Resolución N.° 002585-2021-JUS/TTAIP-SEGUNDA SALA
15 de noviembre de 2021
VISTO el Expediente de Apelación N° 02226-2021-JUS/TTAIP de fecha 21 de octubre de 2021, interpuesto por CARLOS ENRIQUE RIVERA SALAS contra la comunicación contenida en el correo electrónico de fecha 5 de octubre de 2021, mediante la cual la DIRECCIÓN REGIONAL DE ENERGÍA Y MINAS DE JUNÍN atendió su solicitud de acceso a la información pública presentada con fecha 4 de octubre de 2021, registrada con Expediente N° 3527939, Doc 5123980.
Con fecha 4 de octubre de 2021, el recurrente solicitó se remita a su correo electrónico “copias simples de los expedientes del IGAFOM presentado por BRYNAJOM SRL, respecto del expediente del derecho minero Centurión III”.
Mediante correo electrónico de fecha 5 de octubre de 2021, la entidad comunicó al recurrente “informamos que el monto a pagar por derecho de la reproducción de 02 CDs de S/45.4 (cuarenta y cinco nuevos soles con cuarenta céntimos)”.
Con fecha 21 de octubre de 2021, el recurrente interpuso el recurso de apelación materia de análisis, al considerar que ha requerido que la información sea remitida a su correo electrónico, medio que no genera costo de reproducción alguno.
Mediante Resolución N° 002490-2021-JUS/TTAIP-SEGUNDA SALA de fecha 29 de octubre de 2021, esta instancia solicitó a la entidad el expediente administrativo generado para la atención de la solicitud de acceso a la información pública, y la formulación de sus descargos.
Con fecha 4 de octubre de 2021, el recurrente solicitó se remita a su correo electrónico “copias simples de los expedientes del IGAFOM presentado por BRYNAJOM SRL, respecto del expediente del derecho minero Centurión III”.
Mediante correo electrónico de fecha 5 de octubre de 2021, la entidad comunicó al recurrente “informamos que el monto a pagar por derecho de la reproducción de 02 CDs de S/45.4 (cuarenta y cinco nuevos soles con cuarenta céntimos)”.
Con fecha 21 de octubre de 2021, el recurrente interpuso el recurso de apelación materia de análisis, al considerar que ha requerido que la información sea remitida a su correo electrónico, medio que no genera costo de reproducción alguno.
Mediante Resolución N° 002490-2021-JUS/TTAIP-SEGUNDA SALA de fecha 29 de octubre de 2021, esta instancia solicitó a la entidad el expediente administrativo generado para la atención de la solicitud de acceso a la información pública, y la formulación de sus descargos.
Esta norma pertenece al compendio Resoluciones de Fondo - Segunda Sala