Resolución N.° 001285-2021-JUS/TTAIP-PRIMERA SALA

15 de junio de 2021

VISTO el Expediente de Apelación N° 01075-2021-JUS/TTAIP de fecha 19 de mayo de 2021, interpuesto por CÉSAR AUGUSTO CASTILLO MEJÍA contra el Oficio N° 01-Comité CAS 05-ODRH-OGGRH/MINSA de fecha 19 de mayo de 2021, mediante el cual el MINISTERIO DE SALUD denegó la solicitud de acceso a la información pública presentada con fecha 12 de mayo de 2021.
Con fecha 12 de mayo de 2021, en ejercicio del derecho de acceso a la información pública, el recurrente solicitó que se le otorgue vía correo electrónico copia de las grabaciones de las entrevistas realizadas a los postulantes el día 07/05/2021, del Concurso CAS N° 010-2021.
Mediante Oficio N° 01-Comité CAS 05-ODRH-OGGRH/MINSA de fecha 19 de mayo de 2021, la entidad atendió la solicitud señalando que “(…) se le hizo llegar respuesta a su solicitud través [sic] de correo electrónico del quinto Comité con fecha 13 de mayo, no obstante, reitero que dicha grabación se encuentra comprendida en una Evaluación de Entrevista Personal-Virtual de un proceso CAS en el marco del D.U. 034-2021, que contiene información estrictamente personal de los postulantes, debido a que se realizó preguntas de dominio temático y habilidades socio-emocionales o blandas (…) asimismo previo a la entrevista se solicitó la exposición de los documentos de identidad a cada postulante, con la finalidad de evitar suplantación (…) considerando que cada postulante tendrá que autorizar expresamente dicha reproducción o distribución de su grabación, al amparo de lo establecido en el inciso 7) del artículo 2 de la Constitución Política del Perú, (…) informamos que previa autorización conforme a lo acotado, se procederá con la entrega de la grabación (…)”.
Con fecha 19 de mayo de 2021, el recurrente presentó ante esta instancia recurso de apelación contra el Oficio N° 01-Comité CAS 05-ODRH-OGGRH/MINSA que atendió la solicitud de acceso a la información pública.
Mediante la Resolución 001139-2021-JUS/TTAIP-PRIMERA SALA de fecha 28 de mayo de 2021, se admitió a trámite el citado recurso de apelación y se requirió a la entidad la formulación de sus descargos y la remisión del expediente administrativo generado para la atención de la solicitud de acceso a la información pública; los cuales fueron enviados con el Oficio Nº 835-2021-ORITANS-SG/MINSTI, que adjunta el Informe N° 007-2021-CAS5-0DRH-OGGR H/MINSA de 11 de junio de 2021 en el que reitera lo señalado en la respuesta brindada al recurrente sobre la confidencialidad de la información y añade que las bases de la convocatoria no establecen la grabación de las entrevistas y que si bien se cuenta con la grabación del Proceso CAS N° 10-2021, éste no se encuentra completo dado que, debido a problemas tecnológicos o logísticos, se vio interrumpida la grabación respecto a algunos postulantes.

Esta norma pertenece al compendio Resoluciones de Fondo - Primera Sala

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