Resolución N.° 000079-2021-JUS/TTAIP-SEGUNDA SALA
22 de enero de 2021
VISTO el Expediente de Apelación N° 01662-2020-JUS/TTAIP de fecha 21 de diciembre de 2020, interpuesto por FERNANDO OSORES PLENGE contra el correo electrónico de fecha 10 de diciembre de 2020, mediante el cual el INSTITUTO NACIONAL DE SALUD atendió parcialmente su solicitud de acceso a la información pública N° V788-20 INS, con registro N° 00025454-20.
Mediante solicitud V0788-20, el recurrente solicitó se le entregue en CD la siguiente información: “1. Oficios N° 022, 023, 024, 025, 026, 027, 028, 029, 030 y 011 2017-AC-CAB-OCI/INS y todos sus documentos anexos. 2. Nota Informativa N° 029-2017-DEET-VTS-VIH/SIDA-CNSP/INS y todos sus documentos anexos. 3. Informe N° 180-2017-OEL-OGA-INS y todos sus documentos anexos. 4. Nota Informativa N° 167-2017-OEE-OGA-INS y todos sus documentos anexos. 5. Informe N° 192-2017-OEL-OGA-INS y todos sus documentos anexos”. Mediante correo electrónico de fecha 10 de diciembre de 2020, la entidad atendió la solicitud del recurrente, manifestando: “(…) hacerle llegar la respuesta a su solicitud V 0788-20 INS, presentada a través del Aplicativo de Control de Solicitudes de Acceso a la Información Pública del Instituto Nacional de Salud, que detalla: “1. Oficios N° 022, 023, 024, 025, 026, 027, 028, 029, 030 y 011 2017-AC-CAB-OCI/INS y todos sus documentos anexos. (37 folios) 2. Nota Informativa N° 029-2017-DEET-VTS-VIH/SIDA-CNSP/INS y todos sus documentos anexos. (05 folios) 3. Informe N° 180-2017-OEL-OGA-INS y todos sus documentos anexos. (04 folios) 4.Nota Informativa N° 167-2017-OEE-OGA-INS y todos sus documentos anexos. (05 folios)”. Asimismo, se aprecia que a dicho correo se han adjuntado 4 archivos en pdf con el título de cada uno de los ítems de la información solicitada.
Con fecha 21 de diciembre de 2020, el recurrente interpuso el recurso de apelación materia de análisis, alegando que la información proporcionada es incompleta, pues no se le proporcionó la información consistente en Informe N° 192-2017-OEL-OGA-INS y todos sus documentos anexos. Mediante Resolución N° 0201001620211 se admitió a trámite el referido recurso impugnatorio y se requirió a la entidad la remisión del expediente administrativo generado para la atención de la solicitud del recurrente, así como la formulación de sus descargos. Mediante el Oficio N° 164-2021-JEF-OPE/INS, ingresado a esta instancia el 19 de enero de 2021, la entidad remite el expediente administrativo generado para la atención de la solicitud del recurrente y formula descargos, de los cuales se advierte la Nota Informativa N° 28-2021-OEL-OGA-OPE/INS, donde la Oficina Ejecutiva de Logística, comunica al Responsable de Brindar Información de Transparencia “(…) es preciso señalar que con correo electrónico de fecha 26 de noviembre de 2020, la Oficina de Transparencia remitió a esta oficina el formulario de solicitud V 788-20 en el cual se puede evidenciar, que en la información solicitada por el ciudadano no se encontró la Nota Informativa N° 192-2017-OEL-OGA/INS (se adjunta correo y formulario de solicitud). Sin perjuicio de ello se cumple con remitir adjunto la Nota Informativa N° 192-2017-OGA-OPE/INS, dando cumplimiento a lo solicitado”.
Mediante solicitud V0788-20, el recurrente solicitó se le entregue en CD la siguiente información: “1. Oficios N° 022, 023, 024, 025, 026, 027, 028, 029, 030 y 011 2017-AC-CAB-OCI/INS y todos sus documentos anexos. 2. Nota Informativa N° 029-2017-DEET-VTS-VIH/SIDA-CNSP/INS y todos sus documentos anexos. 3. Informe N° 180-2017-OEL-OGA-INS y todos sus documentos anexos. 4. Nota Informativa N° 167-2017-OEE-OGA-INS y todos sus documentos anexos. 5. Informe N° 192-2017-OEL-OGA-INS y todos sus documentos anexos”. Mediante correo electrónico de fecha 10 de diciembre de 2020, la entidad atendió la solicitud del recurrente, manifestando: “(…) hacerle llegar la respuesta a su solicitud V 0788-20 INS, presentada a través del Aplicativo de Control de Solicitudes de Acceso a la Información Pública del Instituto Nacional de Salud, que detalla: “1. Oficios N° 022, 023, 024, 025, 026, 027, 028, 029, 030 y 011 2017-AC-CAB-OCI/INS y todos sus documentos anexos. (37 folios) 2. Nota Informativa N° 029-2017-DEET-VTS-VIH/SIDA-CNSP/INS y todos sus documentos anexos. (05 folios) 3. Informe N° 180-2017-OEL-OGA-INS y todos sus documentos anexos. (04 folios) 4.Nota Informativa N° 167-2017-OEE-OGA-INS y todos sus documentos anexos. (05 folios)”. Asimismo, se aprecia que a dicho correo se han adjuntado 4 archivos en pdf con el título de cada uno de los ítems de la información solicitada.
Con fecha 21 de diciembre de 2020, el recurrente interpuso el recurso de apelación materia de análisis, alegando que la información proporcionada es incompleta, pues no se le proporcionó la información consistente en Informe N° 192-2017-OEL-OGA-INS y todos sus documentos anexos. Mediante Resolución N° 0201001620211 se admitió a trámite el referido recurso impugnatorio y se requirió a la entidad la remisión del expediente administrativo generado para la atención de la solicitud del recurrente, así como la formulación de sus descargos. Mediante el Oficio N° 164-2021-JEF-OPE/INS, ingresado a esta instancia el 19 de enero de 2021, la entidad remite el expediente administrativo generado para la atención de la solicitud del recurrente y formula descargos, de los cuales se advierte la Nota Informativa N° 28-2021-OEL-OGA-OPE/INS, donde la Oficina Ejecutiva de Logística, comunica al Responsable de Brindar Información de Transparencia “(…) es preciso señalar que con correo electrónico de fecha 26 de noviembre de 2020, la Oficina de Transparencia remitió a esta oficina el formulario de solicitud V 788-20 en el cual se puede evidenciar, que en la información solicitada por el ciudadano no se encontró la Nota Informativa N° 192-2017-OEL-OGA/INS (se adjunta correo y formulario de solicitud). Sin perjuicio de ello se cumple con remitir adjunto la Nota Informativa N° 192-2017-OGA-OPE/INS, dando cumplimiento a lo solicitado”.
Esta norma pertenece al compendio Resoluciones de Fondo - Segunda Sala