Resolución N.° 002295-2021-JUS/TTAIP-PRIMERA SALA
5 de noviembre de 2021
VISTO el Expediente de Apelación N° 02056-2021-JUS/TTAIP de fecha 29 de setiembre de 2021, interpuesto por ANI MANUEL FALCONI MUÑOA contra la denegatoria por silencio administrativo negativo de la solicitud de acceso a la información pública presentada ante la MUNICIPALIDAD DISTRITAL DE JAQUÍ con fecha 13 noviembre de 2019 y reiterada con fecha 25 de noviembre de 2019.
Con fecha 13 de noviembre de 2019, el recurrente presentó a la entidad la solicitud de información con registro 1392, la cual fue reiterada con la solicitud presenta el 25 de noviembre de 2019 con registro 1430, solicitando:
“1. Copia de la totalidad de folios del Libro de Actas de Sesión Ordinarias a partir del 2 de enero de 2019 hasta la fecha de presentación de la presente solicitud, además:
2.1 Copia de la legalización del respectivo libro
2. Copia de la totalidad de folios del Libro de Actas de Sesión Extraordinaria a partir del 2 de enero de 2019 hasta la fecha de presentación de la presente solicitud, además:
2.1 Copia de la legalización del respectivo libro
3. Copia de la totalidad de Resoluciones de Alcaldía emitidas desde el 2 de enero de 2019 hasta la actualidad.
4. Copia de la totalidad de folios del Libro de Registro de Ingreso de Mesa de Partes o Unidad de Recepción Documentaria de la Municipalidad Distrital de Jaquí, a partir del 02 de enero de 2019, hasta la actualidad.” [Sic]
Con fecha 11 de diciembre de 2019, al no mediar respuesta a la solicitud de información, el recurrente consideró denegada la referida solicitud y en aplicación del silencio administrativo negativo, interpuso ante la entidad el recurso de apelación materia de análisis con registro 1521; recurso que fue remitido a esta instancia el 29 de setiembre de 2021, con el Oficio N° 069-2021-GM-MDJ.
Mediante la Resolución 002116-2021-JUS/TTAIP-PRIMERA SALA de fecha 15 de octubre de 2021 se admitió a trámite el referido recurso impugnatorio, requiriendo la remisión del expediente administrativo generado para la atención de la solicitud impugnada, así como la formulación de sus descargos; los cuales fueron presentados el 3 de noviembre de 2021, con Oficio N° 089-2021-GM-MDJ, mediante el cual la entidad indica que puso la información solicitada a disposición del recurrente, notificándole la liquidación del costo de reproducción.
Con fecha 13 de noviembre de 2019, el recurrente presentó a la entidad la solicitud de información con registro 1392, la cual fue reiterada con la solicitud presenta el 25 de noviembre de 2019 con registro 1430, solicitando:
“1. Copia de la totalidad de folios del Libro de Actas de Sesión Ordinarias a partir del 2 de enero de 2019 hasta la fecha de presentación de la presente solicitud, además:
2.1 Copia de la legalización del respectivo libro
2. Copia de la totalidad de folios del Libro de Actas de Sesión Extraordinaria a partir del 2 de enero de 2019 hasta la fecha de presentación de la presente solicitud, además:
2.1 Copia de la legalización del respectivo libro
3. Copia de la totalidad de Resoluciones de Alcaldía emitidas desde el 2 de enero de 2019 hasta la actualidad.
4. Copia de la totalidad de folios del Libro de Registro de Ingreso de Mesa de Partes o Unidad de Recepción Documentaria de la Municipalidad Distrital de Jaquí, a partir del 02 de enero de 2019, hasta la actualidad.” [Sic]
Con fecha 11 de diciembre de 2019, al no mediar respuesta a la solicitud de información, el recurrente consideró denegada la referida solicitud y en aplicación del silencio administrativo negativo, interpuso ante la entidad el recurso de apelación materia de análisis con registro 1521; recurso que fue remitido a esta instancia el 29 de setiembre de 2021, con el Oficio N° 069-2021-GM-MDJ.
Mediante la Resolución 002116-2021-JUS/TTAIP-PRIMERA SALA de fecha 15 de octubre de 2021 se admitió a trámite el referido recurso impugnatorio, requiriendo la remisión del expediente administrativo generado para la atención de la solicitud impugnada, así como la formulación de sus descargos; los cuales fueron presentados el 3 de noviembre de 2021, con Oficio N° 089-2021-GM-MDJ, mediante el cual la entidad indica que puso la información solicitada a disposición del recurrente, notificándole la liquidación del costo de reproducción.
Esta norma pertenece al compendio Resoluciones de Fondo - Primera Sala