Resolución N.° 000442-2021-JUS/TTAIP-PRIMERA SALA

4 de marzo de 2021

VISTO el Expediente de Apelación N° 00301-2020-JUS/TTAIP de fecha 12 de febrero de 2021, interpuesto por MIGUEL ANGEL ROJAS MEDINA contra la denegatoria por silencio administrativo negativo de la solicitud de acceso a la información pública presentada ante la UNIDAD DE GESTIÓN EDUCATIVA LOCAL DE PARINACOCHAS con Registro de Expediente N° 2672105 con fecha 26 de enero de 2021.
Con fecha 26 de enero de 2021, el recurrente solicitó a la entidad la siguiente información: “copias autenticadas de los siguientes documentos: 1.- El Informe N° 084-GRA/GG-GRD-DRE-UGELP-D-AGI-ER, de fecha 20 de noviembre de 2020. 2.-El proyecto de Implementación del Centro Rural de Formación en Alternancia – CRFA “José Antonio Encinas Franco de Huanaccmarca”. 3.- El Proyecto Educativo Institucional. 4.- El Plan Anual de Trabajo. 5.- Reglamento Interno. 6.- Planes de Formación. 7.- Perfil del Egresado. 8.- Convenio Tripartito (Comunidad Campesina de Huanaccmarca, UGELP, Municipalidad Distrital de Coronel Castañeda). 9.- Demás documentos que forman parte del expediente de conversión de la I.E.EBR José Antonio Encinas Franco en CRFA.”
Con fecha 12 de febrero de 2021 el recurrente interpuso el recurso de apelación materia de análisis, al considerar denegada su solicitud en aplicación del silencio administrativo negativo.
Mediante la Resolución N° 000313-2021-JUS_TTAIP-PRIMERA SALA de fecha 17 de febrero de 2021 se admitió a trámite el referido recurso impugnatorio y se requirió a la entidad remitir el expediente administrativo y la formulación de sus descargos,y hasta la fecha de emisión de la presente resolución no ha remitido la documentación requerida.

Esta norma pertenece al compendio Resoluciones de Fondo - Primera Sala

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