Resolución N.° 000523-2021-JUS/TTAIP-SEGUNDA SALA

11 de marzo de 2021

VISTO el Expediente de Apelación N° 00316-2021-JUS/TTAIP de fecha 17 de febrero de 2021, interpuesto por LUIS HENRRY ZURITA VALDEZ contra el correo electrónico de fecha 5 de febrero de 2021, mediante el cual la MUNICIPALIDAD PROVINCIAL DE TAHUAMANU - MADRE DE DIOS, atendió parcialmente su solicitud de acceso a la información pública de fecha 26 de enero de 2021, registrada con Expediente N°99.
Con fecha 26 de enero de 2021, el recurrente solicitó a la entidad la siguiente información:
“1. Copia fedateada del Informe Legal N° 052-2020-MPTAH/AL-EMP.
2. Copia fedateada del Informe Legal N° 062-2020-MPTAH/AL-EMP.
3. Copia simple de todos los informes legales y/o Opiniones legales emitidos por Asesoría Legal durante los meses de octubre, noviembre y diciembre del año 2020.
4. Copia fedateada del Informe N° 1080-2020-MPTAH-IÑA/GM-GIDU/GASCB emitido por el Gerente de Infraestructura y Desarrollo Urbano, Ingeniero Gottfried Alexander Santa Cruz Burga.
5. Copia fedateada del Informe N° 1048-2020-MPTAH-IÑA/GM-GIDU/GASCB emitido por el Gerente de Infraestructura y Desarrollo Urbano, Ingeniero Gottfried Alexander Santa Cruz Burga.
6. Copia fedateada del Informe N° 007-2020-WMYY-IO, emitido por el Inspector del Servicio “Mantenimiento Periódico y Rutinario de los Caminos Vecinales de la Provincia de Tahuamanu, bajo el Decreto de Urgencia N° 070- 2020 (ítem Paquete N° 05), Ingeniero Washington M. Yucra Yucra.
7. Copia simple de todos los informes emitidos por el Inspector del Servicio “Mantenimiento Periódico y Rutinario de los caminos vecinales de la Provincia de Tahuamanu, bajo el Decreto de Urgencia N° 070-2020 (Ítem-paquete N°05), Ingeniero Washington M. Yucra Yucra durante los meses de octubre, noviembre y diciembre de 2020.
8. Copia fedateada del contrato y/o orden de servicio con la cual se contrató los servicios del Ingeniero Washington M. Yucra Yucra como Inspector del Servicio “Mantenimiento Periódico y Rutinario de los caminos vecinales de la Provincia de Tahuaman, bajo el Decreto de Urgencia N° 070-2020 (ítem-paquete N° 05). Documento que debe encontrarse en las Oficinas del órgano encargado de las contrataciones de la Municipalidad Provincial de Tahuamanu”.
9. Copia fedateada del requerimiento y de los términos de referencia bajo los cuales se elaboró el contrato y/o orden de servicio para la contratación del ingeniero Washington M. Yucra Yucra como Inspector del servicio “Mantenimiento Periódico y rutinario de los caminos vecinales de la Provincia de Tahuamanu, bajo el Decreto de Urgencia N° 070-2020 (ítem – paquete N° 05)”.
Mediante el correo electrónico de fecha 5 de febrero de 2021, la entidad remite la liquidación del costo de reproducción de copias fedateadas por la suma de S/ 1, 988.68 por 332 hojas certificadas, adjuntando el Informe N° 120-2021-MPTAH-IÑA/GM.GIDU/GASCB y el Recibo de Pago N° 002-0002351, emitido por la Sub Gerencia de Administración Tributaria.
Con fecha 17 de febrero de 2021, el recurrente presentó el recurso de apelación materia de análisis, al considerar que el cobro requerido mediante el Informe N° 120-2021-MPTAH-IÑA/GM-GIDU/GASCB resulta excesivo, asimismo refiere que la precisión requerida por la entidad respecto a su pedido formulado con el ítem 7, es absurdo y que la entidad no se ha pronunciado sobre sus pedidos formulados con los ítems 1, 2 y 3.
Mediante Resolución N° 000421-2021-JUS/TTAIP-SEGUNDA SALA se admitió a trámite el referido recurso impugnatorio, requiriendo a la entidad la presentación del expediente administrativo generado para la atención de la solicitud de acceso a la información pública, así como la formulación de sus descargos.
Mediante la Carta N° 006-2021-FRAI-MP-TAH, ingresado a esta instancia el 9 de marzo de 2021, la entidad formula sus descargos reiterando la puesta a disposición de la información previo pago del costo de reproducción de copias simples y copias fedateadas, de conformidad con el Informe N° 120-2021-MPTAH-GM-GIDU-GASCB por la suma de S/1988.68 por el total de 332 folios, correspondiente a los numerales 4), 5), 6), 7), 8) y 9) de la solicitud del recurrente. Asimismo, señala que con fecha 8 de marzo de 2021, la Oficina de Asesoría Legal mediante el Informe Legal N° 0021-2021-MPTAH/AL-EYHB, alcanza la información solicitada por el administrado correspondiente a los pedidos formulados con los ítems 1, 2 y 3.

Esta norma pertenece al compendio Resoluciones de Fondo - Segunda Sala

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