Resolución N.° 000541-2021-JUS/TTAIP-PRIMERA SALA
22 de marzo de 2021
VISTO el Expediente de Apelación N° 000415-2020-JUS/TTAIP de fecha 05 de marzo de 2021, interpuesto por SOFIA JANETT DONAIRES VEGA contra la denegatoria por silencio administrativo negativo de la solicitud de acceso a la información pública presentada ante la MUNICIPALIDAD DE SANTIAGO DE SURCO con Registro de Expediente N° 1020292021 con fecha 02 de febrero de 2021.
Con fecha 02 de febrero de 2021, la recurrente solicitó a la entidad la siguiente información: “la Constancia de Visita 309-CAAR-2019-SGFCA-GSEGC-MSS en la que se habría constatado que los departamentos 203, 302, 402 y 502, del Block 19, Conjunto Residencial La Cruceta, Av Los Próceres 750, Santiago de Surco, ejecutaron instalaciones y puertas sobre áreas de pasadizo que serían áreas comunes. Asimismo, y relacionado a dicho asunto, solicito lo siguiente: 1) Papeletas de Infracción impuestas contra los administrados mencionados, así como las actas de notificación correspondientes. 2) Los descargos y, de ser el caso, recursos interpuestos por los administrados mencionados ante la Municipalidad. 3) Todas las resoluciones que se hayan emitido por la Municipalidad posteriormente a la interposición de las papeletas de infracción y con relación a los departamentos 203, 302, y 402, así como las actas de notificación correspondientes, hasta la culminación del procedimiento administrativo sancionador que se les inició.”
Con fecha 05 de marzo de 2021 la recurrente interpuso el recurso de apelación materia de análisis, al considerar denegada su solicitud en aplicación del silencio administrativo negativo.
Mediante la Resolución N° 000463-2021-JUS_TTAIP-PRIMERA SALA de fecha 8 de marzo de 2021 se admitió a trámite el referido recurso impugnatorio y se requirió a la entidad remitir el expediente administrativo y la formulación de sus descargos.
Con documento recibido en esta instancia el 17 de marzo de 2021, la recurrente remite copia del Registro de Solicitud de Acceso a la Información - Expediente 1020292021 - Mesa de Partes Virtual de la Municipalidad Distrital de Santiago de Surco de fecha dos de febrero de 2021, que la entidad remitió a su correo personal.
Mediante escrito recibido en esta instancia el 18 de marzo de 2021, la entidad presentó sus descargos indicando que con la Carta N° 389-2021-SG-MSS y el Informe N° 150-2021-SGFCA-GSEGC-MSS ambos de fecha 08 de marzo de 2021, remitió la información solicitada por la recurrente vía correo electrónico a través del sistema de notificación electrónica de la entidad.
Con fecha 22 de marzo de 2021, la recurrente presenta un escrito señalando que el 17 de marzo de 2021, vía plataforma digital, la entidad le remitió la Carta N°389-2021-SG-MSS que contiene el Informe N°150-2021-SGFCA-GSEG-MSS con el cual la Subgerencia de Fiscalización y Coactiva Administrativa adjunta 66 folios, documentación que formaría parte de la información que solicitó; sin embargo, precisa que la misma le ha sido remitida en forma incompleta y en desorden cronológico.
Con fecha 02 de febrero de 2021, la recurrente solicitó a la entidad la siguiente información: “la Constancia de Visita 309-CAAR-2019-SGFCA-GSEGC-MSS en la que se habría constatado que los departamentos 203, 302, 402 y 502, del Block 19, Conjunto Residencial La Cruceta, Av Los Próceres 750, Santiago de Surco, ejecutaron instalaciones y puertas sobre áreas de pasadizo que serían áreas comunes. Asimismo, y relacionado a dicho asunto, solicito lo siguiente: 1) Papeletas de Infracción impuestas contra los administrados mencionados, así como las actas de notificación correspondientes. 2) Los descargos y, de ser el caso, recursos interpuestos por los administrados mencionados ante la Municipalidad. 3) Todas las resoluciones que se hayan emitido por la Municipalidad posteriormente a la interposición de las papeletas de infracción y con relación a los departamentos 203, 302, y 402, así como las actas de notificación correspondientes, hasta la culminación del procedimiento administrativo sancionador que se les inició.”
Con fecha 05 de marzo de 2021 la recurrente interpuso el recurso de apelación materia de análisis, al considerar denegada su solicitud en aplicación del silencio administrativo negativo.
Mediante la Resolución N° 000463-2021-JUS_TTAIP-PRIMERA SALA de fecha 8 de marzo de 2021 se admitió a trámite el referido recurso impugnatorio y se requirió a la entidad remitir el expediente administrativo y la formulación de sus descargos.
Con documento recibido en esta instancia el 17 de marzo de 2021, la recurrente remite copia del Registro de Solicitud de Acceso a la Información - Expediente 1020292021 - Mesa de Partes Virtual de la Municipalidad Distrital de Santiago de Surco de fecha dos de febrero de 2021, que la entidad remitió a su correo personal.
Mediante escrito recibido en esta instancia el 18 de marzo de 2021, la entidad presentó sus descargos indicando que con la Carta N° 389-2021-SG-MSS y el Informe N° 150-2021-SGFCA-GSEGC-MSS ambos de fecha 08 de marzo de 2021, remitió la información solicitada por la recurrente vía correo electrónico a través del sistema de notificación electrónica de la entidad.
Con fecha 22 de marzo de 2021, la recurrente presenta un escrito señalando que el 17 de marzo de 2021, vía plataforma digital, la entidad le remitió la Carta N°389-2021-SG-MSS que contiene el Informe N°150-2021-SGFCA-GSEG-MSS con el cual la Subgerencia de Fiscalización y Coactiva Administrativa adjunta 66 folios, documentación que formaría parte de la información que solicitó; sin embargo, precisa que la misma le ha sido remitida en forma incompleta y en desorden cronológico.
Esta norma pertenece al compendio Resoluciones de Fondo - Primera Sala