Resolución N.° 001436-2021-JUS/TTAIP-PRIMERA SALA

6 de julio de 2021

VISTO el Expediente de Apelación Nº 001211-2021-JUS/TTAIP de fecha 4 de junio de 2021, interpuesto por XXXXXXXX contra la denegatoria por silencio administrativo negativo de la solicitud de acceso a la información pública presentada ante la MUNICIPALIDAD DISTRITAL DE LA UNION LETICIA con fecha 14 de abril de 2021.
Con fecha 14 de abril de 2021, la recurrente solicitó que se le envíe por correo electrónico, copia simple de la siguiente información: “Contratos, Requerimiento, Conformidad del Área Usuaria, Comprobante de Pago, Facturas, Boletas de Venta y/o Recibo por Honorarios de los siguientes proveedores: 1. Desoprotec E.I.R.L. con N° RUC 20486961989, 2. Grupo Baldeon Sociedad Anónima Cerrada con RUC N° 20486515776 y 3. Ramos Lucas Cesar Gonzalo con RUC N° 10200302279.”
Con fecha 4 de junio de 2021, la recurrente presentó el recurso de apelación materia de análisis, al considerar denegada su solicitud en aplicación del silencio administrativo negativo.
Mediante la Resolución 001251-2021-JUS/TTAIP-PRIMERA SALA, de fecha 11 de junio de 2021, se admitió a trámite el citado recurso de apelación y se requirió a la entidad la formulación de sus descargos y la remisión del expediente administrativo generado para la atención de la solicitud de acceso a la información pública; los cuales a la fecha de emisión de la presente resolución no han sido presentados.

Esta norma pertenece al compendio Resoluciones de Fondo - Primera Sala

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