Resolución N.° 001981-2021-JUS/TTAIP-SEGUNDA SALA

6 de setiembre de 2021

VISTO el Expediente de Apelación N° 01499-2021-JUS/TTAIP de fecha 23 de julio de 2021, interpuesto por el SINDICATO DE TRABAJADORES MUNICIPALES DE ZARUMILLA, representado por José Luis Lindao Jiménez, contra la denegatoria por silencio administrativo negativo de la solicitud de acceso a la información pública presentada ante la MUNICIPALIDAD PROVINCIAL DE ZARUMILLA con fecha 25 de junio de 2021.
Con fecha 25 de junio de 2021, el sindicato recurrente solicitó a la entidad se le haga llegar, en forma física y virtual, la siguiente documentación que originó la Carta Nº 030-2021-MPZ-SGRH-NRRM, según detalle:
✓ “Informe Nº 012-2021-MPZ/PPM/JJZG, de fecha 12 de Marzo de 2021
✓ Memorándum Nº 320-2021/GM-MPZ, de fecha 14 de Abril de 2021
✓ Informe Legal Nº 121-2021-GAJ-MPZ-NRRM, de fecha 16 de Abril de 2021
✓ Memorándum Nº 2645-2021-MPZ-GADM de fecha 08 de Junio de 2021.” (sic)
Mediante escrito de fecha 23 de julio de 2021, al considerar denegada la referida solicitud en aplicación del silencio administrativo negativo, el sindicato recurrente presentó el recurso de apelación materia de análisis.
Mediante Resolución N° 001691-2021-JUS/TTAIP-SEGUNDA SALA se admitió a trámite el referido recurso impugnatorio, requiriendo a la entidad la presentación del expediente administrativo generado para la atención de la solicitud de acceso a la información pública, así como la formulación de sus descargos, los cuales a la fecha de emisión de la presente resolución no fueron presentados.

Esta norma pertenece al compendio Resoluciones de Fondo - Segunda Sala

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