Resolución N.° 002270-2021-JUS/TTAIP-PRIMERA SALA
3 de noviembre de 2021
VISTO el Expediente de Apelación Nº 02068-2020-JUS/TTAIP de fecha 1 de octubre de 2020, interpuesto por JAMES MARINO LOPEZ PADILLA contra la denegatoria por silencio administrativo negativo de su solicitud de acceso a la información pública presentada ante la UNIVERSIDAD NACIONAL SAN LUIS GONZAGA DE ICA con fecha 10 de setiembre de 2021.
Con fecha 10 de setiembre de 2021 el recurrente solicitó a la entidad que le envíe por correo electrónico:
“1. Copia de las listas priorizadas para pago año 2020 de SENTENCIAS JUDICIALES, obligado la UNICA.
2. Copia de las listas priorizadas para pago año 2021 de SENTENCIAS JUDICIALES, obligado la UNICA.
3. Copia de las listas priorizadas para pago año 2022 de SENTENCIAS JUDICIALES, obligado la UNICA
4. Copia del expediente administrativo relacionado al pago dispuesta por sentencia judicial a favor de don JAMES MARINO LÓPEZ PADILLA, en el que se adjunte el registro de priorización de pago.”
Con fecha 1 de octubre de 2021, el recurrente presentó a esta instancia el recurso de apelación materia de análisis, al considerar denegada su solicitud en aplicación del silencio administrativo negativo, al no mediar respuesta respecto de la información que solicitó.
Mediante la Resolución 002072-2021-JUS/TTAIP-PRIMERA SALA, de fecha 7 de octubre de 2021, se admitió a trámite el citado recurso de apelación respecto de losítems 1, 2 y 3 de la solicitud de información, e improcedente respecto del ítem 4 por tratarse de una solicitud de acceso a un expediente administrativo; por lo que se requirió a la entidad la formulación de sus descargos y la remisión del expediente administrativo generado para la atención de la solicitud de acceso a la información pública respecto de los ítems 1, 2 y 3 de la solicitud; los cuales fueron presentados el 29 de octubre de 2021 con el Oficio N° 0297-OAJ-UNICA-2021, adjuntando el Oficio N° 241-OAJ-UNICA-2021 en el cual indica que a la fecha no puede generar Listado Priorizado a través del Aplicativo Informático “Modulo de Demandas Judiciales y Arbitrales en contra del Estado”, por no haberse registrado a la fecha, el Requerimiento de Pago Judicial.
Con fecha 10 de setiembre de 2021 el recurrente solicitó a la entidad que le envíe por correo electrónico:
“1. Copia de las listas priorizadas para pago año 2020 de SENTENCIAS JUDICIALES, obligado la UNICA.
2. Copia de las listas priorizadas para pago año 2021 de SENTENCIAS JUDICIALES, obligado la UNICA.
3. Copia de las listas priorizadas para pago año 2022 de SENTENCIAS JUDICIALES, obligado la UNICA
4. Copia del expediente administrativo relacionado al pago dispuesta por sentencia judicial a favor de don JAMES MARINO LÓPEZ PADILLA, en el que se adjunte el registro de priorización de pago.”
Con fecha 1 de octubre de 2021, el recurrente presentó a esta instancia el recurso de apelación materia de análisis, al considerar denegada su solicitud en aplicación del silencio administrativo negativo, al no mediar respuesta respecto de la información que solicitó.
Mediante la Resolución 002072-2021-JUS/TTAIP-PRIMERA SALA, de fecha 7 de octubre de 2021, se admitió a trámite el citado recurso de apelación respecto de losítems 1, 2 y 3 de la solicitud de información, e improcedente respecto del ítem 4 por tratarse de una solicitud de acceso a un expediente administrativo; por lo que se requirió a la entidad la formulación de sus descargos y la remisión del expediente administrativo generado para la atención de la solicitud de acceso a la información pública respecto de los ítems 1, 2 y 3 de la solicitud; los cuales fueron presentados el 29 de octubre de 2021 con el Oficio N° 0297-OAJ-UNICA-2021, adjuntando el Oficio N° 241-OAJ-UNICA-2021 en el cual indica que a la fecha no puede generar Listado Priorizado a través del Aplicativo Informático “Modulo de Demandas Judiciales y Arbitrales en contra del Estado”, por no haberse registrado a la fecha, el Requerimiento de Pago Judicial.
Esta norma pertenece al compendio Resoluciones de Fondo - Primera Sala