Resolución N.° 000395-2021-JUS/TTAIP-SEGUNDA SALA

23 de febrero de 2021

VISTO el Expediente de Apelación Nº 00130-2021-JUS/TTAIP de fecha 20 de enero de 2021, interpuesto por FERNANDO OSORES PLENGE contra las comunicaciones contenidas en los correos electrónicos de fechas 24 de noviembre de 2020 y 18 de enero de 2021, emitidas por el INSTITUTO NACIONAL DE SALUD, mediante las cuales atendió su solicitud de acceso a la información pública N° V0667-20, con Registro Nº 00023446-20.
De autos se aprecia que mediante la solicitud de acceso a la información pública N° V0667-20, con Registro Nº 00023446-20, el recurrente solicitó a la entidad la reproducción en formato CD de la siguiente información:
“1) TODA LA DOCUMENTACIÓN QUE ES PARTE DE LA AUDITORIA DE CUMPLIMIENTO AL INSTITUTO NACIONAL DE SALUD "A LA ADQUISICIÓN DE BIENES Y SERVICIOS BAJO LA MODALIDAD DE EXONERACIÓN DE PROCESOS DE SELECCIÓN - EXO, CONTRATACIÓN DIRECTA - CD Y ADQUISICIONES SIN PROCESO ASP" CON RELACIÓN AL EXPEDIENTE DE LA CONTRATACIÓN DIRECTA N.° 006-2016 OPE/INS PARA LA CONTRATACIÓN DEL "SERVICIÓ DE ANÁLISIS DE MUESTRAS AMBIENTALES DEL ESTUDIO DE INVESTIGACIÓN 4 CUENCAS, DE LOS RÍOS PASTAZA, MARAÑÓN, TIGRE Y CORRIENTES" COMO CONSTA EN EL OFICIO Nº 046-2017-AC-CAB-OCI/INS INCLUYENDO EN PROPIO INFORME DE AUDITORIA POR EL OCI Y 2) TODA LA DOCUMENTACIÓN QUE HACE PARTE DEL EXPEDIENTE DE LA CONTRATACIÓN DIRECTA Nº 006-2016-OPE/INS” (sic)
Mediante el correo electrónico de fecha 24 de noviembre de 2020, la entidad brindó atención a la solicitud del recurrente, conforme al siguiente detalle:
“TODA LA DOCUMENTACIÓN QUE ES PARTE DE LA AUDITORIA DE CUMPLIMIENTO AL INSTITUTO NACIONAL DE SALUD "A LA ADQUISICIÓN DE BIENES Y SERVICIOS BAJO LA MODALIDAD DE EXONERACIÓN DE PROCESOS DE SELECCIÓN - EXO, CONTRATACIÓN DIRECTA - CD Y ADQUISICIONES SIN PROCESO ASP" CON RELACIÓN AL EXPEDIENTE DE LA CONTRATACIÓN DIRECTA N.° 006-2016 OPE/INS PARA LA CONTRATACIÓN DEL "SERVICIÓ DE ANÁLISIS DE MUESTRAS AMBIENTALES DEL ESTUDIO DE INVESTIGACIÓN 4 CUENCAS, DE LOS RÍOS PASTAZA, MARAÑÓN, TIGRE Y CORRIENTES"
NOTA. Los 18 archivos en pdf. se enviarán por WeTransfer (aplicación de archivos pesados).” (sic)
Asimismo, añadió que la referida solicitud ha sido atendida con el Memorando Nº 280-2020-OCI/INS, emitido por el Órgano de Control Institucional de la entidad1.
Con fecha 26 de noviembre de 20202, el recurrente remitió un correo electrónico con el asunto: “solicito se entregue el total de la información: RESPUESTA - SOLICITUD DE TRANSPARENCIA V 0667-20 INS (REGISTRO Nº 00023446-20)”, indicando que la información recibida es incompleta y se omitió la entrega de documentos requeridos. Agregando, que el OCI de la entidad solo le entregó cuadros que sintetizan la información referencial, cuando lo requerido fue toda la documentación incluidos los documentos referenciales de la información solicitada, los informes de acción simultánea, el informe final, etc. Faltando también toda la carpeta de Contratación Directa Nº 006-2016-OPE-INS, entre otras que le fueron remitidas al OCI de la entidad, adjuntando una copia del Informe Nº 176-2017-OEL-OGA/INS, el mismo que hace mención a los expedientes de Contratación Directa Nº 006-2016-OPE/INS y Contratación Directa Nº 014-2016-OPE/INS, reiterando la entrega de toda la información en forma completa.
Mediante el correo electrónico de fecha 18 de enero de 2021, la entidad atendió al correo electrónico señalado en el párrafo anterior, remitiendo para ello el Memorándum Nº 302-2020-OCI/INS, y este a su vez adjuntó la Hoja Informativa Nº 011-2020-DWBA-AUR-OCI/INS, a través del cual el OCI de la entidad indicó que como resultado de la búsqueda en las carpetas de los documentos de la Auditoría de Cumplimiento al Instituto Nacional de Salud "A LA ADQUISICIÓN DE BIENES Y SERVICIOS BAJO LA MODALIDAD DE EXONERACIÓN DE PROCESOS DE SELECCIÓN - EXO, CONTRATACIÓN DIRECTA - CD Y ADQUISICIONES SIN PROCESO ASP", periodo 1 de enero de 2015 al 31 de diciembre de 2016, mediante el Memorándum Nº 280-2020-OCI/INS, se remitió a la responsable de brindar la información pública, 18 archivos electrónicos relacionados a la Contratación Directa Nº 006-2016-OPE/INS para la contratación del "SERVICIO DE ANÁLISIS DE MUESTRAS AMBIENTALES DEL ESTUDIO DE INVESTIGACIÓN 4 CUENCAS, DE LOS RÍOS PASTAZA, MARAÑÓN, TIGRE Y CORRIENTES", los mismos que fueron remitidos en medio magnético (CD). Precisando, que la documentación que forma parte de dicha Auditoría de Cumplimiento, está referida al desarrollo de los procedimientos del programa de auditoría, en los cuales se describe la labor realizada por la Comisión de Auditoría; en tal sentido, se adjuntó los documentos que sustentan el análisis y ejecución de los citados procedimientos.
Asimismo, señaló que la solicitud de información no hace mención a los informes de acción simultánea e informe final, por lo que no se omitió entregar dicha información. Añade, que en la Auditoría de Cumplimiento no hay ningún informe de acción simultánea y el Informe Final de dicha auditoría fue remitido al recurrente mediante el Memorándum Nº 259-2020-OCI/INS de fecha 27 de octubre de 2020. Asimismo, se aprecia lo siguiente: “sobre el particular es preciso señalar que el literal d) de del artículo 10 de la Ley Nº 27806 Ley de Trasparencia y Acceso Información Pública, señala lo siguiente: d) Expresión concreta y precisa del pedido de información, así como cualquier otro dato que propicie la localización o facilite la búsqueda de la información solicitada”. Finalmente, sobre la claridad de las fotocopias entregadas, las mismas se encuentran publicadas en la página web de la entidad, desde donde fueron impresas, encontrándose con dichas características en sus archivos.
Con fecha 20 de enero de 2021, el recurrente interpuso el recurso de apelación materia de análisis, señalando que la entidad solo le ha entregado un listado de documentación, pero no los documentos solicitados para realizar la auditoría. Precisó que el hecho de que se le haya entregado a través de otra solicitud de acceso a la información el Informe Final de la Auditoría de Cumplimiento, no es excusa para no cumplir con entregarlo de forma integrada y no fragmentada con la solicitud V0667-20 materia de la presente apelación. Añadió, que su pedido no es impreciso, ya que solicitó “todos los documentos”, sin necesidad de discernir qué documentos entregar.
Señalando que no se le entregó información conexa que fue parte de dicho proceso, siendo esta la siguiente:
“1. OFICIO N 014-2017-AC-CAB-OCI/INS
2. OFICIO Nº 021-217-AC-CAB-OCI/INS
3. OFICIO Nº 08-217-AC-AB-OCI/INS
4. OFICIO N° 002-2017-AC-CAB-OCI/INS
5. OFICIO Nº 07-2017-AC-CAB-OCI/INS
6. OFICIO N° 02-2017-AC-CAB-OCI/INS
7. OFICIO Nº 07-2017-AC-CAB-OCI/INS
8. OFICIO Nº 101-2017-OEE-OGA-OPE/INS
9. NOTA INFORMATIVA Nº 298-2017-DEET-VS-VIH/SIDA-CNSP/INS,
10. NOTA INFORMATIVA Nº 16-2017-OEE-OGA-OPE/INS,
11. NOTA INFORMATIVA Nº 167-217-OEE-OGA/INS.
12. INFORME N° 192-2017-OEL-OGA/INS
13. INFORME Nº 180-2017-OEL-OGA/INS
14. INFORME Nº 176-2017-OEL-OGA/INS
15. Todos los documentos del proceso de selección contratación directa CD-006-2016-OPEINS, de forma separada y consolidada ordenadamente
16. NOTA INFORMATIVA N° 470-2016-OEL-OGAINS,
17. Formularios de requerimiento de bienes y servicios N° 09967-2016 CENSOPAS-INS contratación del servicio para el análisis de muestras ambientales del estudio de investigación 4 cuencas de los ríos Pastaza, Marañón, Tigre y Corrientes y su TDR adjunto,
18. El procedimiento de selección denominado contratación directa para el servicio para el análisis de muestras ambientales del estudio de investigación 4 cuencas de los ríos Pastaza, Marañón, Tigre y Corrientes, con el número de referencia PAC-124, EL CCP SIAF 2016 Nº 0000287-216 DE FECHA 21 DE SEPTIEMBRE DE 2016 (RD N° 56-2016-DG-OGA OPE/INS).
19. Otros.”
Finalmente, indicó que la documentación entregada es borrosa, y la entidad le indicó que la puede buscar en la página web institucional, sin siquiera haberle brindado el enlace específico de donde descargarlo.
Mediante Resolución N° 000250-2021-JUS/TTAIP-SEGUNDA SALA3, se admitió a trámite el referido recurso impugnatorio y se requirió a la entidad la remisión del expediente administrativo generado para la atención de la solicitud, así como la formulación de sus descargos.
En atención a ello, con fecha 23 de febrero de 2021, la entidad a través de su Órgano de Control Institucional remitió el Oficio Nº 048-2021-OCI/INS, al cual adjuntó el Memorándum Nº 060-2021-OCI/INS de fecha 22 de febrero de 2021, y este a su vez la Hoja Informativa Nº 003-2021-MDG-DWBA-OCI/INS de la misma fecha, ambas remitidas a la Responsable de Brindar Información de Transparencia del Instituto Nacional de Salud, a través de la cual reiteró lo señalado en la Nota Informativa Nº 011-2020-DWBA-AUR-OCI/INS, mediante la cual se atendió al recurrente.
Asimismo, respecto de la lista de documentos detallados por el recurrente por el cual indicó que no le fueron entregados, respecto de los numerales del 1 al 7, manifestó que los mismos no han sido requeridos en la solicitud de información Nº 0667-2020-INS, ni en su correo electrónico de fecha 24 de noviembre de 2020, pero sí fueron requeridos por el recurrente mediante las Solicitudes de Transparencia V0785-20 INS y V0786-20 INS ambas de fecha 26 de noviembre de 2020, las mismas que fueron atendidas mediante los Memorándums Nº 311-2020-OCI/INS y 311-2020-OCI/INS, de fecha de 9 de diciembre de 2020; sin embargo, es posible volver a remitir la citada información contenida en dichos numerales. Y, respecto a los numerales del 8 al 18, no corresponde su atención al OCI de la entidad, en razón que esta oficina no lo ha creado, ni lo tiene en posesión o control, por lo que deben ser requeridas a las oficinas competentes del Instituto Nacional de Salud según corresponda.

Esta norma pertenece al compendio Resoluciones de Fondo - Segunda Sala

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