Resolución N.° 000008-2021-JUS/TTAIP-PRIMERA SALA
14 de enero de 2021
VISTO el Expediente de Apelación Nº 01552-2020-JUS/TTAIP de fecha 30 de noviembre de 2020, interpuesto por ROLANDO CONCHA LOPEZ contra el Oficio N° 02093-2020-MINEDU/VMGP-DIGEBR notificado el 28 de noviembre de 2020 mediante el cual el MINISTERIO DE EDUCACIÓN denegó la solicitud de acceso a la información pública presentada con fecha 09 de octubre de 2020.
“1) el enfoque didáctico para la enseñanza de cada una de las áreas curriculares que el MINEDU alcanza a las editoriales privadas para la elaboración del material pedagógico vigente, denominado “textos escolares”, “cuadernos de trabajo”, “libro del docente” de las siguientes áreas curriculares del nivel secundario: matemática, comunicación, inglés como lengua extranjera, castellano como segunda lengua, ciencia y tecnología, desarrollo personal, ciudadanía y cívica, ciencias sociales, educación para el trabajo, arte y cultura, educación religiosa, educación física.
2) el Cartel de Contenidos (campos temáticos) que el MINEDU alcanza a las editoriales privadas para la elaboración del material pedagógico vigente, denominado “textos escolares”, “cuadernos de trabajo”, “libro del docente” de las siguientes áreas curriculares del nivel secundario: matemática, comunicación, inglés como lengua extranjera, castellano como segunda lengua, ciencia y tecnología, desarrollo personal, ciudadanía y cívica, ciencias sociales, educación para el trabajo, arte y cultura, educación religiosa, educación física.
3) el documento del concurso público, bases, para la elaboración del material pedagógico vigente, denominado “textos escolares”, “cuadernos de trabajo”, “libro del docente” de las siguientes áreas curriculares del nivel secundario: matemática, comunicación, inglés como lengua extranjera, castellano como segunda lengua, ciencia y tecnología, desarrollo personal, ciudadanía y cívica, ciencias sociales, educación para el trabajo, arte y cultura, educación religiosa, educación física.
4) contrato y adendas firmadas entre el MINEDU y las editoriales privadas ganadoras del concurso público para la elaboración del material pedagógico vigente, denominado “textos escolares”, “cuadernos de trabajo”, “libro del docente” de las siguientes áreas curriculares del nivel secundario: matemática, comunicación, inglés como lengua extranjera, castellano como segunda lengua, ciencia y tecnología, desarrollo personal, ciudadanía y cívica, ciencias sociales, educación para el trabajo, arte y cultura, educación religiosa, educación física.
5) en archivo excel, el presupuesto pagado a las editoriales privadas, para el diseño, impresión, reimpresión, y entrega del material pedagógico vigente denominado “textos escolares”, “cuadernos de trabajo”, “libro del docente” de las siguientes áreas curriculares del nivel secundario, desagregado por año, por editorial privada, y por área curricular: matemática, comunicación, inglés como lengua extranjera, castellano como segunda lengua, ciencia y tecnología, desarrollo personal, ciudadanía y cívica, ciencias sociales, educación para el trabajo, arte y cultura, educación religiosa, educación física.
6) Datos de contacto, nombre, cargo, teléfono/anexo, correo y celular institucional de los responsables en cada editorial privada, del diseño, impresión, reimpresión y entrega del material pedagógico vigente, denominado “textos escolares”, “cuadernos de trabajo”, “libro del docente” de las siguientes áreas curriculares del nivel secundario: matemática, comunicación, inglés como lengua extranjera, castellano como segunda lengua, ciencia y tecnología, desarrollo personal, ciudadanía y cívica, ciencias sociales, educación para el trabajo, arte y cultura, educación religiosa, educación física.
Con Carta N° 243-2020-MINEDU/VMGP-DIGEBR-UARE de 16 de noviembre de 2020, la Unidad de Adquisición de Recursos Educativos solicita al recurrente precisar el número de procedimiento de selección y año de convocatoria a fin de atender la solicitud de información.
Con Oficio N° 02093-2020-MINEDU/VMGP-DIGEBR-DES notificado el 28 de noviembre de 2020, la entidad envía al recurrente la respuesta a su solicitud en el Informe N° 2740-2020-MINEDU/VMGP-DIGEBR-DES señalando que respecto de los numerales 1 y 2 relacionados a los “campos temáticos” y “enfoques didácticos de la enseñanza” no ha elaborado, ni desarrollado documentos que contengan dichos términos ya que son contradictorios al enfoque por competencias establecidas en el currículo nacional de la educación básica y en el programa curricular de educación secundaria. Agregó que, respecto a la información sobre las bases, contratos, adendas y presupuestos de materiales educativos, comunicó al administrado que para su atención era necesario precisar el número de procedimiento de selección y el año de convocatoria para cada uno de los aspectos solicitados.
Con fecha 30 de noviembre de 2020 el recurrente presentó ante esta instancia el recurso de apelación materia de análisis, contra el Oficio N° 02093-2020-MINEDU/VMGP-DIGEBR-DES alegando que tanto el cartel de contenidos como el enfoque didáctico que la entidad alcanzaría a las editoriales privadas para la elaboración de los textos escolares, es información pública que ya existe, y que se constituye en una orientación para la elaboración de dichos textos, sin la cual las editoriales no pueden hacer los libros, pues la entidad les debe señalar que didáctica utilizar, y si no los denomina de esa forma o los llama de otra manera, eso no quiere decir que dicha información no exista.
Agrega que respecto de la información solicitada con los ítems 3, 4, 5 y 6, la entidad ha requerido que precise el número de procedimiento de selección y el año de convocatoria para cada uno de los aspectos solicitados; con lo cual no está de acuerdo, ya que se le está pidiendo una información que sólo la entidad conoce.
Mediante la Resolución N° 010109852020 de fecha 29 de diciembre de 2020, se admitió a trámite el citado recurso de apelación y se requirió a la entidad la formulación de sus descargos y la remisión del expediente administrativo generado para la atención de la solicitud de acceso a la información pública; los cuales fueron presentados con fecha 14 de enero de 2021, con el Oficio N° 00101-2021-MINEDU/VMGP-DIGEBR-DES adjuntando el Informe N° 00108-2021-MINEDU/VMGP-DIGEBR-DES en el cual reitera lo alegado en la respuesta a la solicitud, agregando que no dispone de documentos denominados carteles de contenidos o campo temático para las áreas curriculares, o enfoque didáctico para la enseñanza por lo que al no existir, estos no han sido remitidos a las editoriales para la elaboración de textos escolares u otros materiales educativos.
“1) el enfoque didáctico para la enseñanza de cada una de las áreas curriculares que el MINEDU alcanza a las editoriales privadas para la elaboración del material pedagógico vigente, denominado “textos escolares”, “cuadernos de trabajo”, “libro del docente” de las siguientes áreas curriculares del nivel secundario: matemática, comunicación, inglés como lengua extranjera, castellano como segunda lengua, ciencia y tecnología, desarrollo personal, ciudadanía y cívica, ciencias sociales, educación para el trabajo, arte y cultura, educación religiosa, educación física.
2) el Cartel de Contenidos (campos temáticos) que el MINEDU alcanza a las editoriales privadas para la elaboración del material pedagógico vigente, denominado “textos escolares”, “cuadernos de trabajo”, “libro del docente” de las siguientes áreas curriculares del nivel secundario: matemática, comunicación, inglés como lengua extranjera, castellano como segunda lengua, ciencia y tecnología, desarrollo personal, ciudadanía y cívica, ciencias sociales, educación para el trabajo, arte y cultura, educación religiosa, educación física.
3) el documento del concurso público, bases, para la elaboración del material pedagógico vigente, denominado “textos escolares”, “cuadernos de trabajo”, “libro del docente” de las siguientes áreas curriculares del nivel secundario: matemática, comunicación, inglés como lengua extranjera, castellano como segunda lengua, ciencia y tecnología, desarrollo personal, ciudadanía y cívica, ciencias sociales, educación para el trabajo, arte y cultura, educación religiosa, educación física.
4) contrato y adendas firmadas entre el MINEDU y las editoriales privadas ganadoras del concurso público para la elaboración del material pedagógico vigente, denominado “textos escolares”, “cuadernos de trabajo”, “libro del docente” de las siguientes áreas curriculares del nivel secundario: matemática, comunicación, inglés como lengua extranjera, castellano como segunda lengua, ciencia y tecnología, desarrollo personal, ciudadanía y cívica, ciencias sociales, educación para el trabajo, arte y cultura, educación religiosa, educación física.
5) en archivo excel, el presupuesto pagado a las editoriales privadas, para el diseño, impresión, reimpresión, y entrega del material pedagógico vigente denominado “textos escolares”, “cuadernos de trabajo”, “libro del docente” de las siguientes áreas curriculares del nivel secundario, desagregado por año, por editorial privada, y por área curricular: matemática, comunicación, inglés como lengua extranjera, castellano como segunda lengua, ciencia y tecnología, desarrollo personal, ciudadanía y cívica, ciencias sociales, educación para el trabajo, arte y cultura, educación religiosa, educación física.
6) Datos de contacto, nombre, cargo, teléfono/anexo, correo y celular institucional de los responsables en cada editorial privada, del diseño, impresión, reimpresión y entrega del material pedagógico vigente, denominado “textos escolares”, “cuadernos de trabajo”, “libro del docente” de las siguientes áreas curriculares del nivel secundario: matemática, comunicación, inglés como lengua extranjera, castellano como segunda lengua, ciencia y tecnología, desarrollo personal, ciudadanía y cívica, ciencias sociales, educación para el trabajo, arte y cultura, educación religiosa, educación física.
Con Carta N° 243-2020-MINEDU/VMGP-DIGEBR-UARE de 16 de noviembre de 2020, la Unidad de Adquisición de Recursos Educativos solicita al recurrente precisar el número de procedimiento de selección y año de convocatoria a fin de atender la solicitud de información.
Con Oficio N° 02093-2020-MINEDU/VMGP-DIGEBR-DES notificado el 28 de noviembre de 2020, la entidad envía al recurrente la respuesta a su solicitud en el Informe N° 2740-2020-MINEDU/VMGP-DIGEBR-DES señalando que respecto de los numerales 1 y 2 relacionados a los “campos temáticos” y “enfoques didácticos de la enseñanza” no ha elaborado, ni desarrollado documentos que contengan dichos términos ya que son contradictorios al enfoque por competencias establecidas en el currículo nacional de la educación básica y en el programa curricular de educación secundaria. Agregó que, respecto a la información sobre las bases, contratos, adendas y presupuestos de materiales educativos, comunicó al administrado que para su atención era necesario precisar el número de procedimiento de selección y el año de convocatoria para cada uno de los aspectos solicitados.
Con fecha 30 de noviembre de 2020 el recurrente presentó ante esta instancia el recurso de apelación materia de análisis, contra el Oficio N° 02093-2020-MINEDU/VMGP-DIGEBR-DES alegando que tanto el cartel de contenidos como el enfoque didáctico que la entidad alcanzaría a las editoriales privadas para la elaboración de los textos escolares, es información pública que ya existe, y que se constituye en una orientación para la elaboración de dichos textos, sin la cual las editoriales no pueden hacer los libros, pues la entidad les debe señalar que didáctica utilizar, y si no los denomina de esa forma o los llama de otra manera, eso no quiere decir que dicha información no exista.
Agrega que respecto de la información solicitada con los ítems 3, 4, 5 y 6, la entidad ha requerido que precise el número de procedimiento de selección y el año de convocatoria para cada uno de los aspectos solicitados; con lo cual no está de acuerdo, ya que se le está pidiendo una información que sólo la entidad conoce.
Mediante la Resolución N° 010109852020 de fecha 29 de diciembre de 2020, se admitió a trámite el citado recurso de apelación y se requirió a la entidad la formulación de sus descargos y la remisión del expediente administrativo generado para la atención de la solicitud de acceso a la información pública; los cuales fueron presentados con fecha 14 de enero de 2021, con el Oficio N° 00101-2021-MINEDU/VMGP-DIGEBR-DES adjuntando el Informe N° 00108-2021-MINEDU/VMGP-DIGEBR-DES en el cual reitera lo alegado en la respuesta a la solicitud, agregando que no dispone de documentos denominados carteles de contenidos o campo temático para las áreas curriculares, o enfoque didáctico para la enseñanza por lo que al no existir, estos no han sido remitidos a las editoriales para la elaboración de textos escolares u otros materiales educativos.
Esta norma pertenece al compendio Resoluciones de Fondo - Primera Sala