Resolución N.° 000053-2021-JUS/TTAIP-PRIMERA SALA
20 de enero de 2021
VISTO el Expediente de Apelación Nº 01661-2020-JUS/TTAIP de fecha 21 de diciembre de 2020, interpuesto por FERNANDO OSORES PLENGE, contra la respuesta contenida en el correo electrónico de fecha el 17 de diciembre de 2020, a través del cual el INSTITUTO NACIONAL DE SALUD atendió la solicitud de acceso a la información pública número V 0818-20 INS, contenida en el REGISTRO N° 00026119-20.
En ejercicio de su derecho de acceso a la información pública, y en atención a la solicitud de acceso a la información pública número V 0818-20 INS, contenida en el Registro N° 00026119-20, el recurrente requirió a la entidad se le proporcione en CD la siguiente información:
“(…)
1) La directiva técnica emitida por el INS que regula la cadena de custodia de muestras biológicas humanas del CENSOPAS/INS/MINSA y su resolución de aprobación.
2) Oficio N° 01340-2019-JEF-OPE/INS y todos sus documentos anexos.
3) Oficio N° 01328-JEF-ONPE/INS y todos sus documentos anexos
4) Oficio N° 147-2019-JEF/INS y todos sus documentos anexos”.
Con correo electrónico de fecha 17 de diciembre de 2020, la entidad comunicó al recurrente que “(…) Respecto al ítem 1, se adjunta el Memorando N° 729-2020-DG-CENSOPAS/INS (02 folios) emitido por el Centro Nacional de Salud Ocupacional y Protección del Ambiente para la Salud, señalando CENSOPAS no ha elaborado ni producido la referida Directiva por lo cual al amparo del art. 13 de la Ley 27806 no es posible brindar dicha información; respecto a los ítems 2 y 3, no es posible brindar la información de acuerdo a lo señalado en el correo remitido por jefatura del INS (01 folio y en el Oficio N° 05405-2020-PP/MINSA (03 folios). En relación al ítem 4, se adjunta el Oficio Nº 00147-2019-JEF-OPE/INS (03 folios)”.
En ejercicio de su derecho de acceso a la información pública, y en atención a la solicitud de acceso a la información pública número V 0818-20 INS, contenida en el Registro N° 00026119-20, el recurrente requirió a la entidad se le proporcione en CD la siguiente información:
“(…)
1) La directiva técnica emitida por el INS que regula la cadena de custodia de muestras biológicas humanas del CENSOPAS/INS/MINSA y su resolución de aprobación.
2) Oficio N° 01340-2019-JEF-OPE/INS y todos sus documentos anexos.
3) Oficio N° 01328-JEF-ONPE/INS y todos sus documentos anexos
4) Oficio N° 147-2019-JEF/INS y todos sus documentos anexos”.
Con correo electrónico de fecha 17 de diciembre de 2020, la entidad comunicó al recurrente que “(…) Respecto al ítem 1, se adjunta el Memorando N° 729-2020-DG-CENSOPAS/INS (02 folios) emitido por el Centro Nacional de Salud Ocupacional y Protección del Ambiente para la Salud, señalando CENSOPAS no ha elaborado ni producido la referida Directiva por lo cual al amparo del art. 13 de la Ley 27806 no es posible brindar dicha información; respecto a los ítems 2 y 3, no es posible brindar la información de acuerdo a lo señalado en el correo remitido por jefatura del INS (01 folio y en el Oficio N° 05405-2020-PP/MINSA (03 folios). En relación al ítem 4, se adjunta el Oficio Nº 00147-2019-JEF-OPE/INS (03 folios)”.
Esta norma pertenece al compendio Resoluciones de Fondo - Primera Sala