Resolución N.° 001012-2021-JUS/TTAIP-SEGUNDA SALA
10 de mayo de 2021
VISTO el Expediente de Apelación N° 00515-2021-JUS/TTAIP de fecha 17 de marzo de
2021, interpuesto por NOEL JONATAN BLAS ZUÑIGA contra la denegatoria por silencio administrativo negativo de la solicitud de acceso a la información pública presentada ante la MUNICIPALIDAD DISTRITAL DE FLORENCIA DE MORA registrada con expediente N° 4833 de fecha 18 de diciembre de 2020.
Con fecha 18 de diciembre de 2020, el recurrente solicitó a la entidad que le brinde copia fedateada del convenio de Cooperación Interinstitucional entre la Municipalidad Distrital de Florencia de Mora y la Universidad Privada Antenor Orrego.
Con fecha 17 de marzo de 2021, al considerar denegada la referida solicitud en aplicación del silencio administrativo negativo, el recurrente interpuso el recurso de apelación materia de análisis.
Mediante la Resolución N° 000669-2021-JUS/TTAIP-SEGUNDA SALA se admitió a trámite el citado recurso impugnatorio, requiriendo a la entidad la presentación del expediente administrativo y los descargos correspondientes, los cuales no han sido remitidos a la fecha ante este colegiado.
2021, interpuesto por NOEL JONATAN BLAS ZUÑIGA contra la denegatoria por silencio administrativo negativo de la solicitud de acceso a la información pública presentada ante la MUNICIPALIDAD DISTRITAL DE FLORENCIA DE MORA registrada con expediente N° 4833 de fecha 18 de diciembre de 2020.
Con fecha 18 de diciembre de 2020, el recurrente solicitó a la entidad que le brinde copia fedateada del convenio de Cooperación Interinstitucional entre la Municipalidad Distrital de Florencia de Mora y la Universidad Privada Antenor Orrego.
Con fecha 17 de marzo de 2021, al considerar denegada la referida solicitud en aplicación del silencio administrativo negativo, el recurrente interpuso el recurso de apelación materia de análisis.
Mediante la Resolución N° 000669-2021-JUS/TTAIP-SEGUNDA SALA se admitió a trámite el citado recurso impugnatorio, requiriendo a la entidad la presentación del expediente administrativo y los descargos correspondientes, los cuales no han sido remitidos a la fecha ante este colegiado.
Esta norma pertenece al compendio Resoluciones de Fondo - Segunda Sala