Resolución N.° 001306-2021-JUS/TTAIP-SEGUNDA SALA
14 de junio de 2021
VISTO el Expediente de Apelación N° 00575-2021-JUS/TTAIP de fecha 22 de marzo de 2021, interpuesto por MARÍA JOSEFINA HURTADO FUENTES contra la Carta N° 83-2021-SGGD-SG-MSS de fecha 10 de marzo de 2021, mediante la cual la MUNICIPALIDAD DISTRITAL DE SANTIAGO DE SURCO atendió la solicitud de acceso a la información pública presentada con Expediente N° 1025702021 de fecha 16 de febrero de 2021.
Mediante solicitud registrada con N° 1025702021, la recurrente solicitó a la entidad se remita en forma virtual, o en su defecto, en CD o de forma física, la siguiente información:
“(...)
8. Los años en los que la Municipalidad brinda descuento / beneficio a los pensionistas, en materia de arbitrios municipales.
9. Las fechas en las que los servicios por arbitrios municipales 2020 no se hayan prestado.
10. Las fechas en las que los servicios por recojo de limpieza y recojo basura, residuos sólidos no se hayan prestado en el 2020.
11. Las fechas en las que los servicios por limpieza y recojo de basura, residuos sólidos se hayan prestado de forma deficiente.
12. El lapso que no brindaron servicio de recojo de limpieza la empresa contratada.
(...)
17. Video de grabación de las cámaras ubicada en Jirón Ismael Bielich cuadra 9, o cercana a ella, todo lo grabado. En este caso es en tanto se utiliza informalmente como estacionamiento el lado de la pista que da al Jirón Ismael Bielich Flores 907
(...)
22. Copias de TODOS los Expedientes Administrativos asociados (...) a Jorge Fredy Aquino Díaz por multas y/o sanciones.
23. Copias de TODOS los Expedientes Coactivos asociados (...) a Jorge Fredy Aquino Díaz por multas y/o sanciones.
(...)”.
Mediante la Carta N° 83-2021-SGGD-SG-MSS de fecha 10 de marzo de 2021, la entidad brindó atención a la solicitud de la recurrente, comunicándole el encausamiento del procedimiento teniendo como referencia, entre otros, el Expediente N° 1025702021 (Anulado), señalando: “(…) cumplo con informar a usted que a solicitud de la Secretaría General se ha procedido a encauzar su escrito registrado como Expediente N° 1025702021, presentado el 16 de febrero del presente año, por no corresponder a un Acceso a la Información Pública, sino que corresponde a un conjunto de consultas que requieren atención por diversas unidades orgánicas de la Municipalidad Distrital de Santiago de Surco el mismo que se encuentra en la Gerencia de Administración Tributaria, Gerencia de Seguridad Ciudadana, Subgerencia de Limpieza, Parques y Jardines, Subgerencia de Comercialización y Anuncios e Inspecciones Técnicas de Seguridad en Edificaciones, Subgerencia de Tesorería y Subgerencia de Gestión Documental, para la prosecución de su trámite”.
Con fecha 22 de marzo de 2021 la recurrente interpuso el recurso de apelación materia de análisis, aduciendo no haber recibido la información solicitada.
Mediante la Resolución N° 000697-2021-JUS-TTAIP-SEGUNDA SALA se admitió a trámite el referido recurso impugnatorio, en el extremo de los pedidos formulados con los ítems 8 al 12, 17, 22 (en lo que respecta a Jorge Fredy Aquino Díaz) y 23 (en lo que respecta a Jorge Fredy Aquino Díaz) y se requirió a la entidad la remisión del expediente administrativo generado para la atención de la solicitud de la recurrente, así como la formulación de sus descargos.
Al respecto, a través del Oficio N° 0483-2021-SG-MSS, ingresado con fecha 10 de junio de 2021, la entidad se ratificó en los extremos de la respuesta contenida en la Carta N° 83-2021-SGGD-SG-MSS, puntualizando lo siguiente en cuanto a la solicitud de la administrada: (i) en cuanto al numeral 8 del requerimiento, fue encausado a la Gerencia de Administración Tributaria, la cual brindó la información respectiva mediante correo electrónico de fecha 29 de marzo de 2021; (ii) en cuanto al numeral 9 del requerimiento, fue encausado a la Gerencia de Seguridad Ciudadana (refiriendo que se encuentra atendiendo dicha petición) y a la Subgerencia de Limpieza, Parques y Jardines (la cual brindó la información respectiva mediante correo electrónico de fecha 17 de mayo de 2021); (iii) en cuanto a los numerales 10, 11 y 12 del requerimiento, fueron encausados a la Subgerencia de Limpieza, Parques y Jardines, la cual brindó la información respectiva mediante correo electrónico de fecha 17 de mayo de 2021; y (iv) en cuanto a los numerales 17, 22 y 23 del requerimiento, fueron encausados a la Gerencia de Seguridad Ciudadana.
Mediante solicitud registrada con N° 1025702021, la recurrente solicitó a la entidad se remita en forma virtual, o en su defecto, en CD o de forma física, la siguiente información:
“(...)
8. Los años en los que la Municipalidad brinda descuento / beneficio a los pensionistas, en materia de arbitrios municipales.
9. Las fechas en las que los servicios por arbitrios municipales 2020 no se hayan prestado.
10. Las fechas en las que los servicios por recojo de limpieza y recojo basura, residuos sólidos no se hayan prestado en el 2020.
11. Las fechas en las que los servicios por limpieza y recojo de basura, residuos sólidos se hayan prestado de forma deficiente.
12. El lapso que no brindaron servicio de recojo de limpieza la empresa contratada.
(...)
17. Video de grabación de las cámaras ubicada en Jirón Ismael Bielich cuadra 9, o cercana a ella, todo lo grabado. En este caso es en tanto se utiliza informalmente como estacionamiento el lado de la pista que da al Jirón Ismael Bielich Flores 907
(...)
22. Copias de TODOS los Expedientes Administrativos asociados (...) a Jorge Fredy Aquino Díaz por multas y/o sanciones.
23. Copias de TODOS los Expedientes Coactivos asociados (...) a Jorge Fredy Aquino Díaz por multas y/o sanciones.
(...)”.
Mediante la Carta N° 83-2021-SGGD-SG-MSS de fecha 10 de marzo de 2021, la entidad brindó atención a la solicitud de la recurrente, comunicándole el encausamiento del procedimiento teniendo como referencia, entre otros, el Expediente N° 1025702021 (Anulado), señalando: “(…) cumplo con informar a usted que a solicitud de la Secretaría General se ha procedido a encauzar su escrito registrado como Expediente N° 1025702021, presentado el 16 de febrero del presente año, por no corresponder a un Acceso a la Información Pública, sino que corresponde a un conjunto de consultas que requieren atención por diversas unidades orgánicas de la Municipalidad Distrital de Santiago de Surco el mismo que se encuentra en la Gerencia de Administración Tributaria, Gerencia de Seguridad Ciudadana, Subgerencia de Limpieza, Parques y Jardines, Subgerencia de Comercialización y Anuncios e Inspecciones Técnicas de Seguridad en Edificaciones, Subgerencia de Tesorería y Subgerencia de Gestión Documental, para la prosecución de su trámite”.
Con fecha 22 de marzo de 2021 la recurrente interpuso el recurso de apelación materia de análisis, aduciendo no haber recibido la información solicitada.
Mediante la Resolución N° 000697-2021-JUS-TTAIP-SEGUNDA SALA se admitió a trámite el referido recurso impugnatorio, en el extremo de los pedidos formulados con los ítems 8 al 12, 17, 22 (en lo que respecta a Jorge Fredy Aquino Díaz) y 23 (en lo que respecta a Jorge Fredy Aquino Díaz) y se requirió a la entidad la remisión del expediente administrativo generado para la atención de la solicitud de la recurrente, así como la formulación de sus descargos.
Al respecto, a través del Oficio N° 0483-2021-SG-MSS, ingresado con fecha 10 de junio de 2021, la entidad se ratificó en los extremos de la respuesta contenida en la Carta N° 83-2021-SGGD-SG-MSS, puntualizando lo siguiente en cuanto a la solicitud de la administrada: (i) en cuanto al numeral 8 del requerimiento, fue encausado a la Gerencia de Administración Tributaria, la cual brindó la información respectiva mediante correo electrónico de fecha 29 de marzo de 2021; (ii) en cuanto al numeral 9 del requerimiento, fue encausado a la Gerencia de Seguridad Ciudadana (refiriendo que se encuentra atendiendo dicha petición) y a la Subgerencia de Limpieza, Parques y Jardines (la cual brindó la información respectiva mediante correo electrónico de fecha 17 de mayo de 2021); (iii) en cuanto a los numerales 10, 11 y 12 del requerimiento, fueron encausados a la Subgerencia de Limpieza, Parques y Jardines, la cual brindó la información respectiva mediante correo electrónico de fecha 17 de mayo de 2021; y (iv) en cuanto a los numerales 17, 22 y 23 del requerimiento, fueron encausados a la Gerencia de Seguridad Ciudadana.
Esta norma pertenece al compendio Resoluciones de Fondo - Segunda Sala