelación N° 02190-2021-JUS/TTAIP de fecha 15 de octubre de 2021, interpuesto por GUNTHER FRANCISCO ROSADO CHÁVEZ contra la denegatoria por silencio administrativo negativo de su solicitud de acceso a la información pública presentada ante la MUNICIPALIDAD PROVINCIAL DE MARISCAL NIETO con fecha 6 de setiembre de 2021, registrado con Número E2122422.
Con fecha 6 de setiembre de 2021, el recurrente solicitó a la entidad se remita a su correo electrónico “copias simples de las órdenes, oficios o mandatos de embargo y/o retención, notificados a la Municipalidad por el ejecutor coactivo o autoridad judicial (juez) afectando los importes por pagar, órdenes de compra o acreencias que la Municipalidad Provincial de Mariscal Nieto tiene a favor del “Consorcio Lima” que ejecuta la obra “Mejoramiento de la carretera vecinal Ruta N° 516, tramo Centro Poblado Los Angeles – CP Yacango, Provincia Mariscal Nieto- Moquegua” que ejecuta el contrato N° 030-2018-GA/GMA/MPMN”.
Con fecha 15 de octubre de 2021, el recurrente interpuso el recurso de apelación materia de análisis, al considerar denegada su solicitud en aplicación del silencio administrativo negativo.
Mediante la Resolución N° 002436-2021-JUS/TTAIP-SEGUNDA SALA se admitió a trámite el referido recurso impugnatorio y se requirió a la entidad la remisión del expediente administrativo generado para la atención de la solicitud del recurrente, así como la formulación de sus descargos, los cuales, a la fecha del vencimiento del plazo otorgado, no se han presentado.

Esta norma pertenece al compendio Resoluciones de Fondo - Segunda Sala

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