Resolución N.° 000306-2021-JUS/TTAIP-SEGUNDA SALA

15 de febrero de 2021

VISTO el Expediente de Apelación Nº 01765-2020-JUS/TTAIP de fecha 30 de diciembre de 2020, interpuesto por GUNTHER HERNÁN GONZALES BARRÓN contra la denegatoria por silencio administrativo negativo de la solicitud de acceso a la información pública presentada ante la MUNICIPALIDAD DISTRITAL DE MIRAFLORES con fecha 4 de diciembre de 2020.
Con fecha 4 de diciembre de 2020, en ejercicio de su derecho de acceso a la información pública, el recurrente solicitó a la entidad se le entregue, mediante “(…) copias escaneadas, […] DENUNCIAS, OCURRENCIAS O INTERVENCIONES realizadas por el personal de serenazgo en el inmueble ubicado en Calle Chiclayo 756 Distrito de Miraflores, lo que deberá entregarse en CD”.
Con fecha 30 de diciembre de 2020, el recurrente presentó el recurso de apelación materia de análisis, alegando no haber recibido respuesta de la entidad dentro del plazo de ley, por lo cual considera denegada su solicitud en aplicación del silencio administrativo negativo.
Mediante la Resolución N° 000122-2021-JUS/TTAIP-SEGUNDA SALA se admitió a trámite el citado recurso impugnatorio, requiriendo a la entidad la remisión del expediente administrativo generado para la atención de la referida solicitud, así como la formulación de sus descargos.
Al respecto, a través del Oficio Nº 072-2021-SG/MM, ingresado el 15 de febrero de 2021, la entidad adjuntó el escrito de fecha 12 de febrero de 2021, a través del cual señaló que ha cumplido con remitir la información solicitada a la señorita Katherine Diana Pallarco Asto, apoderada del administrado, a través de su correo electrónico personal consignado en su solicitud ingresada a través de la Plataforma Digital de Atención al Ciudadano.

Esta norma pertenece al compendio Resoluciones de Fondo - Segunda Sala

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