Resolución N.° 001474-2021-JUS/TTAIP-PRIMERA SALA
14 de julio de 2021
VISTO el Expediente de Apelación N° 01312-2021-JUS/TTAIP de fecha 21 de junio de 2021, interpuesto por LUIS ALBERTO CHIRI VARGAS contra la denegatoria por silencio administrativo negativo por parte de la MUNICIPALIDAD PROVINCIAL DEL SANTA, respecto de la solicitud de acceso a la información pública presentada con fecha 3 de junio de 2021 con Registro Nº 14355-2021.
Con fecha 3 de junio de 2021 el recurrente solicitó a la entidad información sobre la identificación del funcionario responsable de avalar a un seudo comité de vigilancia del Mercado Modelo de la ciudad, la vigencia de poder en Registros Públicos de Ulises Fernández Sánchez para realizar gestiones y el registro de socios del referido seudo comité de vigilancia.
Con fecha 21 de junio de 2021, el recurrente presentó ante esta instancia el recurso de apelación materia de análisis, al considerar denegada su solicitud en aplicación del silencio administrativo negativo.
Mediante Resolución 001388-2021-JUS/TTAIP-PRIMERA SALA de fecha 30 de junio de 2021, se admitió a trámite el citado recurso de apelación y se requirió a la entidad la remisión del expediente administrativo generado para la atención de la referida solicitud de acceso a la información pública y la formulación de sus descargos, sin que hasta la fecha se haya recibido documentación alguna.
Con fecha 3 de junio de 2021 el recurrente solicitó a la entidad información sobre la identificación del funcionario responsable de avalar a un seudo comité de vigilancia del Mercado Modelo de la ciudad, la vigencia de poder en Registros Públicos de Ulises Fernández Sánchez para realizar gestiones y el registro de socios del referido seudo comité de vigilancia.
Con fecha 21 de junio de 2021, el recurrente presentó ante esta instancia el recurso de apelación materia de análisis, al considerar denegada su solicitud en aplicación del silencio administrativo negativo.
Mediante Resolución 001388-2021-JUS/TTAIP-PRIMERA SALA de fecha 30 de junio de 2021, se admitió a trámite el citado recurso de apelación y se requirió a la entidad la remisión del expediente administrativo generado para la atención de la referida solicitud de acceso a la información pública y la formulación de sus descargos, sin que hasta la fecha se haya recibido documentación alguna.
Esta norma pertenece al compendio Resoluciones de Fondo - Primera Sala