Resolución N.° 000394-2021-JUS/TTAIP-SEGUNDA SALA
23 de febrero de 2021
VISTO el Expediente de Apelación Nº 00114-2021-JUS/TTAIP de fecha 18 de enero de 2021, interpuesto por CYNTHIA GIOVANNA CABELLO VELA contra la respuesta remitida mediante Carta 1422-2020-MML/SGC-FREI de fecha 14 de noviembre de 2020, mediante la cual la MUNICIPALIDAD METROPOLITANA DE LIMA atendió la solicitud de acceso a la información pública presentada con registro documental Nº 132428 con fecha 27 de octubre de 2020.
Con fecha 27 de octubre de 2020, la recurrente solicitó a la entidad se le remita a su correo electrónico copia del Informe Nº 108-2020-MML-GMU-PROTRANSITO-EFP.
Con fecha 14 de noviembre de 2020, la entidad remitió a la recurrente la Carta 1422-2020-MML/SGC-FREI a través de la cual da respuesta al pedido de información realizado.
Con fecha 18 de noviembre de 2020 la recurrente interpuso el recurso de apelación materia de análisis ante la entidad, señalando que el documento enviado fue el Memorando Nº 379-2020-MML-GMU-PROTRÁNSITO y no el informe solicitado.
Mediante la Resolución N° 000189-2021-JUS/TTAIP-SEGUNDA SALA se admitió a trámite el referido recurso impugnatorio, requiriendo la remisión del expediente administrativo generado para la atención de la referida solicitud, así como la formulación de sus descargos.
Al respecto, mediante Oficio Nº D000004-2021-MML-SGC-FREI del 18 de febrero de
2021, sobre la remisión del informe solicitado, la entidad señaló lo siguiente:
“(…) se alcanzó junto con toda la documentación correspondiente al caso y tema relacionado a la emisión del referido documento; de igual forma, es preciso señalar que toda la documentación trasladada en respuesta a su pedido de información, concerniente a un total de 176 folios, el informe en cuestión se encontraba en el folio Nº 138, por lo que la solicitud de información fue atendida en su totalidad.”
Con fecha 27 de octubre de 2020, la recurrente solicitó a la entidad se le remita a su correo electrónico copia del Informe Nº 108-2020-MML-GMU-PROTRANSITO-EFP.
Con fecha 14 de noviembre de 2020, la entidad remitió a la recurrente la Carta 1422-2020-MML/SGC-FREI a través de la cual da respuesta al pedido de información realizado.
Con fecha 18 de noviembre de 2020 la recurrente interpuso el recurso de apelación materia de análisis ante la entidad, señalando que el documento enviado fue el Memorando Nº 379-2020-MML-GMU-PROTRÁNSITO y no el informe solicitado.
Mediante la Resolución N° 000189-2021-JUS/TTAIP-SEGUNDA SALA se admitió a trámite el referido recurso impugnatorio, requiriendo la remisión del expediente administrativo generado para la atención de la referida solicitud, así como la formulación de sus descargos.
Al respecto, mediante Oficio Nº D000004-2021-MML-SGC-FREI del 18 de febrero de
2021, sobre la remisión del informe solicitado, la entidad señaló lo siguiente:
“(…) se alcanzó junto con toda la documentación correspondiente al caso y tema relacionado a la emisión del referido documento; de igual forma, es preciso señalar que toda la documentación trasladada en respuesta a su pedido de información, concerniente a un total de 176 folios, el informe en cuestión se encontraba en el folio Nº 138, por lo que la solicitud de información fue atendida en su totalidad.”
Esta norma pertenece al compendio Resoluciones de Fondo - Segunda Sala