Resolución N.° 000056-2021-JUS/TTAIP-SEGUNDA SALA
18 de enero de 2021
VISTO el Expediente de Apelación N° 00304-2020-JUS/TTAIP de fecha 24 de febrero de 2020, interpuesto por NATALY YESSENIA VALLADARES ZACARÍAS, contra la denegatoria por silencio administrativo negativo de su solicitud de acceso a la información pública presentada ante la MUNICIPALIDAD DISTRITAL DE LLOCLLAPAMPA con Registro N° 085 de fecha 5 de febrero de 2020.
Con fecha 5 de febrero de 2020, la recurrente solicitó a la entidad copia autenticada de la siguiente información:
“- RESOLUCIÓN DE ALCALDÍA N° 121-2019-A/MDLL DE 10/12/19 CON SUS RESPECTIVOS ACTUADOS QUE SUSTENTAN SU EMISIÓN.
- NOTIFICACIÓN AL ADMINISTRADO DE LA RESOLUCIÓN DE ALCALDÍA N° 121-2019-D/MDLL”
Con fecha 24 de febrero de 2020 la recurrente presentó el recurso de apelación materia de análisis al no haber recibido respuesta alguna por parte de la entidad.
Mediante la Resolución N° 020100822020 notificada el 11 de enero de 2021, se admitió a trámite el referido recurso impugnatorio, requiriendo la remisión del expediente administrativo generado para la atención de la solicitud de la recurrente y la formulación de sus descargos. En atención a ello, a través del Escrito Nº 01, ingresado a esta instancia con fecha 18 de enero de 2021, la entidad remitió el referido expediente administrativo y formuló sus descargos, indicando que mediante el Oficio Nº 020-2020-A/MDLL, notificado con fecha 10 de febrero de 2020, se remitió la información solicitada a la recurrente, precisando que: “tal y como consta de los detalles de la notificación, el citado oficio se dejó debajo de la puerta de color negro, de pared de material noble, con número de suministro 7007149, el día 10 de febrero de 2020, notificación realizada conforme al TUO de la Ley de Procedimiento Administrativo General”; solicitando se declare infundado el recurso de apelación.
Con fecha 5 de febrero de 2020, la recurrente solicitó a la entidad copia autenticada de la siguiente información:
“- RESOLUCIÓN DE ALCALDÍA N° 121-2019-A/MDLL DE 10/12/19 CON SUS RESPECTIVOS ACTUADOS QUE SUSTENTAN SU EMISIÓN.
- NOTIFICACIÓN AL ADMINISTRADO DE LA RESOLUCIÓN DE ALCALDÍA N° 121-2019-D/MDLL”
Con fecha 24 de febrero de 2020 la recurrente presentó el recurso de apelación materia de análisis al no haber recibido respuesta alguna por parte de la entidad.
Mediante la Resolución N° 020100822020 notificada el 11 de enero de 2021, se admitió a trámite el referido recurso impugnatorio, requiriendo la remisión del expediente administrativo generado para la atención de la solicitud de la recurrente y la formulación de sus descargos. En atención a ello, a través del Escrito Nº 01, ingresado a esta instancia con fecha 18 de enero de 2021, la entidad remitió el referido expediente administrativo y formuló sus descargos, indicando que mediante el Oficio Nº 020-2020-A/MDLL, notificado con fecha 10 de febrero de 2020, se remitió la información solicitada a la recurrente, precisando que: “tal y como consta de los detalles de la notificación, el citado oficio se dejó debajo de la puerta de color negro, de pared de material noble, con número de suministro 7007149, el día 10 de febrero de 2020, notificación realizada conforme al TUO de la Ley de Procedimiento Administrativo General”; solicitando se declare infundado el recurso de apelación.
Esta norma pertenece al compendio Resoluciones de Fondo - Segunda Sala