Resolución N.° 001529-2021-JUS/TTAIP-PRIMERA SALA
23 de julio de 2021
VISTO el Expediente de Apelación Nº 00811-2021-JUS/TTAIP de fecha 16 de abril de 2021, interpuesto por DAMIANA VILLANUEVA SALAZAR VDA. DE GARAY contra la denegatoria por silencio administrativo negativo de la solicitud de acceso a la información pública presentada ante la MUNICIPALIDAD DISTRITAL DE YANAS con fecha 17 de marzo de 2021.
Con fecha 17 de marzo de 2021 la recurrente solicitó que se le entregue, entre otros ítems, la siguiente información:
“Solicito copia simple del expediente administrativo en la que la Municipalidad Distrital de Yanas solicitó ante la Administración Local de Agua Alto Marañón la “Opinión Previa Vinculante” para la autorización de extracción de material proveniente de los álveos o cauces del río Marañón, solicitado a su vez por los señores Yose Ederth Chaupis Zevallos y Jhon Chaupis Zevallos; en ese orden de ideas, la Administración Local de Agua Alto Marañón evaluó y notificó el expediente administrativo mediante Oficio N° 090-2020-ANA-AAA-M-ALA AM de fecha 24/09/2020 y Oficio 091-2020-ANA-AAA M-ALA AM, de fecha 24/09/2020 a la Municipalidad Distrital de Yanas”.
Con fecha 16 de abril de 2021 la recurrente interpuso el recurso de apelación materia de análisis, al considerar denegada su solicitud en aplicación del silencio administrativo negativo.
Mediante la Resolución 000807-2021-JUS/TTAIP-PRIMERA SALA de fecha 23 de abril de 2021, se admitió a trámite el citado recurso de apelación respecto del mencionado ítem 1 de la solicitud y se requirió a la entidad la formulación de sus descargos y la remisión del expediente administrativo generado para la atención de la solicitud de acceso a la información pública.
Con fecha 22 de julio de 2021, la entidad remite el Oficio N° 103-2021-MDY/A de 15 de julio de 2021, señalando que los documentos solicitados por la recurrente le fueron entregados con el Oficio N° 061-2021-AMDY/NPH con fecha 24 de mayo de 2021.
Con fecha 17 de marzo de 2021 la recurrente solicitó que se le entregue, entre otros ítems, la siguiente información:
“Solicito copia simple del expediente administrativo en la que la Municipalidad Distrital de Yanas solicitó ante la Administración Local de Agua Alto Marañón la “Opinión Previa Vinculante” para la autorización de extracción de material proveniente de los álveos o cauces del río Marañón, solicitado a su vez por los señores Yose Ederth Chaupis Zevallos y Jhon Chaupis Zevallos; en ese orden de ideas, la Administración Local de Agua Alto Marañón evaluó y notificó el expediente administrativo mediante Oficio N° 090-2020-ANA-AAA-M-ALA AM de fecha 24/09/2020 y Oficio 091-2020-ANA-AAA M-ALA AM, de fecha 24/09/2020 a la Municipalidad Distrital de Yanas”.
Con fecha 16 de abril de 2021 la recurrente interpuso el recurso de apelación materia de análisis, al considerar denegada su solicitud en aplicación del silencio administrativo negativo.
Mediante la Resolución 000807-2021-JUS/TTAIP-PRIMERA SALA de fecha 23 de abril de 2021, se admitió a trámite el citado recurso de apelación respecto del mencionado ítem 1 de la solicitud y se requirió a la entidad la formulación de sus descargos y la remisión del expediente administrativo generado para la atención de la solicitud de acceso a la información pública.
Con fecha 22 de julio de 2021, la entidad remite el Oficio N° 103-2021-MDY/A de 15 de julio de 2021, señalando que los documentos solicitados por la recurrente le fueron entregados con el Oficio N° 061-2021-AMDY/NPH con fecha 24 de mayo de 2021.
Esta norma pertenece al compendio Resoluciones de Fondo - Primera Sala