Resolución N.° 001997-2021-JUS/TTAIP-SEGUNDA SALA
7 de setiembre de 2021
VISTO el Expediente de Apelación N° 01629-2021-JUS/TTAIP de fecha 13 de agosto de 2021, interpuesto por SATURNINO ISRAEL CARDENAS BALDEON contra la denegatoria por silencio administrativo negativo de su solicitud de acceso a la información pública presentada ante la MUNICIPALIDAD METROPOLITANA DE LIMA con fecha 23 de julio de 2021 con Registro N° 2021-0096750.
Con fecha 23 de julio de 2021 el recurrente solicitó a la entidad copia simple y por correo electrónico de la siguiente información:
”Copia de la res. sanc. ad. N° 03187-2021-mml-gfc-sof y copia del cargo de recepción – inf. le copia de la res. sanc. ad. n° 02722-2021-mml-gfc-sof y copia del cargo de recepción – inf. legal” (sic)
Con fecha 12 de agosto de 2021, el recurrente interpuso el recurso de apelación materia de análisis ante la entidad, al considerar denegada su solicitud en aplicación del silencio administrativo negativo, indicando que solicitó copia simple de la resolución de sanción administrativa N° 03187-2021-MML-GFC-SOF de fecha 12 de julio de 2021, y copia del cargo de notificación de dicha resolución, el informe legal N° 000684-2021-MML-GFC-SOF-JZCH de fecha 14 de junio de 2021 y su cargo de recepción, la resolución de sanción administrativa N° 02722-2021-MML-GFC-SOF de fecha 16 de junio de 2021 y el cargo de notificación de dicha resolución, el informe legal N° 000730-2021-MML-GFC-SOF-MMCV de fecha 8 de junio de 2021 y su cargo de recepción.
Mediante la RESOLUCIÓN N° 001850-2021-JUS/TTAIP-SEGUNDA SALA de fecha 20 de agosto de 2021, notificada a la entidad el 31 de agosto del mismo año, esta instancia le solicitó el expediente administrativo generado para la atención de la solicitud de acceso a la información pública, y la formulación de sus descargos, requerimientos que no han sido atendidos a la fecha de la emisión de la presente resolución.
Con fecha 23 de julio de 2021 el recurrente solicitó a la entidad copia simple y por correo electrónico de la siguiente información:
”Copia de la res. sanc. ad. N° 03187-2021-mml-gfc-sof y copia del cargo de recepción – inf. le copia de la res. sanc. ad. n° 02722-2021-mml-gfc-sof y copia del cargo de recepción – inf. legal” (sic)
Con fecha 12 de agosto de 2021, el recurrente interpuso el recurso de apelación materia de análisis ante la entidad, al considerar denegada su solicitud en aplicación del silencio administrativo negativo, indicando que solicitó copia simple de la resolución de sanción administrativa N° 03187-2021-MML-GFC-SOF de fecha 12 de julio de 2021, y copia del cargo de notificación de dicha resolución, el informe legal N° 000684-2021-MML-GFC-SOF-JZCH de fecha 14 de junio de 2021 y su cargo de recepción, la resolución de sanción administrativa N° 02722-2021-MML-GFC-SOF de fecha 16 de junio de 2021 y el cargo de notificación de dicha resolución, el informe legal N° 000730-2021-MML-GFC-SOF-MMCV de fecha 8 de junio de 2021 y su cargo de recepción.
Mediante la RESOLUCIÓN N° 001850-2021-JUS/TTAIP-SEGUNDA SALA de fecha 20 de agosto de 2021, notificada a la entidad el 31 de agosto del mismo año, esta instancia le solicitó el expediente administrativo generado para la atención de la solicitud de acceso a la información pública, y la formulación de sus descargos, requerimientos que no han sido atendidos a la fecha de la emisión de la presente resolución.
Esta norma pertenece al compendio Resoluciones de Fondo - Segunda Sala