Resolución N.° 001811-2021-JUS/TTAIP-PRIMERA SALA
6 de setiembre de 2021
VISTO el Expediente de Apelación Nº 01649-2021-JUS/TTAIP de fecha 16 de agosto de 2021, interpuesto por JAVIER TOMAS HERNANDEZ AGUILA contra la denegatoria por silencio administrativo negativo de la solicitud de acceso a la información pública presentada ante la MUNICIPALIDAD PROVINCIAL DE ICA con fecha 15 de julio de 2021.
Con fecha 15 de julio de 2021, en ejercicio de su derecho de acceso a la información pública, el recurrente solicitó a la entidad copia de la siguiente documentación:
“1. OPINION TECNICA DEL SUB GERENTE DE OBRAS PRIVADAS Y CATASTRO EMITIDO PARA EL OTORGAMIENTO DE LA LICENCIA DE EDIFICACION A LA UNIVERSIDAD TECNOLOGICA DEL PERU UTP - FILIAL ICA, DE CONFORMIDAD CON EL NUMERAL 4 DEL ARTICULO 345° DE LA RESOLUCION DE ALCALDIA N° 332-2015-AMPI, QUE APRUEBA EL MANUAL DE ORGANIZACIÓN U FUNCIONES DE LA MPI (MOF).
2. INFORMES TECNICOS, ACTAS DE VERIFICACION y DICTAMENES DE EDIFICACION (AMBAS CARAS SI LOS TUVIERA), EMITIDOS EN EL PROCEDIMIENTO DE OTORGAMIENTO DE LA LICENCIA DE EDIFICACION A LA UNIVERSIDAD TECNOLOGICA DEL PERU UTP - FILIAL ICA. (LICENCIA DE EDIFICACION NUEVA Y AMPLIACION).
3. INFORME N° 1223-2018-ECHV-SGOPC-GDU-MPI. [sic]”
El 16 de agosto de 2021, al considerar denegada la referida solicitud y en aplicación del silencio administrativo negativo, el recurrente interpuso ante esta instancia el recurso de apelación materia de análisis.
Mediante la Resolución 001696-2021-JUS/TTAIP-PRIMERA SALA de fecha 20 de agosto de 2021 se admitió a trámite el referido recurso impugnatorio, requiriendo la remisión del expediente administrativo generado para la atención de la solicitud impugnada, así como la formulación de sus descargos, los cuales a la fecha de emisión de la presente resolución no han sido presentados.
Con fecha 15 de julio de 2021, en ejercicio de su derecho de acceso a la información pública, el recurrente solicitó a la entidad copia de la siguiente documentación:
“1. OPINION TECNICA DEL SUB GERENTE DE OBRAS PRIVADAS Y CATASTRO EMITIDO PARA EL OTORGAMIENTO DE LA LICENCIA DE EDIFICACION A LA UNIVERSIDAD TECNOLOGICA DEL PERU UTP - FILIAL ICA, DE CONFORMIDAD CON EL NUMERAL 4 DEL ARTICULO 345° DE LA RESOLUCION DE ALCALDIA N° 332-2015-AMPI, QUE APRUEBA EL MANUAL DE ORGANIZACIÓN U FUNCIONES DE LA MPI (MOF).
2. INFORMES TECNICOS, ACTAS DE VERIFICACION y DICTAMENES DE EDIFICACION (AMBAS CARAS SI LOS TUVIERA), EMITIDOS EN EL PROCEDIMIENTO DE OTORGAMIENTO DE LA LICENCIA DE EDIFICACION A LA UNIVERSIDAD TECNOLOGICA DEL PERU UTP - FILIAL ICA. (LICENCIA DE EDIFICACION NUEVA Y AMPLIACION).
3. INFORME N° 1223-2018-ECHV-SGOPC-GDU-MPI. [sic]”
El 16 de agosto de 2021, al considerar denegada la referida solicitud y en aplicación del silencio administrativo negativo, el recurrente interpuso ante esta instancia el recurso de apelación materia de análisis.
Mediante la Resolución 001696-2021-JUS/TTAIP-PRIMERA SALA de fecha 20 de agosto de 2021 se admitió a trámite el referido recurso impugnatorio, requiriendo la remisión del expediente administrativo generado para la atención de la solicitud impugnada, así como la formulación de sus descargos, los cuales a la fecha de emisión de la presente resolución no han sido presentados.
Esta norma pertenece al compendio Resoluciones de Fondo - Primera Sala