Resolución N.° 001374-2021-JUS/TTAIP-PRIMERA SALA
28 de junio de 2021
VISTO el Expediente de Apelación N° 01092-2021-JUS/TTAIP de fecha 20 de mayo de 2021, interpuesto por el FRENTE DE DEFENSA DE LA ASOCIACIÓN DE RESIDENTES ESPINARENSES DEL DISTRITO DE MAJES representado por Saturnino Flores Saico, contra la denegatoria por silencio administrativo negativo de su solicitud de acceso a la información pública presentada ante el GOBIERNO REGIONAL DE AREQUIPA, de fecha 22 de abril de 2021.
Con fecha 22 de abril de 2021, el recurrente solicitó se le entregue“(…) copia de todo el expediente administrativo de compra venta directa del predio de dominio privado estatal de libre disponibilidad inscrito en la Partida N° PO6305608 solicitado por la ASOCIACIÓN DE RESIDENTES ESPINARENSES DEL DISTRITO DE MAJES representado por Julio Wilber Lupaca Lupaca (…)”.
Con fecha 20 de mayo de 2021 el recurrente interpuso el recurso de apelación materia de análisis, al considerar denegada su solicitud en aplicación del silencio administrativo negativo.
Mediante la Resolución 001260-2021-JUS/TTAIP-PRIMERA SALA se admitió a trámite el referido recurso impugnatorio, requiriendo a la entidad la remisión del expediente administrativo generado para la atención de la solicitud impugnada, así como la formulación de sus descargos, remitiendo el expediente administrativo con fecha de 21 de junio de 2021, en el cual anexa el Oficio N° 681-2021-GRA/OOT dirigido al representante del recurrente en el que señala que la información será remitida al correo electrónico que indique.
Con fecha 22 de abril de 2021, el recurrente solicitó se le entregue“(…) copia de todo el expediente administrativo de compra venta directa del predio de dominio privado estatal de libre disponibilidad inscrito en la Partida N° PO6305608 solicitado por la ASOCIACIÓN DE RESIDENTES ESPINARENSES DEL DISTRITO DE MAJES representado por Julio Wilber Lupaca Lupaca (…)”.
Con fecha 20 de mayo de 2021 el recurrente interpuso el recurso de apelación materia de análisis, al considerar denegada su solicitud en aplicación del silencio administrativo negativo.
Mediante la Resolución 001260-2021-JUS/TTAIP-PRIMERA SALA se admitió a trámite el referido recurso impugnatorio, requiriendo a la entidad la remisión del expediente administrativo generado para la atención de la solicitud impugnada, así como la formulación de sus descargos, remitiendo el expediente administrativo con fecha de 21 de junio de 2021, en el cual anexa el Oficio N° 681-2021-GRA/OOT dirigido al representante del recurrente en el que señala que la información será remitida al correo electrónico que indique.
Esta norma pertenece al compendio Resoluciones de Fondo - Primera Sala