Resolución N.° 000046-2021-JUS/TTAIP-SEGUNDA SALA
18 de enero de 2021
VISTO el Expediente de Apelación Nº 01457-2020-JUS/TTAIP de fecha 20 de noviembre de 2020, interpuesto por ROBERTO AMONES TICONA contra la denegatoria por silencio administrativo negativo de la solicitud de acceso a la información pública presentada ante la MUNICIPALIDAD PROVINCIAL DE TACNA mediante Registro N° 76312 de fecha 7 de octubre de 2020.
Con fecha 7 de octubre de 2020, en ejercicio de su derecho de acceso a la información pública, el recurrente solicitó a la entidad copia certificada de la “(...) merced conductiva y los servicios de Luz y Agua del la socia Padilla Conde, Jeovana Elisabeth, con DNI. 00796347, del mercado Central, Ira Planta (primer piso) seccion carne puesto Nro. 93-94 o (85 y 86)”. (sic)
Con fecha 6 de noviembre de 2020, el recurrente presentó el recurso de apelación materia de análisis, alegando no haber recibido respuesta de la entidad dentro del plazo de ley, por lo cual considera denegada su solicitud en aplicación del silencio administrativo negativo. Asimismo, precisa que su solicitud se refiere al recibo de caja por concepto de merced conductiva y servicios de luz y agua de la socia Jeovana Elisabeth Padilla Conde.
Mediante Resolución N° 020106642020 se admitió a trámite el citado recurso de apelación, requiriendo la remisión del expediente administrativo generado para la atención de la solicitud impugnada, así como la formulación de sus descargos, sin haber recibido a la fecha documentación alguna.
Con fecha 7 de octubre de 2020, en ejercicio de su derecho de acceso a la información pública, el recurrente solicitó a la entidad copia certificada de la “(...) merced conductiva y los servicios de Luz y Agua del la socia Padilla Conde, Jeovana Elisabeth, con DNI. 00796347, del mercado Central, Ira Planta (primer piso) seccion carne puesto Nro. 93-94 o (85 y 86)”. (sic)
Con fecha 6 de noviembre de 2020, el recurrente presentó el recurso de apelación materia de análisis, alegando no haber recibido respuesta de la entidad dentro del plazo de ley, por lo cual considera denegada su solicitud en aplicación del silencio administrativo negativo. Asimismo, precisa que su solicitud se refiere al recibo de caja por concepto de merced conductiva y servicios de luz y agua de la socia Jeovana Elisabeth Padilla Conde.
Mediante Resolución N° 020106642020 se admitió a trámite el citado recurso de apelación, requiriendo la remisión del expediente administrativo generado para la atención de la solicitud impugnada, así como la formulación de sus descargos, sin haber recibido a la fecha documentación alguna.
Esta norma pertenece al compendio Resoluciones de Fondo - Segunda Sala