Resolución N.° 001785-2021-JUS/TTAIP-PRIMERA SALA

6 de setiembre de 2021

VISTO el Expediente de Apelación Nº 01471-2021-JUS/TTAIP de fecha 20 de julio de 2021, interpuesto por EYBAR JESUS MEDINA ALBA contra la denegatoria por silencio administrativo negativo de la solicitud de acceso a la información pública presentada ante la MUNICIPALIDAD DISTRITAL DE COMAS con fecha 22 junio de 2021.
Con fecha 22 de junio de 2021, el recurrente solicitó a la entidad que le brinde copia de la siguiente información:
“1. Remitir la información de la servidora pública Abogada Yovana Obregón Soto
a) Curriculum vitae
b) Periodos de trabajo
c) Condición laboral
d) Tipo de contrato de cada periodo
e) Copia de contrato de cada periodo
f) Salario por cada periodo
g) Ordenes de Servicio de la Municipalidad de Comas, en el periodo año 2020 y 2021
h) Copia de los informes legales realizados en la subgerencia de Tránsito, Transporte y Vialidad entre el periodo de año 2020 y 2021.
2. Copias de las resoluciones emitidas por la subgerencia de tránsito, transporte y vialidad en el mes de mayo y junio 2021
3. Copias de los informes finales de instrucción emitidas por la Subgerencia de Tránsito, Transporte y Vialidad en el año 2021.
4. Copias simples de todas las actas de control y actas de internamiento emitidas e impuestas por la Sugerencia de Tránsito, Transporte y Vialidad, sancionado a los vehículos menores por infracciones mediante la Ordenanza Municipal N° 609-2021, desde abril hasta junio del 2021.
5. Copia de la Resolución que designa como depósito municipal para internar vehículos menores en el distrito de Comas.
6. Copia de la licencia de funcionamiento que designa como depósito municipal para internar vehículos menores en el distrito de comas.
7. Relación de los inspectores de tránsito, transporte y vialidad, su Curriculum vitae de cada uno, del periodo de mayo-junio de 2021, su condición laboral y copia de cada contrato y su resolución que lo acredita como inspector de transporte.
8. Copia simple de las Resoluciones e informe final de instrucción emitidas para anular las actas de control N° 000001, 000002, 000003, 000004, 000005, 000006”
9. Copia simple de los informes del Sr. Tena Saavedra José Armando para anular actas de control N° 000001, 000002, 000003, 000004, 000005 y 000006.
10. Copia simple de las Resoluciones e informe final de instrucción emitidas para archivar el procedimiento sancionador con las actas de control N° 000007, 000008, 000009, 000010, 000011, 000012, 000013, 000014, 000015, 000016, 000017 y 000018
11. Copia simple de la resolución de inspector Sr. Tena Saavedra José Armando que lo acredita como inspector para sancionar a los vehículos menores mediante actas de control según la Ordenanza Municipal N° 609-2021, artículo 6, numeral 19. NSPECTOR [sic] MUNICIPAL DE TRANSPORTE. - Es la persona designada mediante resolución por parte de la Gerencia de Fiscalización y Transporte, la cual se constituye como Autoridad Instructora en el procedimiento administrativo sancionador, encargada de verificar el cumplimiento de los términos, deberes, obligaciones y/o condiciones de la prestación del servicio especial mediante acciones de control. Asimismo, supervisa y detecta la comisión de infracciones, encontrándose facultado [sic] para intervenir, solicitar documentación, imponer Actas de Control, elaborar informe y aplicar las medidas preventivas, según corresponda.
12. Copia simple de la resolución de La Secretaría Técnica de Procedimiento Administrativo Disciplinario de La Municipalidad distrital de Comas, quienes los integran[sic].”
Con fecha 20 de julio de 2021, el recurrente interpuso el recurso de apelación materia de análisis al considerar denegada su solicitud en aplicación del silencio administrativo negativo.
Mediante la Resolución N° 001655-2021-JUS/TTAIP-SEGUNDA SALA de fecha 20 de agosto de 2021, se admitió a trámite el referido recurso impugnatorio, requiriendo la remisión del expediente administrativo generado para la atención de la solicitud impugnada, así como la formulación de sus descargos, los cuales fueron remitidos mediante Oficio N° 038-2021-AIP-SG/MDC con fecha 27 de agosto de 2021 señalando que cumplen con acreditar la entrega de la información respecto al número de expediente y fecha de inicio del procedimiento.

Esta norma pertenece al compendio Resoluciones de Fondo - Primera Sala

Vista preliminar de documento Resolución Nº 001785-2021-JUS-TTAIP-PRIMERA SALA.pdf

Resolución Nº 001785-2021-JUS-TTAIP-PRIMERA SALA.pdf

PDF
388.1 KB