Resolución N.° 001193-2021-JUS/TTAIP-SEGUNDA SALA
28 de mayo de 2021
VISTO el Expediente de Apelación N° 00982-2021-JUS/TTAIP de fecha 7 de mayo de 2021, interpuesto por GABRIEL EDUARDO TORRES HUERTA contra la denegatoria por silencio administrativo negativo de la solicitud de acceso a la información pública presentada ante la MUNICIPALIDAD DISTRITAL DE COMAS con fecha 21 de agosto de 2020, registrada con Expediente N° 15778 - 2020
Con fecha 21 de agosto de 2020, el recurrente solicitó a la entidad “se me informe si la reja metálica instalada en la esquina de la Av. Guillermo de la Fuente Cdra.3 cruce con Jr. Manuel Corbacho cuadra 3 (Santa Luzmila), cuenta o no con autorización, así como se me proporcione copia de la autorización que sustentaron ello, según corresponda”.
Con fecha 7 de mayo de 2021, el recurrente interpuso el recurso de apelación materia de análisis, al considerar denegada su solicitud en aplicación del silencio administrativo negativo.
Mediante Resolución N° 001073-2021-JUS/TTAIP-SEGUNDA SALA se admitió a trámite el referido recurso impugnatorio y se requirió a la entidad remitir el expediente administrativo y la formulación de sus descargos.
Mediante el Oficio N° 016-2021-AIP-SG/MDC, ingresado a esta instancia el 27 de mayo de 2021, la entidad formula sus descargos a través del Informe N° 137-2021-SGTTV-GFT/MDC, manifestando “(…) la solicitud requerida, consiste en información con que la Municipalidad Distrital de Comas no cuenta, debido a que la Subgerencia de Tránsito y Transporte no ha emitido autorización alguna para la instalación de un elemento se seguridad (reja batiente) ubicado en la esquina de la Av. Guillermo de la Fuente cdra 3 cruce con Jr. Manuel Corbacho cuadra 3 (Santa Luzmila).”
Con fecha 21 de agosto de 2020, el recurrente solicitó a la entidad “se me informe si la reja metálica instalada en la esquina de la Av. Guillermo de la Fuente Cdra.3 cruce con Jr. Manuel Corbacho cuadra 3 (Santa Luzmila), cuenta o no con autorización, así como se me proporcione copia de la autorización que sustentaron ello, según corresponda”.
Con fecha 7 de mayo de 2021, el recurrente interpuso el recurso de apelación materia de análisis, al considerar denegada su solicitud en aplicación del silencio administrativo negativo.
Mediante Resolución N° 001073-2021-JUS/TTAIP-SEGUNDA SALA se admitió a trámite el referido recurso impugnatorio y se requirió a la entidad remitir el expediente administrativo y la formulación de sus descargos.
Mediante el Oficio N° 016-2021-AIP-SG/MDC, ingresado a esta instancia el 27 de mayo de 2021, la entidad formula sus descargos a través del Informe N° 137-2021-SGTTV-GFT/MDC, manifestando “(…) la solicitud requerida, consiste en información con que la Municipalidad Distrital de Comas no cuenta, debido a que la Subgerencia de Tránsito y Transporte no ha emitido autorización alguna para la instalación de un elemento se seguridad (reja batiente) ubicado en la esquina de la Av. Guillermo de la Fuente cdra 3 cruce con Jr. Manuel Corbacho cuadra 3 (Santa Luzmila).”
Esta norma pertenece al compendio Resoluciones de Fondo - Segunda Sala