Resolución N.° 001527-2021-JUS/TTAIP-PRIMERA SALA
23 de julio de 2021
VISTO el Expediente de Apelación N° 01217-2021-JUS/TTAIP de fecha 4 de junio de 2021, interpuesto por MIGUEL ÁNGEL CISNEROS GARCÍA contra las Cartas Policiales N° 01 y 02-2021-IXMACREPOLAQP/REGPOLAQP-DIVOPS-COM.YANAHUARA de fecha 25 de mayo de 2021, notificadas el 27 de mayo de 2021, mediante las cuales la POLICIA NACIONAL DEL PERÚ - COMISARIA PNP YANAHUARA atendió las solicitudes de acceso a la información pública encausadas mediante los Oficios N° 000686 y N° 000688-2021/IN/SG/OACGD, ambos de fecha 17 de mayo de 2021.
Con fecha 15 de mayo de 2021, el recurrente en ejercicio del derecho de acceso a la información pública, presentó dos solicitudes de acceso a la información pública ante el Ministerio del Interior, requiriendo la siguiente información:
- Registro Único de Documento N° 20210003931881
“(…) copia de todos los reclamos interpuestos el año 2019 en el libro de reclamaciones de la Comisaría de Yanahuara de la ciudad de Arequipa”
- Registro Único de Documento N° 20210003931883
“(…) copia de todos los reclamos interpuestos el año 2020 en el libro de reclamaciones de la Comisaría de Yanahuara de la ciudad de Arequipa”.
Mediante los Oficios N° 000686 y N° 000688-2021/IN/SG/OACGD, ambos de fecha 17 de mayo de 2021, el Ministerio del Interior trasladó las referidas solicitudes a la entidad, por no ser competente para atenderlas.
Con fecha 27 de mayo de 2021, la entidad remitió al recurrente vía correo electrónico la Carta Policial N° 01-2021-IXMACREPOLAQP/REGPOLAQP-DIVOPS-COM.YANAHUARA, a través de la cual proporcionó las Hojas de Reclamación N° 0000020 y N° 0000021 de fecha 7 de noviembre de 2029, que corresponde a sus reclamos. Asimismo, mediante la Carta Policial N° 02-2021-IXMACREPOLAQP/REGPOLAQP-DIVOPS-COM.YANAHUARA, le informó que realizada la búsqueda en el libro de reclamaciones no se registra ninguna queja a nombre del recurrente correspondiente al año 2020.
Con fecha 4 de junio de 2021, el recurrente interpuso el recurso de apelación materia de análisis, manifestando que no solicitó copia de sus reclamos interpuesto en el libro de reclamaciones de la Comisaria de Yanahuara, considerando que la entidad no le proporcionó la información requerida mediante su solicitud de acceso a la información pública.
Mediante la Resolución 001253-2021-JUS/TTAIP-PRIMERA SALA, esta instancia solicitó a la entidad el expediente administrativo correspondiente a la solicitud de acceso a la información pública presentada por la recurrente y la formulación de sus descargos; cuyos requerimientos fueron atendidos mediante el Oficio N° 509-2021-CG PNP/SECEJE-UTD.ARETIC de fecha 21 de julio 2021, con el cual remite los expedientes administrativos vinculados a las solicitudes de acceso a la información pública del recurrente, señalando que la Comisaria de Yanahuara entregó la documentación solicitada, remitiéndola al correo electrónico del solicitante.
Con fecha 15 de mayo de 2021, el recurrente en ejercicio del derecho de acceso a la información pública, presentó dos solicitudes de acceso a la información pública ante el Ministerio del Interior, requiriendo la siguiente información:
- Registro Único de Documento N° 20210003931881
“(…) copia de todos los reclamos interpuestos el año 2019 en el libro de reclamaciones de la Comisaría de Yanahuara de la ciudad de Arequipa”
- Registro Único de Documento N° 20210003931883
“(…) copia de todos los reclamos interpuestos el año 2020 en el libro de reclamaciones de la Comisaría de Yanahuara de la ciudad de Arequipa”.
Mediante los Oficios N° 000686 y N° 000688-2021/IN/SG/OACGD, ambos de fecha 17 de mayo de 2021, el Ministerio del Interior trasladó las referidas solicitudes a la entidad, por no ser competente para atenderlas.
Con fecha 27 de mayo de 2021, la entidad remitió al recurrente vía correo electrónico la Carta Policial N° 01-2021-IXMACREPOLAQP/REGPOLAQP-DIVOPS-COM.YANAHUARA, a través de la cual proporcionó las Hojas de Reclamación N° 0000020 y N° 0000021 de fecha 7 de noviembre de 2029, que corresponde a sus reclamos. Asimismo, mediante la Carta Policial N° 02-2021-IXMACREPOLAQP/REGPOLAQP-DIVOPS-COM.YANAHUARA, le informó que realizada la búsqueda en el libro de reclamaciones no se registra ninguna queja a nombre del recurrente correspondiente al año 2020.
Con fecha 4 de junio de 2021, el recurrente interpuso el recurso de apelación materia de análisis, manifestando que no solicitó copia de sus reclamos interpuesto en el libro de reclamaciones de la Comisaria de Yanahuara, considerando que la entidad no le proporcionó la información requerida mediante su solicitud de acceso a la información pública.
Mediante la Resolución 001253-2021-JUS/TTAIP-PRIMERA SALA, esta instancia solicitó a la entidad el expediente administrativo correspondiente a la solicitud de acceso a la información pública presentada por la recurrente y la formulación de sus descargos; cuyos requerimientos fueron atendidos mediante el Oficio N° 509-2021-CG PNP/SECEJE-UTD.ARETIC de fecha 21 de julio 2021, con el cual remite los expedientes administrativos vinculados a las solicitudes de acceso a la información pública del recurrente, señalando que la Comisaria de Yanahuara entregó la documentación solicitada, remitiéndola al correo electrónico del solicitante.
Esta norma pertenece al compendio Resoluciones de Fondo - Primera Sala