Resolución N.° 000794-2021-JUS/TTAIP-PRIMERA SALA
22 de abril de 2021
VISTO el Expediente de Apelación N° 00692-2021-JUS/TTAIP de fecha 6 abril de 2021, interpuesto por MÁXIMO ARTURO ALFARO BOZA contra la denegatoria por silencio administrativo negativo de la solicitud de acceso a la información pública presentada ante la MUNICIPALIDAD DISTRITAL DE BREÑA el 24 de febrero de 2021, la misma que generó el Expediente N° 202102596.
Con fecha 24 de febrero de 2021, en ejercicio de su derecho de acceso a la información pública, el recurrente solicitó copia fedateada “(…) de los términos de referencia utilizados para la contratación de Manuel López Orrego, como Coordinador de Seguridad ciudadana durante el periodo de enero a diciembre de 2019”.
El 31 de marzo de 2021, al considerar denegada la referida solicitud y en aplicación del silencio administrativo negativo, el recurrente interpuso ante la entidad el recurso de apelación materia de análisis, requiriéndose se ordene a la Subgerencia de recursos humanos y Subgerente de Logística y Control Patrimonial entreguen lo solicitado.
Mediante Resolución 000687-2021-JUS/TTAIP-PRIMERA SALA se admitió a trámite el referido recurso impugnatorio, requiriendo a la entidad la presentación del expediente administrativo generado para la atención de la solicitud de acceso a lainformación pública, así como la formulación de sus descargos, los cuales a la fecha de emisión de la presente resolución no han sido presentados.
Con fecha 24 de febrero de 2021, en ejercicio de su derecho de acceso a la información pública, el recurrente solicitó copia fedateada “(…) de los términos de referencia utilizados para la contratación de Manuel López Orrego, como Coordinador de Seguridad ciudadana durante el periodo de enero a diciembre de 2019”.
El 31 de marzo de 2021, al considerar denegada la referida solicitud y en aplicación del silencio administrativo negativo, el recurrente interpuso ante la entidad el recurso de apelación materia de análisis, requiriéndose se ordene a la Subgerencia de recursos humanos y Subgerente de Logística y Control Patrimonial entreguen lo solicitado.
Mediante Resolución 000687-2021-JUS/TTAIP-PRIMERA SALA se admitió a trámite el referido recurso impugnatorio, requiriendo a la entidad la presentación del expediente administrativo generado para la atención de la solicitud de acceso a lainformación pública, así como la formulación de sus descargos, los cuales a la fecha de emisión de la presente resolución no han sido presentados.
Esta norma pertenece al compendio Resoluciones de Fondo - Primera Sala