Resolución N.° 001460-2021-JUS/TTAIP-PRIMERA SALA
13 de julio de 2021
VISTO el Expediente de Apelación Nº 01343-2021-JUS/TTAIP de fecha 25 de junio de 2021, interpuesto por FERNANDO BARRIONUEVO BLAS, contra la denegatoria por silencio administrativo negativo de la solicitud de acceso a la información pública presentada ante el COLEGIO DE ABOGADOS DEL SANTA el 20 de mayo de 2021.
Con fecha 20 de mayo de 2021, en ejercicio de su derecho de acceso a la información pública, el recurrente solicitó a la entidad se le proporcione “(…) copia certificada del documento administrativo del presupuesto anual del colegio de Abogados del Santa, aprobado por la Junta Directiva del Colegio de Abogados del Santa para el año 2019”.
El 16 de junio de 2021, al considerar denegada la referida solicitud y en aplicación del silencio administrativo negativo por parte de la entidad, el recurrente interpuso ante dicha institución pública el recurso de apelación materia de análisis.
En ese sentido, con fecha 25 de junio de 2021, el recurrente presenta a esta instancia el Escrito N° 01, solicitando “(…) se resuelva mi escrito recurso de apelación que presenté ante la Junta Directiva del Ilustre Colegio de Abogados del Santa. Pues, hasta el momento de la presentación del presente escrito no me han notificado sobre su concesorio y elevación de los actuados a vuestra instancia. Que adjunto documental en sección anexo”.
Mediante la Resolución N° 001380-2021-JUS/TTAIP-PRIMERA SALA se admitió a trámite el referido recurso impugnatorio, requiriendo la remisión del expediente administrativo generado para la atención de la solicitud impugnada, así como la formulación de sus descargos, los cuales a la fecha de emisión de la presente resolución no han sido presentados.
Con fecha 20 de mayo de 2021, en ejercicio de su derecho de acceso a la información pública, el recurrente solicitó a la entidad se le proporcione “(…) copia certificada del documento administrativo del presupuesto anual del colegio de Abogados del Santa, aprobado por la Junta Directiva del Colegio de Abogados del Santa para el año 2019”.
El 16 de junio de 2021, al considerar denegada la referida solicitud y en aplicación del silencio administrativo negativo por parte de la entidad, el recurrente interpuso ante dicha institución pública el recurso de apelación materia de análisis.
En ese sentido, con fecha 25 de junio de 2021, el recurrente presenta a esta instancia el Escrito N° 01, solicitando “(…) se resuelva mi escrito recurso de apelación que presenté ante la Junta Directiva del Ilustre Colegio de Abogados del Santa. Pues, hasta el momento de la presentación del presente escrito no me han notificado sobre su concesorio y elevación de los actuados a vuestra instancia. Que adjunto documental en sección anexo”.
Mediante la Resolución N° 001380-2021-JUS/TTAIP-PRIMERA SALA se admitió a trámite el referido recurso impugnatorio, requiriendo la remisión del expediente administrativo generado para la atención de la solicitud impugnada, así como la formulación de sus descargos, los cuales a la fecha de emisión de la presente resolución no han sido presentados.
Esta norma pertenece al compendio Resoluciones de Fondo - Primera Sala