Resolución N.° 002413-2021-JUS/TTAIP-PRIMERA SALA

17 de noviembre de 2021

VISTO el Expediente de Apelación N° 02169-2021-JUS/TTAIP de fecha 13 de octubre de 2021, interpuesto por NANCY MARÍA NEGRÓN YARISE contra la Carta N° 229-2021-SG-MDY de fecha 16 de setiembre de 2021, notificada el 22 de setiembre de 2021, mediante la cual la MUNICIPALIDAD DISTRITAL DE YANAHUARA atendió la solicitud de acceso a la información pública presentada con Expediente N° 10955-2021 de fecha 1 de setiembre de 2021.
Con fecha 1 de setiembre de 2021, en ejercicio del derecho de acceso a la información pública, la recurrente solicitó a la entidad la entrega por correo electrónico de la siguiente información:
“(…) LISTADO DE HABILITACIONES URBANAS DE OFICIO Y A PEDIDO DE PARTE (ADMINISTRADOS) TRAMITADAS Y OTORGADAS Y LAS QUE SE ENCUENTRAN EN TRAMITE, DESDE EL AÑO 2010 AL 30 DE JUNIO DE 2021, EN LA CIRCUNSCRIPCIÓN TERRITORIAL DEL DISTRITO DE YANAHUARA. INDICANDO NOMBRE DE LOS SOLICITANTES, LAS DIRECCIONES DE LOS TERRENOS HABILITADOS Y LOS NUMEROS DE LAS RESOLUCIONES ADMINISTRATIVAS QUE CONCEDIERON LAS HABILITACIONES URBANAS.” [sic]
Mediante la Carta N° 229-2021-SG-MDY de fecha 16 de setiembre de 2021, notificada el 22 de setiembre de 2021, la entidad atendió la solicitud de la recurrente, adjuntando el Informe N° 00104-2021-JCRP de fecha 14 de setiembre de 2021, en el cual se indica que luego de la búsqueda en los archivos digitales y físicos de la División de Obras Privadas Habilitaciones Urbanas y Catastro y de la División de Obras Públicas, no se ha ubicado la información solicitada.
Con fecha 13 de octubre de 2021, la recurrente interpuso el recurso de apelación materia de análisis, manifestando su desacuerdo con la respuesta proporcionado por la entidad, considerando que existió una denegatoria de la información requerida.
A través de la Resolución 002196-2021-JUS/TTAIP-PRIMERA SALA, esta instancia admitió a trámite el citado recurso de apelación, requiriendo a la entidad la remisión del expediente administrativo generado para la atención de la solicitud impugnada y la formulación de sus descargos; requerimientos que a la fecha de emisión de la presente resolución no han sido presentados dentro del plazo otorgado, incluido el término de la distancia de ley.

Esta norma pertenece al compendio Resoluciones de Fondo - Primera Sala

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