Resolución N.° 000663-2021-JUS/TTAIP-PRIMERA SALA

6 de abril de 2021

VISTO el Expediente de Apelación Nº 00451-2021-JUS/TTAIP de fecha 9 de marzo de 2021, interpuesto por JHONY GERHARD GUERRERO ESCOBEDO contra la Carta N° 00007-2021-MP-FN-PJFANCASH notificada el 22 de febrero de 2021, mediante la cual la PRESIDENCIA DE LA JUNTA DE FISCALES SUPERIORES DEL DISTRITO FISCAL DE ANCASH atendió la solicitud de acceso a la información presentada con fecha 2 de febrero de 2021.
Con fecha 2 de febrero de 2021, el recurrente en uso de su derecho de acceso a la información pública solicitó a la entidad que le entregue a través de correo electrónico la siguiente información: “Resoluciones o cualquier otro documento formal escaneados, por el cual se organizó el trabajo del personal fiscal y administrativo del Distrito Fiscal bajo su jurisdicción, en las modalidades de trabajo remoto, mixto y presencial desde el mes de julio de 2020 a febrero de 2021 con sus anexos donde detalle la actualización del MITR con el nombre de cada personal, cargo, modalidad de trabajo, turno, jornada, horario, supuesto”.
Con fecha 22 de febrero de 2021, la entidad notificó al recurrente vía correo electrónico la Carta N° 00007-2021-MP-FN-PJFANCASH con la cual atendió la solicitud, adjuntando la Resolución de la Fiscalía de la Nación N° 626-2020-MP-FN de 6 de mayo de 2020 sobre el Protocolo de Retorno Progresivo a las actividades laborales, trabajo remoto y medidas sanitarias en el Ministerio Público – Fiscalía de la Nación al término del Estado de Emergencia Nacional y la Resolución de la Presidencia de la Junta de Fiscales Superiores del Distrito Fiscal de Ancash N° 000757-2020-MP-FN-PJFSANCASH de 30 de setiembre de 2020.
Con fecha 9 de marzo de 2021, el recurrente interpuso el recurso de apelación materia de análisis ante esta instancia, al considerar que no se le había remitido toda la documentación solicitada, indica que la entidad creó el Módulo de Identificación de Trabajo Remoto MITR para consignar y modificar las modalidades de trabajo remoto, mixto, presencial, y que la referida carta no adjunta dicho documento, el mismo que detalla la relación de servidores bajo las diferentes modalidades de trabajo, así como sus actualizaciones desde julio de 2020 a febrero de 2021. Agrega que la entidad pudo haber generado resoluciones o documentos a pedido de los trabajadores para cambios de modalidad y también generar resoluciones para cambios de corporativos, de turno fiscal, remitir comunicados, lo cual se debió materializar en algún documento y a consecuencia modificar el MITR mensualmente.
Con fecha 23 de marzo de 2020 el recurrente presentó a esta instancia el cargo de recepción de la solicitud de acceso a la información pública por parte de la entidad.
Mediante la Resolución N° 000534-2021-JUS_TTAIP-PRIMERA SALA de fecha 19 de marzo de 2021, se admitió a trámite el citado recurso de apelación y se requirió a la entidad la formulación de sus descargos y la remisión del expediente administrativo generado para la atención de la solicitud de acceso a la información pública; los cuales fueron presentados el 30 de marzo de 2021 con el Oficio N° 000440-2021-MP-FN-PJFSANCASH que adjunta el Proveído de fecha 16 de febrero de 2021, el Proveído S/N-2021-MP-FN-PJFSANCASH de 25 de marzo de 2021, y el Proveído de 29 de marzo de 2021, señalando que por un error involuntario no remitió el MITR al recurrente, debido a las recargadas labores del personal administrativo, pero que en vía de regularización teniendo en cuenta el numeral 20 de los Lineamientos Resolutivos de este Tribunal, procedería a recabar la información y remitírsela, lo cual acredita adjuntando la Carta N° 000013-2021-MP-FN-PJFSANCASH de fecha 29 de marzo de 2021 que remite los reportes del MITR del personal fiscal y administrativo desde el mes de julio del 2020 a febrero 2021

Esta norma pertenece al compendio Resoluciones de Fondo - Primera Sala

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