Resolución N.° 001003-2021-JUS/TTAIP-SEGUNDA SALA

6 de mayo de 2021

VISTO el Expediente de Apelación Nº 00669-2021-JUS/TTAIP de fecha 31 de marzo de 2021, interpuesto por RAFAEL FERNANDO GONZALES ARIAS, contra las denegatorias por silencio administrativo negativo de sus solicitudes de acceso a la información pública presentadas ante la MUNICIPALIDAD DISTRITAL DE EL AGUSTINO con Expedientes Nros. 2629, 2632, 2633 y 2634 de fecha 1 de marzo de 2021.
Con fecha 1 de marzo de 2021, el recurrente —en su condición de regidor de la Municipalidad Distrital de Ate— solicitó a la entidad la siguiente información:
Con Expediente Nº 2634
“1. Copia de todos los convenios inter institucionales aprobados en el concejo municipal 2019 y lo que va del 2020.
2. Reporte detallado de la totalidad de beneficiarios de todos y cada uno de los convenios aprobados en el concejo municipal.” (sic)
Asimismo, de autos se aprecia las siguientes solicitudes de acceso a la información pública presentadas por el ciudadano Nazario Palomino Jayo:
Expediente Nº 2629
“Copia de los contratos del (los) proveedor (es) de útiles de oficina, cantidades de pedidos, requerimientos, precios, condiciones de entrega y métodos de pago efectuados desde enero del 2019 hasta lo que va del año 2020” (sic)
Expediente Nº 2632
“Copia Certificada de todos los recibos de pago desde enero del 2014 hasta la fecha, conforme a lo establecido en el Acuerdo de Concejo Nro. 096-2013-SEGE-
08-MDEA del 13 de noviembre de 2013, firmado entre la municipalidad de El Agustino y la Empresa GROUP SELIUN S.A.C.” (sic)
Expediente Nº 2633
“Copia de todas las Resoluciones emitidas por la Sub Gerencia de Participación Vecinal durante el 2019 y lo que va del 2020.” (sic)
Con fecha 31 de marzo de 2021, el recurrente interpuso ante esta instancia el recurso de apelación materia de análisis, alegando haber solicitado: “1) “copia de todos los convenios interinstitucionales aprobados en el concejo municipal 2019 y lo que va del 2020” y “Reporte detallado de la totalidad de beneficiarios de todos y cada uno de los convenios aprobados en el concejo municipal”; 2) Copia de todas las resoluciones emitidas por la Sub Gerencia de Participación Vecinal durante el 2019 y lo que va del 2020”; 3) Copia de los contratos del (los) proveedor (es) de útiles de oficina, cantidades de pedidos, requerimientos, precios, condiciones de entrega y métodos de pago efectuados desde enero del 2019 hasta lo que va del año 2020”; 4) procedimientos administrativos disciplinarios aplicados durante la actual gestión municipal desde Enero 2019 hasta lo que va del año 2020.” Y, que la entidad omitió brindar respuesta, considerando denegada su solicitud en aplicación del silencio administrativo negativo.
Mediante la RESOLUCIÓN N° 000815-2021-JUS/TTAIP-SEGUNDA SALA, esta instancia admitió a trámite el citado recurso de apelación, requiriendo a la entidad la remisión del expediente administrativo generado para la atención de la solicitud y la formulación de sus descargos. En atención a ello, mediante la Carta Nº 320-2021-SEGE-MDEA, ingresada a esta instancia con fecha 6 de mayo de 2021, la entidad formuló sus descargos, alegando que mediante la Carta Nº 263-2021-SEGE-MDEA de fecha 19 de abril de 2021, entregó la información correspondiente al Expediente Nº 2634-2021. Asimismo, precisó que no emitirán pronunciamiento sobre los Expedientes Nros. 2629, 2632 y 2633, ya que los mismos fueron efectuados por el administrado Nazario Palomino Jayo, y no por el recurrente.

Esta norma pertenece al compendio Resoluciones de Fondo - Segunda Sala

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