Resolución N.° 002133-2021-JUS/TTAIP-SEGUNDA SALA

22 de setiembre de 2021

VISTO el Expediente de Apelación N° 01755-2021-JUS/TTAIP de fecha 31 de agosto de 2021, interpuesto por JESÚS MIGUEL CHANAMÉ ARRIOLA contra la Carta N° 745-2021-JUS/OILC-TAI de fecha 25 de agosto de 2021, por el cual el MINISTERIO DE JUSTICIA Y DERECHOS HUMANOS atendió sus solicitudes de acceso a la información pública presentadas con fecha 23 de agosto de 2021 con Registros N° 198796-2021, 198797-2021 y 198798-2021.
Con fecha 23 de agosto de 2021 y Registro N° 000198796-2021 MSC, el recurrente solicitó a la entidad lo siguiente:
“SOLICTO LOS INFORMES JURÍDICOS DE LA DIRECCIÓN GENERAL DEL MINJUS EMITIDOS DESDE ENERO DE 2021 AL 21 AGOSTO DE 2021”
Con fecha 23 de agosto de 2021 y Registro N° 000198797-2021 MSC, el recurrente solicitó a la entidad lo siguiente:
“SOLICITO INFORMES JURÍDICOS DE LA DIRECCIÓN GENERAL DE TRANSPARENCIA DEL MINJUS (CONSULTAS ABSUELTAS) DEL 7 DE JULIO DE 2020 HASTA EL 31 DE DICIEMBRE DE 2020.”
Con fecha 23 de agosto de 2021 y Registro N° 000198798-2021 MSC, el recurrente solicitó a la entidad lo siguiente:
“SOLICITO INFORMES JURÍDICOS DE LA DIRECCIÓN GENERAL DE TRANSPARENCIA DEL MINJUS (CONSULTAS ABSUELTAS) DEL 1 DE ENERO DE 2020 HASTA EL 7 DE JULIO DE 2020.”
Mediante la Carta N° 745-2021-JUS/OILC-TAI de fecha 25 de agosto de 2021, la entidad indicó al recurrente lo siguiente:
“Tengo el agrado de dirigirme a usted para saludarlo cordialmente y, en atención al asunto y documento de la referencia, comunicarle que la Dirección General de Transparencia, Acceso a la Información Pública y Protección de Datos Personales, se encuentra realizando las gestiones necesarias para dar respuesta a su solicitud; sin embargo, notifican mediante OFICIO N° 237- 2021-JUS/DGTAIPD y anexo, la necesidad de un plazo adicional con fecha de entrega el 05 de octubre de 2021. Se adjunta documento en mención.”
Asimismo, consta en autos el MEMORANDO Nº 237 -2021-JUS/DGTAIPD de fecha 25 de agosto de 2021, emitido por la Dirección General de Transparencia, Acceso a la Información Pública y Protección de Datos Personales, que indica:
“(…) Sobre el particular, de conformidad con el literal g) del artículo 11 del TUO de la Ley 27806, Ley de Transparencia y Acceso a la Información Pública:
“Artículo 11.- Procedimiento
(…)
g) Excepcionalmente, cuando sea materialmente imposible cumplir con el plazo señalado en el literal b) debido a causas justificadas relacionadas a la comprobada y manifiesta falta de capacidad logística u operativa o de recursos humanos de la entidad o al significativo volumen de la información solicitada, por única vez la entidad debe comunicar al solicitante la fecha en que proporcionará la información solicitada de forma debidamente fundamentada, en un plazo máximo de dos (2) días hábiles de recibido el pedido de información. El incumplimiento del plazo faculta al solicitante a recurrir ante Autoridad Nacional de Transparencia y Acceso a la Información Pública.” (Subrayado agregado)
Asimismo, el artículo 15-B del Reglamento de la Ley N.° 27806, aprobado por Decreto Supremo N.° 072-2003-PCM, define la falta de capacidad logística, operativa y de personal en los siguientes términos:
“Artículo 15-B.- Falta de capacidad logística, operativa y de personal
15-B.1 Para efectos de lo dispuesto por el inciso g) del artículo 11 de la Ley, se tiene en consideración los siguientes criterios:
1. Constituye falta de capacidad logística la carencia o insuficiencia de medios que se requieran para reproducir la información solicitada.
2. Constituye falta de capacidad operativa la carencia de medios para la remisión de la información solicitada tales como servicio de correspondencia, soporte informático, línea de internet, entre otros que se utilicen para dicho fin.
3. La causal de falta de recursos humanos se aplica cuando la solicitud de acceso a la información pública deba ser atendida por una entidad u órgano que no cuente con personal suficiente para la atención inmediata o dentro del plazo, considerando el volumen de la información solicitada, sin afectar sustancialmente la continuidad del servicio o función pública de su competencia.” (Subrayado agregado)
En el presente caso, el solicitante está requiriendo la remisión de todos los informes jurídicos emitidos por la Dirección General de Transparencia, Acceso a la Información Pública y Protección de Datos Personales durante los años 2020 y 2021, cuya entrega, al tratarse de un número significativo de opiniones jurídicas vertidas en el marco del proceso deliberativo y consultivo de decisiones de gobierno plasmadas en disposiciones normativas, implica necesariamente la asignación de personal de la DGTAIPD dedicado a realizar una revisión exhaustiva a efectos de constatar si algún caso, por la materia que desarrollan, podrían configurar alguna de las excepciones previstas en el TUO de la Ley N.° 27806.
En ese contexto, la DGTAIPD no cuenta con el recurso humano necesario para la atención de la solicitud dentro del plazo, puesto que, esto último, significaría comprometer o afectar de manera relevante la continuidad del servicio o función pública que actualmente brinda.
En razón de ello, conforme a la normativa precitada, resulta necesario que la solicitud de acceso a la información pública formulada sea proporcionada el día 5 de octubre de 2021.” (sic)
Con fecha 27 de agosto de 2021, el recurrente interpuso el recurso de apelación materia de análisis contra la referida comunicación, alegando que la entidad no acreditó la referida falta de recursos humanos mediante un documento de gestión anterior a su solicitud, y que además lo requerido debe publicarse en su portal web.
Mediante la RESOLUCIÓN N° 002010-2021-JUS/TTAIP-SEGUNDA SALA de fecha 8 de setiembre de 2021, notificada a la entidad el 14 de setiembre de 2021, esta instancia le solicitó la formulación de sus descargos.
Mediante el Oficio N° 138-2021-JUS/OILC recepcionado por esta instancia el 20 de setiembre de 2021, la entidad remitió sus descargos a través del Memorando Nº 273-2021-JUS/DGTAIPD, el cual indica:
“(…) En el presente caso, el solicitante requirió que la información le sea entregada a su cuenta de correo electrónico, por lo que, mediante Memorando N° 273-2021-JUS/DGTAIPD de fecha 16 de setiembre de 2021, esta Dirección General remitió a su Despacho la información solicitada por el ciudadano, indicando de forma exacta la ubicación de los enlaces donde se encuentra publicada la información en el portal institucional, así como el archivo del Informe Jurídico N° 05-2020-JUS/DGTAIPD.
Conforme lo dispone el artículo 8 del Reglamento de la Ley 27806, el ejercicio del derecho de acceso a la información se tendrá por satisfecho con la comunicación por escrito al interesado, del enlace o lugar dentro del Portal de Transparencia que la contiene, sin perjuicio del derecho de solicitar las copias que se requiera.
En tal sentido, el pedido de información se tiene por satisfecho con el envío de la información arriba consignada.
Por otro lado, conforme se informó a esta Dirección General, el 18 de setiembre de 20211 a través de correo electrónico, su Despacho remitió al solicitante la Carta N° 858-2021-JUS/OILC-TAI mediante la cual pone a su disposición la información solicitada.
(…) Por lo antes expuesto y, considerando que el ciudadano ha dado conformidad de la recepción de la información, corresponde que su Despacho solicite al TTAIP declare concluido el procedimiento recursivo por sustracción de la materia.”
Asimismo, consta en autos el correo electrónico de fecha 18 de setiembre de 2021, emitido por la entidad y remitido a la dirección electrónica del recurrente, el cual indica:
“Por encargo especial de la Funcionaria Responsable de Transparencia y Acceso a la Información Pública y, en atención a su requerimiento de información efectuado se le remite en archivo adjunto la Carta N° 858-2021-JUS/OILC-TAI y anexos, mediante el cual se da respuesta a su solicitud de acceso a la información.
Debido al peso del archivo, se adjunta el siguiente enlace drive que contiene el INFORME JURÍDICO 05-2020-JUS/DGTAIP (…)”.
A su vez, consta el correo electrónico de fecha 18 de setiembre de 2021 de respuesta del recurrente que indica: “RECIBIDO CONFORME”.
También se observa en autos la Carta N° 858-2021-JUS/OILC-TAI de fecha 17 de setiembre de 2021, la cual señala:
“Tengo el agrado de dirigirme a usted para saludarlo cordialmente y, en atención al asunto y documento de la referencia, comunicarle que la Dirección General de Transparencia, Acceso a la Información Pública y Protección de Datos Personales, da respuesta a solicitud mediante MEMORANDO N° 273- 2021-JUS/DGTAIPD. Se adjunta documento en mención.
Asimismo, mediante CARTA N° 745-2021-JUS/OILC-TAI de fecha 25.08.2021, se le comunicó que la Dirección General de Transparencia, Acceso a la Información Pública y Protección de Datos Personales, solicitó la necesidad de un plazo adicional para otorgar respuesta a su pedido como fecha límite el 05 de octubre de 2021 (Se adjunta documento en mención)”.
Finalmente, se observa el Memorando N° 273- 2021-JUS/DGTAIPD de fecha 16 de setiembre de 2021, emitido por la Dirección General de Transparencia, Acceso a la Información Pública y Protección de Datos Personales que refiere lo siguiente:
“Conforme lo dispone el artículo 8 del Reglamento de la Ley 27806, el ejercicio del derecho de acceso a la información se tendrá por satisfecho con la comunicación por escrito al interesado, del enlace o lugar dentro del Portal de Transparencia que la contiene, sin perjuicio del derecho de solicitar las copias que se requiera.
En el presente caso, el solicitante requiere que la información le sea entregada a su cuenta de correo electrónico, por lo que, se remite a continuación lo siguiente:
a) Los enlaces de la información que actualmente se encuentra publicada en nuestro portal institucional.
b) Un (1) archivo digitalizado con la información correspondiente al Informe Jurídico Nro. 05-2020-JUS/DGTAIPD.
- Informes jurídicos de la Dirección General de Transparencia del MINJUS (consultas absueltas) del 1 de enero hasta el 7 de julio de 2020:
• IJ N.° 01-2020-JUS/DGTAIPD (20/01/2020) - Sobre la publicación de información en el PTE de la Junta Nacional de Justicia.
https://www.gob.pe/institucion/antaip/informes-publicaciones/1925833-ij-n-01-2020-jus-dgtaipd-sobre-la-publicacion-de-informacion-en-el-pte-de-la-jnj
• IJ N.° 02-2020-JUS/DGTAIPD (23/01/2020) – Opinión sobre la propuesta del Decreto Supremo que aprueba el Reglamento del Decreto de Urgencia N.° 20-2019, que establece la obligatoriedad de la presentación de Declaración Jurada de Intereses en el sector público.
https://www.gob.pe/institucion/antaip/informes-publicaciones/1925835-ij-n-02-2020-jus-dgtaipd-opinion-sobre-la-propuesta-del-ds-que-aprueba-el-reglamento-del-du-20-2019-que-establece-la-obligatoriedad-de-la-presentacion-de-declaracion-jurada-de-intereses
• IJ N.° 03-2020-JUS/DGTAIPD (24/01/2020) – Absolución de consulta sobre si es aplicable la Ley 27806, Ley de Transparencia y Acceso a la Información Pública, para la atención de pedidos de información de un miembro de la Comisión Permanente del disuelto Congreso de la República
https://www.gob.pe/institucion/antaip/informes-publicaciones/1925837-ij-n-03-2020-jus-dgtaipd-sobre-si-es-aplicable-la-ltaip-para-la-atencion-de-pedidos-de-informacion-de-un-miembro-de-la-comision-permanente
• IJ N.° 04-2020-JUS/DGTAIPD (24/01/2020) – Opinión sobre el Acuerdo Comercial entre el Reino Unido de Gran Bretaña e Irlanda del Norte, por una parte, y la República del Perú, Ecuador y Colombia por otra.
https://www.gob.pe/institucion/anpd/informes-publicaciones/2157124-ij-n-04-2020-jus-dgtaipd-sobre-el-acuerdo-comercial-entre-el-reino-unido-de-gran-bretana-e-irlanda-del-norte-por-una-parte-y-la-republica-del-peru-ecuador-y-colombia-por-otra
• IJ N.° 06-2020-JUS/DGTAIPD (23/06/2020) - Sobre Autógrafa de Ley que establece la inclusión financiera y habilita al Banco de la Nación la apertura masiva y automática de cuentas de ahorros.
https://www.gob.pe/institucion/anpd/informes-publicaciones/2120342-ij-n-06-2020-jus-dgtaipd-sobre-autografa-de-ley-que-establece-la-inclusion-financiera-y-habilita-al-banco-de-la-nacion-la-apertura-masiva-y-automatica-de-cuentas-de-ahorros
• IJ N.° 07-2020-JUS/DGTAIPD (24/06/2020) – Opinión complementaria sobre el Acuerdo Comercial entre el Reino Unido de Gran Bretaña e Irlanda del Norte, por una parte, y la República del Perú, Ecuador y Colombia por otra
https://www.gob.pe/institucion/anpd/informes-publicaciones/2157126-ij-n-07-2020-jus-dgtaipd-opinion-complementaria-sobre-el-acuerdo-comercial-entre-el-reino-unido-de-gran-bretana-e-irlanda-del-norte-por-una-parte-y-la-republica-del-peru-ecuador-y-colombia-por-otra
- Informes jurídicos de la Dirección General de Transparencia del MINJUS (consultas absueltas) del 7 de julio hasta el 31 de diciembre de 2020:
• IJ N.° 08-2020-JUS/DGTAIPD (20/07/2020) – Naturaleza de la información generada en el marco del “procedimiento de alerta temprana frente a ataques o amenazas contra personas defensora de derechos humanos” y de la información contenida en el “Registro de situaciones de riesgo de personas defensoras de derechos humanos”
https://www.gob.pe/institucion/antaip/informes-publicaciones/1925992-ij-n-08-2020-jus-dgtaipd-sobre-la-naturaleza-de-la-informacion-generada-en-el-marco-del-procedimiento-de-alerta-temprana-frente-a-ataques-o-amenazas-contra-personas-defensoras-de-derecho-humanos
• IJ N.° 09-2020-JUS/DGTAIPD (31/07/2020) - Opinión sobre Proyecto de Ley N.° 5091/2020-CR
https://www.gob.pe/institucion/anpd/informes-publicaciones/2021079-ij-n-09-2020-jus-dgtaipd-sobre-proyecto-de-ley-no-5091-2020-cr
• IJ N.° 10-2020-JUS/DGTAIPD (17/08/2020) - Oficio Nro. 1468-2019-JUS/DGDNCR
https://www.gob.pe/institucion/anpd/informes-publicaciones/2157127-ij-n-10-2020-jus-dgtaipd-alcances-del-literal-h-del-articulo-25-de-la-ley-nro-26842-general-de-salud-en-el-marco-de-la-proteccion-de-datos-personales
• IJ N.° 11-2020-JUS/DGTAIPD (01/09/2020) - Sobre Proyecto de Ley 5511/2020-CR que dispone la implementación del Gobierno Digital prevista en el Decreto Legislativo Nro.1412
https://www.gob.pe/institucion/anpd/informes-publicaciones/2157130-ij-n-11-2020-jus-dgtaipd-sobre-proyecto-de-ley-5511-2020-cr-que-disponde-la-implementacion-del-gobierno-digital-prevista-en-el-decreto-legislativo-nro-1412
• IJ N.° 12-2020-JUS/DGTAIPD (16/09/2020) – Opinión complementaria sobre Proyecto de Ley 5511/2020-CR que dispone la implementación del Gobierno Digital prevista en el Decreto Legislativo Nro.1412 https://www.gob.pe/institucion/anpd/informes-publicaciones/2157132-ij-n-12-2020-jus-dgtaipd-opinion-complementaria-sobre-proyecto-de-ley-5511-2020-cr-que-dispone-la-implementacion-del-gobierno-digital-prevista-en-el-decreto-legislativo-nro-1412
• IJ N.° 13-2020-JUS/DGTAIPD (25/09/2020) – Naturaleza de la información recabada en la implementación del “Registro de situaciones de riesgo de personas defensoras de derechos humanos”
https://www.gob.pe/institucion/antaip/informes-publicaciones/1925993-ij-n-13-2020-jus-dgtaipd-sobre-la-naturaleza-de-la-informacion-recabada-en-la-implementacion-del-registro-de-situaciones-de-riesgo-de-personas-defensoras-de-derechos-humanos
• IJ N.° 14-2020-JUS/DGTAIPD (12/10/2020) – Opinión sobre el Proyecto de Ley que crea el Sistema Nacional de Transparencia, Acceso a la Información Pública y Protección de Datos Personales.
https://www.gob.pe/institucion/antaip/informes-publicaciones/2120331-ij-n-14-2020-jus-dgtaipd-opinion-sobre-el-proyecto-de-ley-que-crea-el-sistema-nacional-de-transparencia-acceso-a-la-informacion-publica-y-proteccion-de-datos-personales
• IJ N.° 15-2020-JUS/DGTAIPD (30/10/2020) - Sobre el ámbito de aplicación de la Ley de Protección de Datos Personales y su alcance a las Procuradurías Públicas.
https://www.gob.pe/institucion/anpd/informes-publicaciones/2120378-ij-n-15-2020-jus-dgtaipd-sobre-el-ambito-de-aplicacion-de-la-ley-de-proteccion-de-datos-personales-y-su-alcance-a-las-procuradurias-publicas
• IJ N.° 16-2020-JUS/DGTAIPD (26/11/2020) - Consulta sobre la publicación de datos personales de menores de edad para el otorgamiento de apoyo económico en el marco del Decreto de Urgencia N.° 063-2020 y Decreto Supremo N.° 220-2020-EF
https://www.gob.pe/institucion/anpd/informes-publicaciones/2120383-ij-n-16-2020-jus-dgtaipd-sobre-la-publicacion-de-datos-personales-de-menores-de-edad-para-el-otorgamiento-de-apoyo-economico-en-el-marco-del-decreto-de-urgencia-n-063-2020-y-decreto-supremo-n-220-2020-ef
- Informes jurídicos de la Dirección General de Transparencia del MINJUS emitidos desde enero de 2021 al 21 de agosto de 2021
• IJ N.° 1-2021-JUS/DGTAIPD (05/02/2021) – Opinión sobre la publicación de la lista de personas que serán beneficiadas con la vacuna contra el COVID-19.
https://www.gob.pe/institucion/anpd/informes-publicaciones/2157119-ij-n-01-2021-jus-dgtaipd-sobre-la-publicacion-de-la-lista-de-personas-que-seran-beneficiadas-con-la-vacuna-contra-el-covid-19
• IJ N.° 2-2021-JUS/DGTAIPD (22/04/2021) – Sobre la aplicación del régimen de las excepciones regulado por la LTAIP a los pedidos de información entre entidades públicas.
https://www.gob.pe/institucion/antaip/informes-publicaciones/1925756-ij-n-02-2021-jus-dgtaipd-sobre-la-aplicacion-del-regimen-de-excepciones-regulado-por-la-ltaip-a-los-pedidos-de-informacion-entre-entidades-publicas
• IJ N.° 3-2021-JUS/DGTAIPD (30/04/2021) – Opinión sobre Proyecto de Ley Nro. 6574/2020-CR que promueve el acceso a la información relevante y fortalece la interoperabilidad entre entidades de la Administración Pública responsable de la implementación de la Ley Nro. 29988
https://www.gob.pe/institucion/anpd/informes-publicaciones/2157122-ij-n-03-2021-jus-dgtaipd-sobre-proyecto-de-ley-nro-6574-2020-cr-que-promueve-el-acceso-a-la-informacion-relevante-y-fortalece-la-interoperabilidad-entre-entidades-de-la-administracion-publica-responsable-de-la-implementacion-de-la-ley
• IJ N.° 4-2021-JUS/DGTAIPD (30/04/2021) - Sobre la accesibilidad a información referida a expedientes judiciales o arbitrales, investigaciones fiscales, y pago a acreedores del Estado que obra en las Procuradurías Públicas.
https://www.gob.pe/institucion/antaip/informes-publicaciones/1925994-ij-n-04-2021-jus-dgtaipd-sobre-la-accesibilidad-a-informacion-referida-a-expedientes-judiciales-o-arbitrales-investigaciones-fiscales-y-pago-a-acreedores-del-estado-que-obra-en-procuradurias-publicas
• IJ N.° 5-2021-JUS/DGTAIPD (21/05/2021) – Opinión sobre el Proyecto de Decreto Supremo que aprueba el Reglamento de la Ley N.° 30926
https://www.gob.pe/institucion/anpd/informes-publicaciones/2021114-ij-n-05-2021-jus-dgtaipd-opinion-sobre-el-proyecto-de-decreto-supremo-que-aprueba-el-reglamento-de-la-ley-n-30926
• IJ N.° 6-2021-JUS/DGTAIPD (24/05/2021) – Dictamen concerniente a la Ley de Reforma del Código Procesal Constitucional.
https://www.gob.pe/institucion/anpd/informes-publicaciones/2157504-ij-n-06-2021-jus-dgtaipd-sobre-dictamen-concerniente-a-la-ley-de-reforma-del-codigo-procesal-constitucional
• IJ N.° 07-2021-JUS/DGTAIPD (07/06/2021) - Opinión técnica sobre el proyecto de Decreto Supremo que crea el Semáforo Anticorrupción e Integridad y su anexo denominado “Disposiciones para la implementación del Semáforo Anticorrupción e Integridad”
https://www.gob.pe/institucion/antaip/informes-publicaciones/2121631-ij-n-07-2021-jus-dgtaipd-opinion-tecnica-sobre-el-proyecto-de-decreto-supremo-que-crea-el-semaforo-anticorrupcion-e-integridad-y-su-anexo-denominado-disposiciones-para-la-implementacion-del-semaforo-anticorrupcion-e-integridad
• IJ N.° 8-2021-JUS/DGTAIPD (22/06/2021) - Opinión sobre el proyecto de Ley 6616/2020-CR, Ley que maximiza la transparencia en la información pública para luchar contra la corrupción.
https://www.gob.pe/institucion/antaip/informes-publicaciones/2121670-ij-n-08-2021-jus-dgtaipd-opinion-sobre-proyecto-de-ley-6616-2020-cr-ley-que-maximiza-la-transparencia-en-la-informacion-publica-para-luchar-contra-la-corrupcion
• IJ N.° 9-2021-JUS/DGTAIPD (22/06/2020) – Acceso a la información registrada en el Registro de Víctimas de Esterilizaciones Forzadas
https://www.gob.pe/institucion/anpd/informes-publicaciones/2029662-ij-n-09-2021-jus-dgtaipd-acceso-a-la-informacion-registrada-en-el-registro-de-victimas-de-esterilizaciones-forzadas
• IJ N.° 10-2021-JUS/DGTAIPD (6/07/2021) - Opinión sobre Proyecto de Ley Nro. 6751/2020-CR que incluye en el DNI un correo electrónico válido y activo que acredite su domicilio electrónico personal.
https://www.gob.pe/institucion/anpd/informes-publicaciones/2157506-ij-n-10-2021-jus-dgtaipd-sobre-proyecto-de-ley-nro-6751-2020-cr-que-incluye-en-el-dni-un-correo-electronico-valido-y-activo-que-acredite-su-domicilio-electronico-personal
• IJ N.° 11-2021-JUS/DGTAIPD (06/06/2021) - Opinión sobre el Proyecto de Ley Nº 7200/2020-CR, que dispone la creación del Registro Nacional Electrónico de Vacunas, vinculado al Registro Nacional de Historias Clínicas Electrónicas y estos al Documento Nacional de Identidad Electrónico.
https://www.gob.pe/institucion/anpd/informes-publicaciones/2157509-ij-n-11-2021-jus-dgtaipd-sobre-el-proyecto-de-ley-n-7200-2020-cr-que-dispone-la-creacion-del-registro-nacional-electronico-de-vacunas-vinculado-al-registro-nacional-de-historias-clinicas-electronicas-y-estos-al-documento-nacional-de
• IJ N.° N°12-2021-JUS/DGTAIPD (18/08/2021) – Sobre la naturaleza de la información obtenida en el marco de la participación del Estado peruano en la audiencia temática de la Comisión Interamericana de Derechos Humanos – CIDH denominada “Corrupción y violación de derechos humanos de defensores de los pueblos indígenas de la Amazonía Peruana”.
https://www.gob.pe/institucion/antaip/informes-publicaciones/2082795-ij-n-12-2021-jus-dgtaipd-sobre-la-naturaleza-de-la-informacion-obtenida-en-el-marco-de-la-participacion-del-estado-peruano-en-la-audiencia-tematica-de-la-comision-interamericana-de-derechos-humanos-cidh-denominada-corrupcion-y-viola
• IJ N.° 13-2021-JUS/DGTAIPD (18/08/2021) - Sobre el acceso al material educativo elaborado por una entidad para la prestación de un servicio no exclusivo de capacitación que requiere el pago de una tarifa a título de contraprestación.
https://www.gob.pe/es/institucion/antaip/informes-publicaciones/2082808-ij-n-13-2021-jus-dgtaipd-sobre-el-acceso-al-material-educativo-elaborado-por-una-entidad-para-la-prestacion-de-un-servicio-no-exclusivo-de-capacitacion-que-requiere-el-pago-de-una-tarifa-a-titulo-de-contraprestacion
En este sentido, esta Dirección General da por atendida la solicitud de información requerida por el ciudadano.”

Esta norma pertenece al compendio Resoluciones de Fondo - Segunda Sala

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