Resolución N.° 002211-2021-JUS/TTAIP-SEGUNDA SALA
30 de setiembre de 2021
VISTO el Expediente de Apelación N° 01850-2021-JUS/TTAIP de fecha 9 de setiembre de 2021, interpuesto por ANGEL REYNOSO NAVARRO contra el correo electrónico de fecha 24 de agosto de 2021, por el cual la RED ASISTENCIAL HUARAZ – ESSALUD atendió su solicitud de acceso a la información pública presentada con fecha 4 de agosto de 2021.
Con fecha 4 de agosto de 2021, el recurrente solicitó a la entidad que le entregue por correo electrónico lo siguiente:
“1. Copia de la resolución o acto administrativo de designación de responsables de manejo de los fondos de caja chica de la Red Asistencial Huaraz años 2016, 2017, 2018, 2019, 2020 y 2021.
2. Copia de los documentos (comprobantes de pago: boletas y facturas; así como recibos por honorarios, etc.) de cada una de las rendiciones de gastos del fondo fijo de caja chica de la Red Asistencial Huaraz, correspondientes a los ejercicios fiscales 2016, 2017, 2018, 2019, 2020 y 2021.
3. Copia de las respectivas liquidaciones anuales del fondo fijo de caja chica de la Red Asistencial Huaraz aprobadas ejercicios fiscales 2016, 2017, 2018, 2019, 2020 y 2021.”
Mediante el correo electrónico de fecha 24 de agosto de 2021 la entidad indicó al recurrente lo siguiente:
“Señor Ángel Reynoso Navarro
Se hace llegar información preliminar de lo solicitado con respecto a su Carta Nº21-2021-ARN (02.08.2021). Sírvase dar click sobre el link descrito líneas abajo.
Saludos
https://drive.google.com/file/d/1osXxR5P0Ug6NjuO6cYGHH_UufB6roEpp/view”
Con fecha 9 de setiembre de 2021 el recurrente interpuso el recurso de apelación materia de análisis contra la referida comunicación alegando que al acceder al referido enlace recibe el mensaje de: ACCESO DENEGADO, lo cual fue comunicado a la entidad en fecha 29 de agosto de 2021.
Con fecha 4 de agosto de 2021, el recurrente solicitó a la entidad que le entregue por correo electrónico lo siguiente:
“1. Copia de la resolución o acto administrativo de designación de responsables de manejo de los fondos de caja chica de la Red Asistencial Huaraz años 2016, 2017, 2018, 2019, 2020 y 2021.
2. Copia de los documentos (comprobantes de pago: boletas y facturas; así como recibos por honorarios, etc.) de cada una de las rendiciones de gastos del fondo fijo de caja chica de la Red Asistencial Huaraz, correspondientes a los ejercicios fiscales 2016, 2017, 2018, 2019, 2020 y 2021.
3. Copia de las respectivas liquidaciones anuales del fondo fijo de caja chica de la Red Asistencial Huaraz aprobadas ejercicios fiscales 2016, 2017, 2018, 2019, 2020 y 2021.”
Mediante el correo electrónico de fecha 24 de agosto de 2021 la entidad indicó al recurrente lo siguiente:
“Señor Ángel Reynoso Navarro
Se hace llegar información preliminar de lo solicitado con respecto a su Carta Nº21-2021-ARN (02.08.2021). Sírvase dar click sobre el link descrito líneas abajo.
Saludos
https://drive.google.com/file/d/1osXxR5P0Ug6NjuO6cYGHH_UufB6roEpp/view”
Con fecha 9 de setiembre de 2021 el recurrente interpuso el recurso de apelación materia de análisis contra la referida comunicación alegando que al acceder al referido enlace recibe el mensaje de: ACCESO DENEGADO, lo cual fue comunicado a la entidad en fecha 29 de agosto de 2021.
Esta norma pertenece al compendio Resoluciones de Fondo - Segunda Sala