Resolución N.° 002073-2021-JUS/TTAIP-PRIMERA SALA
12 de octubre de 2021
VISTO el Expediente de Apelación Nº 01864-2021-JUS/TTAIP de fecha 13 de setiembre de 2021, interpuesto por FRANCO FABIO ESPINOZA SANTOS contra la denegatoria por silencio administrativo negativo de la solicitud de acceso a la información pública presentada ante la MUNICIPALIDAD DISTRITAL DE BREÑA con fecha 20 de agosto de 2021.
Con fecha 20 de agosto de 2021, en ejercicio de su derecho de acceso a la información pública, el recurrente solicitó copia simple de la siguiente información: “Copia simple de la Resolución N° 002-2021-SGOPT-GDU-MDB que aparece en un paradero Una Mototaxi en el letrero ubicado a inmediaciones en el Jr. Huaraz Cuadra 9 Int. 916-918 Con la Cuadra 4 de la Avenida Arica” [Sic]
Con fecha 13 de setiembre de 2021, el recurrente presentó el recurso de apelación materia de análisis, en aplicación del silencio administrativo negativo, por considerar denegada su solicitud al no recibir respuesta por parte de la entidad.
Mediante la Resolución 001950-2021-JUS/TTAIP-PRIMERA SALA de fecha 24 de setiembre de 2021 se admitió a trámite el referido recurso impugnatorio, requiriendo la remisión del expediente administrativo generado para la atención de la solicitud impugnada, así como la formulación de sus descargos; y con fecha 5 de octubre de 2021 la entidad presentó el expediente generado para atender la solicitud de información sin adjuntar descargos.
Con fecha 20 de agosto de 2021, en ejercicio de su derecho de acceso a la información pública, el recurrente solicitó copia simple de la siguiente información: “Copia simple de la Resolución N° 002-2021-SGOPT-GDU-MDB que aparece en un paradero Una Mototaxi en el letrero ubicado a inmediaciones en el Jr. Huaraz Cuadra 9 Int. 916-918 Con la Cuadra 4 de la Avenida Arica” [Sic]
Con fecha 13 de setiembre de 2021, el recurrente presentó el recurso de apelación materia de análisis, en aplicación del silencio administrativo negativo, por considerar denegada su solicitud al no recibir respuesta por parte de la entidad.
Mediante la Resolución 001950-2021-JUS/TTAIP-PRIMERA SALA de fecha 24 de setiembre de 2021 se admitió a trámite el referido recurso impugnatorio, requiriendo la remisión del expediente administrativo generado para la atención de la solicitud impugnada, así como la formulación de sus descargos; y con fecha 5 de octubre de 2021 la entidad presentó el expediente generado para atender la solicitud de información sin adjuntar descargos.
Esta norma pertenece al compendio Resoluciones de Fondo - Primera Sala