Resolución N.° 000953-2021-JUS/TTAIP-PRIMERA SALA

10 de mayo de 2021

VISTO el Expediente de Apelación N° 00788-2021-JUS/TTAIP de fecha 14 de abril de 2021, interpuesto por DIEGO ALONSO LÓPEZ GONZÁLES contra la denegatoria por silencio administrativo negativo de las tres (3) solicitudes de acceso a la información pública presentadas ante la UNIVERSIDAD NACIONAL TECNOLÓGICA DE LIMA SUR (UNTELS) el 17 de marzo de 2021.
Con fecha 17 de marzo de 2021, en ejercicio de su derecho de acceso a la información pública, el recurrente presentó ante la entidad tres (3) solicitudes, requiriendo se le proporcione la siguiente documentación:
Primera Solicitud:
“(…)
1. Memorando Nº 028-2018-UNTELS-CO-P de fecha 03 de julio de 2018.
2. Oficio Nº 720-2018-UNTELS-CO-P-OGPP de fecha 03 de julio de 2018.
3. Oficio Nº 246-2018-UNTELS-CO-P-DGA de fecha 03 de julio de 2018.
4. Oficio Nº 907-2018-UNTELS-CO-P-DGA-OA de fecha 05 de octubre de 2018
5. OFICIO Nº 538-2018-UNTELS-CO-P-DGA de fecha 03 de julio de 2018
6. DIRECTIVA Nº 003-2017-DIGA-CO “PROCEDIMIENTO PARA LA SOLICITUD OTORGAMIENTO, EJECUCION Y RENDICION DE FONDOS ENTREGADOS BAJO LA MODALIDAD ENCARGOS INTERNOS AL PERSONAL DE LA UNTELS”.
Segunda Solicitud:
“(…)
1. Informe patrimonial de las 04 pantallas de 58 pulgadas por la modalidad de encargo a nombre del Dr. Zenón Depaz Toledo como dice la R.P. Nº 241-2018-UNTELS del 05 de julio del N2018. En el informe debe contener el movimiento dentro de la universidad, ubicación, código patrimonial, descripción y fotos de las 04 pantallas de 58 pulgadas.
Tercera solicitud:
“(…)
1. Informe de rendición de cuentas según la DIRECTIVA Nº 003-2017-DIGA-CO “PROCEDIMIENTO PARA LA SOLICITUD OTORGAMIENTO, EJECUCION Y RENDICION DE FONDOS ENTREGADOS BAJO LA MODALIDAD ENCARGOS INTERNOS AL PERSONAL DE LA UNTELS” por adquisición de 04 pantallas de 58 pulgadas por la modalidad de encargo a nombre del Dr. Zenón Depaz Toledo como dice la R.P. Nº 241-2018-UNTELS del 05 de julio del 2018”.
El 14 de abril de 2021, al considerar denegada las referidas solicitudes y en aplicación del silencio administrativo negativo por parte de la entidad, el recurrente interpuso ante esta instancia el recurso de apelación materia de análisis.
Mediante la Resolución N° 000817-2021-JUS/TTAIP-PRIMERA SALA se admitió a trámite el referido recurso impugnatorio, requiriendo la remisión del expediente administrativo generado para la atención de la solicitud impugnada, así como la formulación de sus descargos, los cuales fueron presentados a esta instancia el 7 de mayo de 2021 con Oficio N° 081 -2021-UNTELS-CO-P-SG a través del cual la entidad “(…) remite las Cartas Nros. 005, 006 y 007-2021-UNTELS-CO-P-SG-UT, mediante las cuales el Responsable de la Unidad de Transparencia y Acceso a la Información Pública de esta Casa Superior de Estudios, tramitó las Solicitudes de Acceso a la Información Pública de fechas 17 de marzo de 2021, presentadas por el Sr. Diego Alonso López Gonzales, ante las áreas de esta Casa Superior de Estudios que poseen la información”.

Esta norma pertenece al compendio Resoluciones de Fondo - Primera Sala

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