Resolución N.° 002215-2021-JUS/TTAIP-SEGUNDA SALA
30 de setiembre de 2021
VISTO el Expediente de Apelación N° 01832-2021-JUS/TTAIP de fecha 8 de setiembre de 2021, interpuesto por GUNTHER HERNÁN GONZALES BARRÓN contra la denegatoria por silencio administrativo negativo de la solicitud de acceso a la información pública presentada ante la MUNICIPALIDAD PROVINCIAL DEL CALLAO, con fecha 23 de agosto de 2021, registrada con Expediente N° 2021-01-0000082086.
Con fecha 23 de agosto de 2021, el recurrente, en ejercicio de su derecho de acceso a la información pública, solicitó a la entidad copias simples de “todo lo actuado en el Expediente N° 2017-01-0000009386 del 18.01.2017, respecto de las supuestas papeletas de infracción N° 02495245P y N°02495152P, que incluya los escritos de los administrados, actuaciones de la administración y constancias del supuesto pago realizado”.
Con fecha 8 de setiembre de 2021, el recurrente interpuso ante esta instancia el recurso de apelación materia de análisis, al considerar denegada su solicitud en aplicación del silencio administrativo negativo.
Mediante la Resolución N° 002073-2021-JUS/TTAIP-SEGUNDA SALA se admitió a trámite el referido recurso impugnatorio y se requirió a la entidad remitir el expediente administrativo y la formulación de sus descargos.
Mediante el Oficio N° 21-2021-MPC/SG/TRANSPARENCIA, ingresado a esta instancia el 30 de setiembre de 2021, la entidad remite los actuados generados para la tramitación de la solicitud del recurrente, y adjunta la Carta N° 116-2021-MPC/SG-TRANSPARENCIA de fecha 14 de setiembre de 2021, mediante la cual comunica al recurrente el costo de reproducción de la información solicitada ascendiente a la S/. 1.80 por dieciocho copias simples, así como el recibo de pago N° 0682503, por el monto de referido monto de S/. 1.80, y el cargo de entrega de la documentación solicitada, de fecha 15 de setiembre de 2021.
Con fecha 23 de agosto de 2021, el recurrente, en ejercicio de su derecho de acceso a la información pública, solicitó a la entidad copias simples de “todo lo actuado en el Expediente N° 2017-01-0000009386 del 18.01.2017, respecto de las supuestas papeletas de infracción N° 02495245P y N°02495152P, que incluya los escritos de los administrados, actuaciones de la administración y constancias del supuesto pago realizado”.
Con fecha 8 de setiembre de 2021, el recurrente interpuso ante esta instancia el recurso de apelación materia de análisis, al considerar denegada su solicitud en aplicación del silencio administrativo negativo.
Mediante la Resolución N° 002073-2021-JUS/TTAIP-SEGUNDA SALA se admitió a trámite el referido recurso impugnatorio y se requirió a la entidad remitir el expediente administrativo y la formulación de sus descargos.
Mediante el Oficio N° 21-2021-MPC/SG/TRANSPARENCIA, ingresado a esta instancia el 30 de setiembre de 2021, la entidad remite los actuados generados para la tramitación de la solicitud del recurrente, y adjunta la Carta N° 116-2021-MPC/SG-TRANSPARENCIA de fecha 14 de setiembre de 2021, mediante la cual comunica al recurrente el costo de reproducción de la información solicitada ascendiente a la S/. 1.80 por dieciocho copias simples, así como el recibo de pago N° 0682503, por el monto de referido monto de S/. 1.80, y el cargo de entrega de la documentación solicitada, de fecha 15 de setiembre de 2021.
Esta norma pertenece al compendio Resoluciones de Fondo - Segunda Sala