Resolución N.° 001120-2021-JUS/TTAIP-SEGUNDA SALA

20 de mayo de 2021

VISTO el Expediente de Apelación Nº 00729-2021-JUS/TTAIP de fecha 7 de abril de 2021, interpuesto por LEANDRO AFRADE CERNA HERRERA, contra la denegatoria por silencio administrativo negativo de su solicitud de acceso a la información pública presentada a la UNIDAD DE GESTIÓN EDUCATIVA LOCAL SANTA con Expediente N° 3269 de fecha 4 de febrero de 2021.
Con fecha 4 de febrero de 2021, el recurrente solicitó a la entidad en documentos físicos o por correo electrónico la siguiente información:
“1. Relación de personal docente y administrativo beneficiario con pagos de reintegros por mandato de sentencias judiciales en calidad de cosa juzgada.
2. Relación de personal docente y administrativo beneficiario con los pagos de reintegros solamente con resolución administrativa de la UGEL Santa.
3. Documento que acredite el monto total de dinero que se ha invertido en el pago de los conceptos antes indicados, al personal docente y administrativo”. (sic)
Con fecha 7 de abril de 2021 el recurrente interpuso ante esta instancia el recurso de apelación materia de análisis, al considerar denegada su solicitud en aplicación del silencio administrativo negativo por no mediar respuesta dentro del plazo legal.
Mediante la Resolución Nº 000959-2021-JUS/TTAIP-SEGUNDA SALA, se admitió a trámite el citado recurso impugnatorio y se requirió a la entidad la remisión del expediente administrativo correspondiente y la formulación de sus descargos, sin que a la fecha haya presentado documentación alguna.

Esta norma pertenece al compendio Resoluciones de Fondo - Segunda Sala

Vista preliminar de documento Resolución Nº 001120-2021-JUS-TTAIP-SEGUNDA SALA.pdf

Resolución Nº 001120-2021-JUS-TTAIP-SEGUNDA SALA.pdf

PDF
223.6 KB