Resolución N.° 000241-2021-JUS/TTAIP-PRIMERA SALA

10 de febrero de 2021

VISTO el Expediente de Apelación N° 00038-2021-JUS/TTAIP de fecha 7 de enero de 2021, interpuesto por el SINDICATO NACIONAL DE TRABAJADORES DEL MINISTERIO DE VIVIENDA, CONSTRUCCIÓN Y SANEAMIENTO contra la comunicación electrónica recibida con fecha 30 de diciembre de 2020 mediante la cual el MINISTERIO DE VIVIENDA, CONSTRUCCIÓN Y SANEAMIENTO atendió la solicitud de acceso a la información pública presentada el 14 de diciembre de 2020 y registrada con HT N° 141420-2020.
Con fecha 14 de diciembre de 2020, el recurrente en ejercicio de su derecho de acceso a la información pública solicitó a la entidad la siguiente información: “copia de la evaluación realizada por el Ministerio de Vivienda, Construcción y Saneamiento, dispuesta en el Informe Técnico N° 1197-2020-SERVIR/GPGSC, sobre otorgamiento del uniforme a los servidores nombrados del Ministerio de Vivienda, Construcción y Saneamiento, que contenga sobre entrega a los servidores que hacen trabajo remoto en estado de emergencia nacional por pandemia.”
Mediante comunicación electrónica recibida con fecha 30 de diciembre de 2020, la entidad atendió la solicitud de información, trasladando al recurrente el Oficio N° 104-2020-VIVIENDA/SG-OAC-AIP el cual indica que a través del Memorándum N° 1518-2020-VIVIENDA-OGGRH se brinda respuesta a lo solicitado. El referido documento señala que la Oficina de Recursos Humanos sustentó sus decisiones en los Informes Técnicos de la Autoridad Nacional de Servicio Civil N° 1192-2020, 1197-2020, 1205-2020, 1321-2020, 1465-2020, en los cuales SERVIR indica que no resultaría posible otorgar dichas condiciones de trabajo durante el estado de emergencia nacional ya que no sería compatible con la finalidad de su otorgamiento, esto es, su uso en el ejercicio de labores presenciales; agrega que dicha información fue compartida con la organización sindical en reuniones sostenidas con aquella.
Con fecha 7 de enero de 2021 la entidad remitió a esta instancia el Oficio N° 03-2021-VIVIENDA/SG-OAC-AIP a través del cual traslada el recurso de apelación interpuesto por el recurrente y fechado el 04 de enero de 2021, indicando que no se le había otorgado la información que solicitó y que la misma no se encuentra dentro de las excepciones al ejercicio del derecho de acceso a la información pública.
Mediante la Resolución N° 000046-2021-JUS_TTAIP-PRIMERA SALA de fecha 20 de enero de 2021 se admitió a trámite el referido recurso impugnatorio y se requirió a la entidad remitir el expediente administrativo y la formulación de sus descargos, los cuales fueron remitidos con fecha 09 de febrero de 2021, indicando que en el Memorándum N° 1518-2020-VIVIENDA-OGGRH se había señalado que las decisiones de la entidad sobre el tema consultado se sustentan en los informes técnicos de servir, señalando con ello que no existe un documento que contenga la evaluación para la toma de sus decisiones generado como consecuencia directa del Informe Técnico N° 1197-2020-SERVIR/GPGSC, ya que este no obliga realizar una evaluación que conste en un documento de si la entrega de uniforme constituye una condición de trabajo, solo emite una recomendación.

Esta norma pertenece al compendio Resoluciones de Fondo - Primera Sala

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