Resolución N.° 001603-2021-JUS/TTAIP-PRIMERA SALA

10 de agosto de 2021

VISTO el Expediente de Apelación N° 01415-2021-JUS/TTAIP de fecha 9 de julio de 2021, interpuesto por ROCIO GUADALUPE VARGAS ALFARO, contra la denegatoria de su solicitud de acceso a la información pública por parte de la UNIDAD DE GESTION EDUCATIVA LOCAL AREQUIPA SUR y la INSTITUCION EDUCATIVA GALO PERUANA, respecto de la solicitud de acceso a la información pública presentada con fecha 17 de febrero de 2021 mediante Expediente N° 2337216.
Con fecha 17 de febrero de 2021 la recurrente solicitó a la entidad copias fedateadas de todas las posesiones de cargo de las docentes contratadas en el año 2020 del nivel inicial y nivel primario de la Institución Educativa Galo Peruana. Con fechas 4 y 25 de marzo de 2021 la recurrente reiteró su solicitud.
Con fecha 15 de abril de 2021 la recurrente interpuso ante la entidad una queja por defecto de tramitación, la cual debe entenderse como un recurso de apelación al considerar denegada su solicitud en aplicación del silencio administrativo negativo.
Mediante la Resolución 001496-2021-JUS/TTAIP-PRIMERA SALA se admitió a trámite el referido recurso impugnatorio, requiriendo a la entidad la remisión del expediente administrativo generado para la atención de la solicitud impugnada, así como la formulación de sus descargos, los cuales fueron ingresados a esta instancia mediante escrito de fecha 10 de agosto de 2021, adjuntando diversa documentación de tramites internos, además del correo electrónico de fecha 9 de agosto de 2021 a través del cual remite a la recurrente el Oficio N° 102-2021-TRANS-YAAB-UGEL.AS y la documentación solicitada, así como la conformidad de recepción por parte de la solicitante con el mensaje “RECIBIDO”, tal como se aprecia del correo electrónico de fecha 9 de agosto de 2021 que corre a folio 9 de su documento de descargo.
Cabe anotar que con fecha 27 de julio de 2021 la recurrente presentó un escrito a esta instancia, comunicando el incumplimiento por parte de la entidad, de la Resolución 001496-2021-JUS/TTAIP-PRIMERA SALA; asimismo, con fecha 3 de agosto de 2021 la Institución Educativa Galo Peruana ingresó un escrito a esta instancia comunicando que la documentación requerida fue derivada a la entidad.

Esta norma pertenece al compendio Resoluciones de Fondo - Primera Sala

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