Resolución N.° 001451-2021-JUS/TTAIP-PRIMERA SALA
12 de julio de 2021
VISTO el Expediente de Apelación N° 01272-2021-JUS/TTAIP de fecha 16 de junio de 2021, interpuesto por WILBER RENE GOMEZ YUJRA contra la denegatoria por silencio administrativo negativo por parte del GOBIERNO REGIONAL DE TACNA - DIRECCION REGIONAL DE AGRICULTURA, respecto de la solicitud de acceso a la información pública presentada con fecha 13 de abril de 2021.
Con fecha 13 de abril del 2021, el recurrente solicitó a la entidad copia certificada de la siguiente documentación:
“(…)
a) Plano de la Unidad Territorial (UT) Fundo Para Grande
b) Informe de Diagnostico Físico Legal de la Unidad Territorial (UT) Para Grande”
Con fecha 4 de junio de 2021 el recurrente presentó ante la entidad el recurso de apelación materia de análisis, al considerar denegada su solicitud en aplicación del silencio administrativo negativo.
Mediante Resolución 001360-2021-JUS/TTAIP-PRIMERA SALA de fecha 25 de junio de 2021, se admitió a trámite el citado recurso de apelación y se requirió a la entidad la remisión del expediente administrativo generado para la atención de la referida solicitud de acceso a la información pública y la formulación de sus descargos, sin que hasta la fecha haya presentado documentación alguna.
Con fecha 13 de abril del 2021, el recurrente solicitó a la entidad copia certificada de la siguiente documentación:
“(…)
a) Plano de la Unidad Territorial (UT) Fundo Para Grande
b) Informe de Diagnostico Físico Legal de la Unidad Territorial (UT) Para Grande”
Con fecha 4 de junio de 2021 el recurrente presentó ante la entidad el recurso de apelación materia de análisis, al considerar denegada su solicitud en aplicación del silencio administrativo negativo.
Mediante Resolución 001360-2021-JUS/TTAIP-PRIMERA SALA de fecha 25 de junio de 2021, se admitió a trámite el citado recurso de apelación y se requirió a la entidad la remisión del expediente administrativo generado para la atención de la referida solicitud de acceso a la información pública y la formulación de sus descargos, sin que hasta la fecha haya presentado documentación alguna.
Esta norma pertenece al compendio Resoluciones de Fondo - Primera Sala