Resolución N.° 000154-2022-JUS/TTAIP-PRIMERA SALA
17 de enero de 2022
VISTO el Expediente de Apelación N° 02704-2021-JUS/TTAIP de fecha 15 de diciembre de 2021, interpuesto por HENRY ALBERT COARITA COARITA, contra la respuesta brindada mediante la CARTA DE ACCESO A LA INFORMACIÓN PÚBLICA N° 285-2021-MPSR-J/GSG notificada con fecha 13 de diciembre de 2021, a través de la cual la MUNICIPALIDAD PROVINCIAL DE SAN ROMÁN –JULIACA, atendió su solicitud de acceso a la información pública presentada con Expediente N° 00032818-2021 de fecha 14 de octubre de 2021.
Con fecha 14 de octubre de 2021, en ejercicio de su derecho de acceso a la información pública, el recurrente solicitó a la entidad se le proporcione copia simple “(…) del informe y/o informe documentado donde se señale los requisitos que debe cumplir cada subgerente de cada subgerencia de la Municipalidad Provincial de San Román Juliaca, para asumir el cargo como sub gerente, tanto requisitos específicos como requisitos generales”.
A través de la CARTA DE ACCESO A LA INFORMACIÓN PÚBLICA N° 285-2021-MPSR-J/GSG notificada con fecha 13 de diciembre de 2021, la entidad comunicó al recurrente que el Subgerente de Recursos Humanos remitió el Informe N° 624-2021-MPSRJ/GA/SGRRHH, en el cual se señaló “(...) que, esta Sub Gerencia, no se encarga de designar Gerentes y Sub Gerentes, a excepción que sea mediante concurso público; asimismo, los requisitos mínimos a considerar para la designación de gerentes y sub gerentes, se encuentra precisado en el manual de organización y funciones-MOF de la municipalidad, misma que no se encuentra en este despacho (…)”.
Con fecha 14 de octubre de 2021, en ejercicio de su derecho de acceso a la información pública, el recurrente solicitó a la entidad se le proporcione copia simple “(…) del informe y/o informe documentado donde se señale los requisitos que debe cumplir cada subgerente de cada subgerencia de la Municipalidad Provincial de San Román Juliaca, para asumir el cargo como sub gerente, tanto requisitos específicos como requisitos generales”.
A través de la CARTA DE ACCESO A LA INFORMACIÓN PÚBLICA N° 285-2021-MPSR-J/GSG notificada con fecha 13 de diciembre de 2021, la entidad comunicó al recurrente que el Subgerente de Recursos Humanos remitió el Informe N° 624-2021-MPSRJ/GA/SGRRHH, en el cual se señaló “(...) que, esta Sub Gerencia, no se encarga de designar Gerentes y Sub Gerentes, a excepción que sea mediante concurso público; asimismo, los requisitos mínimos a considerar para la designación de gerentes y sub gerentes, se encuentra precisado en el manual de organización y funciones-MOF de la municipalidad, misma que no se encuentra en este despacho (…)”.
Esta norma pertenece al compendio Resoluciones de Fondo - Primera Sala