Resolución N.° 000343-2021-JUS/TTAIP-SEGUNDA SALA

18 de febrero de 2021

VISTO el Expediente de Apelación N° 01753-2020-JUS/TTAIP de fecha 27 de octubre de 2020, interpuesto por RAQUEL ADRIANA LIÑAN CARRIZALES contra la denegatoria por silencio administrativo negativo de la solicitud de acceso a la información pública presentada ante la UNIDAD DE GESTIÓN EDUCATIVA LOCAL – UGEL PISCO con fecha 17 de junio de 2020.
Con fecha 17 de junio de 2020 la recurrente solicitó a la entidad copia certificada de la siguiente información: “Del íntegro de los documentos que sustentan los actuados de los comprobante(s) de pago(s) (Entiéndase: planillas, memorándum, informes, certificaciones presupuestales, dictámenes y todos aquellos actos de administración, en su totalidad) que efectivizaron el pago que disponen las RD N° 002657-2019, de fecha 23 de Diciembre del 2019 y RD N° 002695-2019 de fecha 30 de diciembre del 2019”.
Con fecha 19 de octubre de 2020, al considerar denegada la referida solicitud y en aplicación del silencio administrativo negativo, la recurrente presentó ante la entidad, su recurso de apelación materia de análisis.
Mediante Resolución N° 000208-2021-JUS/TTAIP-SEGUNDA SALA se admitió a trámite el referido recurso impugnatorio y se requirió a la entidad remitir el expediente administrativo y la formulación de sus descargos, sin que hasta la fecha de la emisión de la presente resolución se haya presentado documentación alguna.

Esta norma pertenece al compendio Resoluciones de Fondo - Segunda Sala

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