Resolución N.° 001418-2021-JUS/TTAIP-PRIMERA SALA
5 de julio de 2021
VISTO el Expediente de Apelación Nº 01285-2021-JUS/TTAIP de fecha 17 de junio de 2021, interpuesto por FREDDY CONDORI PALACIOS, contra la denegatoria por silencio administrativo negativo de la solicitud de acceso a la información pública presentada ante la RED ASISTENCIAL AREQUIPA - ESSALUD, presentada el 31 de mayo de 2021 registra con NIT 1313-2021-16562.
Con fecha 31 de mayo de 2021, en ejercicio de su derecho de acceso a la información pública, el recurrente solicitó a la entidad se le remita a su correo electrónico la siguiente información:
“(…)
Copia del documento mediante el cual se encargó, contrató y/o designó a la Lic. Susan Mary Espinoza Villagómez la Jefatura de la Oficina de Recursos Humanos de la Red Asistencial Arequipa.
Copia del documento mediante el cual se encargó, contrató y/o designó a la Abog. Milagros Ruth Huarca Chalco la Secretaría técnica PAD de la RAAR”.
El 17 de junio de 2021, al considerar denegada la referida solicitud y en aplicación del silencio administrativo negativo por parte de la entidad, el recurrente interpuso ante esta instancia el recurso de apelación materia de análisis.
Mediante la Resolución N° 001332-2021-JUS/TTAIP-PRIMERA SALA se admitió a trámite el referido recurso impugnatorio, requiriendo la remisión del expedienteadministrativo generado para la atención de la solicitud impugnada, así como la formulación de sus descargos, los cuales a la fecha de emisión de la presente resolución no han sido presentados.
Con fecha 31 de mayo de 2021, en ejercicio de su derecho de acceso a la información pública, el recurrente solicitó a la entidad se le remita a su correo electrónico la siguiente información:
“(…)
Copia del documento mediante el cual se encargó, contrató y/o designó a la Lic. Susan Mary Espinoza Villagómez la Jefatura de la Oficina de Recursos Humanos de la Red Asistencial Arequipa.
Copia del documento mediante el cual se encargó, contrató y/o designó a la Abog. Milagros Ruth Huarca Chalco la Secretaría técnica PAD de la RAAR”.
El 17 de junio de 2021, al considerar denegada la referida solicitud y en aplicación del silencio administrativo negativo por parte de la entidad, el recurrente interpuso ante esta instancia el recurso de apelación materia de análisis.
Mediante la Resolución N° 001332-2021-JUS/TTAIP-PRIMERA SALA se admitió a trámite el referido recurso impugnatorio, requiriendo la remisión del expedienteadministrativo generado para la atención de la solicitud impugnada, así como la formulación de sus descargos, los cuales a la fecha de emisión de la presente resolución no han sido presentados.
Esta norma pertenece al compendio Resoluciones de Fondo - Primera Sala