Resolución N.° 001410-2021-JUS/TTAIP-PRIMERA SALA
5 de julio de 2021
VISTO el Expediente de Apelación N° 01168-2021-JUS/TTAIP de fecha 31 de mayo de 2021, interpuesto por GRECIA SARAI FARFAN LIRA, contra la denegatoria por silencio administrativo negativo de su solicitud de acceso a la información pública presentada ante la DIRECCION DE SANIDAD POLICIAL (SEDE MONTERRICO) - POLICIA NACIONAL DEL PERÚ, de fecha 12 de mayo de 2021.
Con fecha 12 de mayo de 2021, la recurrente solicitó a la entidad “copia en disco DVD del registro de control de asistencia de ingreso y salida de la unidad extractora de dosaje etílico y la unidad desconcentrada de dosaje etílico del mes de noviembre del año 2020 del centro trabajo “DIRSAPOL” sede Monterrico-Surco donde deberá contener nombre y número del documento obligatorio de identidad (DNI) del trabajador (fecha, hora y minutos de ingreso y salida de la jornada de trabajo, así como también las horas y minutos de permanencia fuera de la jornada de trabajo (horas extras).”
Con fecha 31 de mayo del 2021 la recurrente interpuso el recurso de apelación materia de análisis, al considerar denegada su solicitud en aplicación del silencio administrativo negativo.
Mediante la Resolución 001306-2021-JUS/TTAIP-PRIMERA SALA se admitió a trámite el referido recurso impugnatorio, requiriendo a la entidad la remisión del expediente administrativo generado para la atención de la solicitud impugnada, así como la formulación de sus descargos, remitiendo la entidad el expediente administrativo N° 002-2021DIRSAPOL/SUB-DIRSAPOL-OFISECOM-JEFUDDE-UNIDDEPSEDEMONT ante esta instancia el 23 de junio de 2021 mediante Oficio N° 000164-2021-DIRSAPOL/SUB-DIRSAPOL-OFISECOM-JEFUDDE-UNIDDEPSEDEMONT.
Con fecha 12 de mayo de 2021, la recurrente solicitó a la entidad “copia en disco DVD del registro de control de asistencia de ingreso y salida de la unidad extractora de dosaje etílico y la unidad desconcentrada de dosaje etílico del mes de noviembre del año 2020 del centro trabajo “DIRSAPOL” sede Monterrico-Surco donde deberá contener nombre y número del documento obligatorio de identidad (DNI) del trabajador (fecha, hora y minutos de ingreso y salida de la jornada de trabajo, así como también las horas y minutos de permanencia fuera de la jornada de trabajo (horas extras).”
Con fecha 31 de mayo del 2021 la recurrente interpuso el recurso de apelación materia de análisis, al considerar denegada su solicitud en aplicación del silencio administrativo negativo.
Mediante la Resolución 001306-2021-JUS/TTAIP-PRIMERA SALA se admitió a trámite el referido recurso impugnatorio, requiriendo a la entidad la remisión del expediente administrativo generado para la atención de la solicitud impugnada, así como la formulación de sus descargos, remitiendo la entidad el expediente administrativo N° 002-2021DIRSAPOL/SUB-DIRSAPOL-OFISECOM-JEFUDDE-UNIDDEPSEDEMONT ante esta instancia el 23 de junio de 2021 mediante Oficio N° 000164-2021-DIRSAPOL/SUB-DIRSAPOL-OFISECOM-JEFUDDE-UNIDDEPSEDEMONT.
Esta norma pertenece al compendio Resoluciones de Fondo - Primera Sala