Resolución N.° 010300312021
11 de enero de 2021
VISTO el Expediente de Apelación Nº 01468-2020-JUS/TTAIP de fecha 23 de noviembre de 2020, interpuesto por CARLOS EDUARDO PAREDES RAMOS contra la denegatoria por silencio administrativo negativo de su solicitud de acceso a la información pública presentada ante la MUNICIPALIDAD DISTRITAL DE SAN MIGUEL-PUNO con Expediente N° 3576 de fecha 19 de octubre de 2020.
Con fecha 19 de octubre de 2020, en ejercicio de su derecho de acceso a la información pública, el recurrente solicitó a la entidad la siguiente información:
“1. Informe la fecha de ingreso laboral del señor Israel Mamani Tito en la Municipalidad Distrital de San Miguel.
2. Informe la fecha de ingreso laboral del señor Israel Mamani Tito en la Sub Gerencia de Planeamiento y Control Urbano de la Municipalidad Distrital de San Miguel.
3. Se informe con qué documento se ha contratado los servicios del Israel Mamani Tito en la Sub Gerencia de Planeamiento y Control Urbano de la Municipalidad Distrital de San Miguel, debiendo remitir una copia certificada del contrato o Resolución, o en su defecto precisar el numero de documento y fecha de expedición.
4. Copia certificada de la hoja de vida del servidor civil Israel Mamani Tito.
5. Se informe si el señor Israel Mamani Tito, presenta procesos administrativos disciplinarios, quejas y sanciones disciplinarias en su Institución, debiendo indicar los números de expediente. [sic]”
El 16 de noviembre de 2020, al considerar denegada la referida solicitud y en aplicación del silencio administrativo negativo, el recurrente interpuso ante la entidad el recurso de apelación materia de análisis.
Mediante la Resolución N° 010109462020 de fecha 15 de diciembre de 2020, esta instancia admitió a trámite el recurso de apelación y solicitó a la entidad la formulación de sus descargos y la remisión del expediente administrativo generado para la atención de la solicitud del recurrente, cuyos requerimientos no fueron atendidos dentro del plazo otorgado, incluido el término de la distancia, correspondiente.
Con fecha 19 de octubre de 2020, en ejercicio de su derecho de acceso a la información pública, el recurrente solicitó a la entidad la siguiente información:
“1. Informe la fecha de ingreso laboral del señor Israel Mamani Tito en la Municipalidad Distrital de San Miguel.
2. Informe la fecha de ingreso laboral del señor Israel Mamani Tito en la Sub Gerencia de Planeamiento y Control Urbano de la Municipalidad Distrital de San Miguel.
3. Se informe con qué documento se ha contratado los servicios del Israel Mamani Tito en la Sub Gerencia de Planeamiento y Control Urbano de la Municipalidad Distrital de San Miguel, debiendo remitir una copia certificada del contrato o Resolución, o en su defecto precisar el numero de documento y fecha de expedición.
4. Copia certificada de la hoja de vida del servidor civil Israel Mamani Tito.
5. Se informe si el señor Israel Mamani Tito, presenta procesos administrativos disciplinarios, quejas y sanciones disciplinarias en su Institución, debiendo indicar los números de expediente. [sic]”
El 16 de noviembre de 2020, al considerar denegada la referida solicitud y en aplicación del silencio administrativo negativo, el recurrente interpuso ante la entidad el recurso de apelación materia de análisis.
Mediante la Resolución N° 010109462020 de fecha 15 de diciembre de 2020, esta instancia admitió a trámite el recurso de apelación y solicitó a la entidad la formulación de sus descargos y la remisión del expediente administrativo generado para la atención de la solicitud del recurrente, cuyos requerimientos no fueron atendidos dentro del plazo otorgado, incluido el término de la distancia, correspondiente.
Esta norma pertenece al compendio Resoluciones de Fondo - Primera Sala